NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 55
55 NORMAS LEGALES Jueves 11 de setiembre de 2025 El Peruano / evento de emprendimiento denominado GOFEST Bogotá, organizado por la Cámara de Comercio de Bogotá, en las ciudades de Bogotá y Medellín, en el país de Colombia, del 24 de agosto al 02 de setiembre de 2025, para tal efecto adjunta Plan de Pasantía Colombia 2025; Que, con Correo Electrónico de fecha 27 de junio de 2025, la Cámara de Comercio de Bogotá, cursa la autorización de Pasantía a Colombia 2025 del equipo técnico de la Dirección de Incubadoras de Empresas de esta Casa Superior de Estudios para participar en el festival de emprendimiento más importante de Latinoamérica denominado GOFEST Bogotá, en las ciudades de Bogotá y Medellín, en el país de Colombia, del 26 al 30 de agosto de 2025; Que, con Carta Nº 035-2025-INCUBAUNAS/ PROINNOVATE de fecha 04 de julio de 2025, la Directora (e) de la Dirección de Incubadoras de Empresas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, solicita asignación presupuestal por concepto de bolsa de viaje en comisión de servicios a favor de la suscrita, por el importe de S/ 20,112.00 soles, con el objetivo de participar con el equipo técnico de la Dirección de Incubadoras de Empresas; integrada por los siguientes profesionales: Carlos Alejandro Hidalgo Gómez, Pedro Paul Pérez Pinedo y suscrita, en el magno evento de emprendimiento más importante de Latinoamérica denominado GOFEST Bogotá, en las ciudades de Bogotá y Medellín, en el país de Colombia, del 24 de agosto al 02 de setiembre de 2025; Que, mediante documento del VISTO, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, remite la asignación presupuestal por concepto de bolsa de viaje a favor de la M.Sc. Melisa Jackeline Zavala Guerrero, con aprobación de Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 01874 en el SIAF, con Fuente de Financiamiento D.Y.T., con Meta 0046, Centro de Costo 104.09.07.05 y Clasi fi cador de Gastos 23.21.1.99, por el importe total de S/ 20,112.00, a fi n de cubrir los gastos que irrogue la delegación de profesionales de esta Casa Superior de Estudios, en la Pasantía Internacional Colombia 2025, en las ciudades de Bogotá y Medellín, en el país de Colombia, del 24 de agosto al 02 de setiembre de 2025; Que, mediante Resolución Nº 719-2023-R-UNAS, de fecha 03 de octubre de 2023, la Universidad Nacional Agraria de la Selva, dispuso en su Artículo Primero “APROBAR con e fi cacia anticipada, a partir del 01 de febrero de 2023, LA DIRECTIVA denominada: “DISPOSICIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE BOLSA DE VIAJE DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL Y AL EXTERIOR DEL PAÍS; DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA”; precisando que en el capítulo VIII, numeral 8.1.1 sostiene “El “Comisionado” debe presentar la rendición de cuentas dentro de los diez (10) días hábiles contados desde la culminación de la comisión de servicios, según el Decreto Supremo Nº007-2013-EF”; Que, en el inciso b) del artículo 86º del Estatuto vigente, señala que son atribuciones del Rector “…dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera…”; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, el Estatuto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios a favor de los siguientes profesionales: Melisa Jackeline Zavala Guerrero, Carlos Alejandro Hidalgo Gómez, Pedro Paul Pérez Pinedo – Equipo Técnico de la Dirección de Incubadores de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, con el objetivo de realizar la Pasantía Internacional Colombia 2025 y participar magno evento de emprendimiento denominado GOFEST Bogotá, en las ciudades de Bogotá y Medellín, en el país de Colombia, del 24 de agosto al 02 de setiembre de 2025. Artículo 2º.- OTORGAR la asignación presupuestal por concepto de bolsa de viaje en comisión de servicios a favor de la Mg. Melisa Jackeline Zavala Guerrero – Directora (e) de la Dirección de Incubadoras de Empresas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, a fi n de participar con el Equipo Técnico de la Dirección de Incubadores de esta Casa Superior de Estudios a la Pasantía Internacional Colombia 2025 y al magno evento de emprendimiento denominado GOFEST Bogotá, organizado por la Cámara de Comercio de Bogotá, en las ciudades de Bogotá y Medellín, en el país de Colombia, del 24 de agosto al 02 de setiembre de 2025 y de acuerdo con el siguiente detalle: ComisionadoCertif./ SIAFMeta TareaEspecifica de Gastos “Otros Gastos”Importe S/ M.Sc. Melisa Jackeline Zavala Guerrero01874 0046 104.09.07.05 23.21.1.99. 20,112.00 Artículo 3º.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento, realice las acciones administrativas correspondientes a efectos de Publicar en el Diario O fi cial El Peruano la presente resolución. Artículo 4º.- NOTIFICAR la presente resolución a la comisionada, Unidad de Abastecimiento, Unidad de Tesorería y Contabilidad y demás unidades administrativas correspondientes para los fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese. MILTHON HONORIO MUÑOZ BERROCAL Rector ALFREDO A. PANDURO PULGAR Secretario General 2421800-1 Otorgan asignación presupuestal a favor de coordinadora de proyecto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva para participar en pasantía que se realizará en Colombia UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA RECTORADO RESOLUCIÓN N° 556-2025 -R-UNAS Tingo María, 7 de agosto de 2025EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA VISTO: La Carta N° 0891-2025-OPP-UNASTM de fecha 31 julio de 2025, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, sobre asignación presupuestal de bolsa de viaje en comisión de servicios a favor de la Mg. Melisa Jackeline Zavala Guerrero - Coordinadora General del Proyecto INCUBA UNAS, a las ciudades de Bogotá y Medellín, en el país de Colombia, del 24 de agosto al 02 de setiembre de 2025, (Reg. N° 1725 S.G.); CONSIDERANDO:Que, de conformidad al Artículo 18° último párrafo, de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 8° de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, con Resolución N° 532-2025-R-UNAS de fecha 17 de julio de 2025, la Universidad Nacional Agraria de la