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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Jueves 11 de setiembre de 2025 El Peruano / inicialmente en el artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 000139-2025-CE-PJ. Octavo. Por O fi cio N.º001625-2025-P-CSJLI-PJ de fecha 5 de agosto de 2025, la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, con base en el Informe Nº 000032-2025-UPD-GAD-CSJLI-PJ de la misma fecha, elaborado por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de dicha Corte Superior de Justicia, elevó a este Órgano de Gobierno su opinión técnica respecto a las disposiciones establecidas en los artículos cuarto, quinto y sexto de la Resolución Administrativa Nº 000271-2025-CE-PJ, estarían vulnerando los fi nes dispuestos en literal b) de la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, que aprobó la asignación de recursos ordinarios a favor del pliego del Poder Judicial para la creación de la 8º Sala Contenciosa Administrativa con subespecialidad Tributaria y Aduanera y del 32º y 33º Juzgados Contenciosos Administrativos con subespecialidad Tributaria y Aduanera de Lima; asimismo, dicha Presidencia de Corte informó que existen difi cultades técnicas para dar cumplimiento a dichas disposiciones, debido a que se requerían de adecuaciones en el Sistema Integrado Judicial-SIJ, lo que impedía la confi guración y aplicación inmediata de dichas medidas, y que se estaba tramitando ante la Gerencia de Tecnologías de Información de la Gerencia General del Poder Judicial las adecuaciones requeridas en el Sistema Integrado Judicial-SIJ para cumplir con las referidas disposiciones de la citada resolución administrativa; disponiéndose mediante Resolución Corrida Nº 000649-2025-CE-PJ de fecha 22 de agosto de 2025, remitir a la O fi cina de Productividad Judicial el referido o fi cio, para que se emita el informe respectivo. Noveno. A través del O fi cio Nº 000632-2025-OPJ- CNPJ-CE-PJ de fecha 29 de agosto de 2025, la O fi cina de Productividad Judicial, en relación a las di fi cultades que informó la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en los artículos cuarto, quinto y sexto de la Resolución Administrativa Nº 000271-2025-CE-PJ, solicitó a la Gerencia de Tecnologías de Información de la Gerencia General del Poder Judicial, se sirva disponer a quien corresponda se realicen las adecuaciones técnicas correspondientes en el Sistema Integrado Judicial – SIJ, informándose a esta O fi cina la fecha de subsanación de la misma. Décimo. Que, mediante el artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 314-2025-CE-PJ de fecha 29 de agosto de 2025, correspondiente al Acuerdo Nº 1204-2025, adoptado en la sesión del 28 de agosto de 2025, se dispuso diferir para la sesión de este Órgano de Gobierno, correspondiente al miércoles 3 de setiembre de 2025, las propuestas efectuadas por la O fi cina de Productividad Judicial en las recomendaciones 5.5 y 5.6 del Informe Nº 038-2025-OPJ-CNPJ-CE-PJ, elevado con Ofi cio Nº 587-2025-OPJ-CNPJ-CE-PJ, concernientes a la 5º Sala Contenciosa Administrativa con subespecialidad en Temas de Mercado y la 6º, 7º y 8º Salas Contenciosas Administrativas con subespecialidad Tributaria y Aduanera, pertenecientes a la Corte Superior de Justicia de Lima; citándose a la presidenta de la referida Corte Superior de Justicia, los jueces y juezas superiores que presiden las referidas salas superiores y al jefe de la Ofi cina de Productividad Judicial, para que participen en la referida sesión. Undécimo. Por O fi cio N.º001924-2025-P-CSJLI-PJ de fecha 31 de agosto de 2025, la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, con base en el Informe Nº 000159-2025-CEP-UPD-GAD-CSJLI-PJ de fecha 26 de agosto de 2025, elaborado por el coordinador de Estudios y Proyectos de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de dicha Corte Superior de Justicia, informó a este Órgano de Gobierno, con conocimiento de la O fi cina de Productividad Judicial, que la Coordinación de Informática de dicha Corte Superior tramitó con el ticket GLPI Nº 373902 de fecha 4 de agosto de 2025 ante la Gerencia de Tecnologías de Información de la Gerencia General del Poder Judicial la adecuación del Sistema Integrado Judicial – SIJ, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos cuarto, quinto y sexto de la Resolución Administrativa Nº 000271-2025-CE-PJ, señalando que dicha Gerencia no había señalado el estado exacto del referido trámite; razón por la que, dicha Presidencia de Corte ha solicitado se tenga a bien mantener el turno abierto para el ingreso de expedientes de la subespecialidad Tributaria y Aduanera tanto en la 8º Sala Contenciosa Administrativa como en el 32º y 33º Juzgados Contenciosos Administrativos de la misma subespecialidad. Duodécimo. Que, la O fi cina de Productividad Judicial, en ampliación a lo solicitado a la Gerencia de Tecnologías de Información con O fi cio Nº 000632-2025-OPJ-CNPJ- CE-PJ de fecha 29 de agosto de 2025, remitió a dicha Gerencia el O fi cio Nº 000633-2025-OPJ-CNPJ-CE-PJ de fecha 1 de setiembre de 2025, a través del cual le solicitó que informe de manera urgente sobre lo manifestado por el coordinador de Estudios y Proyectos de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima, en razón de que la problemática antes señalada sería expuesta por dicha Corte Superior de Justicia en la sesión del miércoles 3 de setiembre de 2025; contestando la Gerencia de Tecnologías de Información a la O fi cina de Productividad Judicial, mediante el O fi cio Nº 002320-2025-GTI-GG-PJ, a través del cual remitió el Memorando Nº 001035-2025-SDSI-GTI-GG-PJ de fecha 3 de setiembre de 2025, en el que se informó que el requerimiento de la Corte Superior de Justicia se atendió con número de GLPI 373902, enviándose al área de calidad el 25 de agosto de 2025 y con fi rmándose su envió al área de producción el 27 de agosto de 2025. Decimotercero. Que, en la sesión del miércoles 3 de setiembre de 2025, el jefe de la O fi cina de Productividad Judicial expuso ante este Órgano de Gobierno los temas referentes a la carga procesal de la 6º, 7º y 8º Salas Contenciosas Administrativas de la Subespecialidad Tributaria y Aduanera y la 5º Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad de Mercado de la Corte Superior de Justicia de Lima, resaltando la situación de sobrecarga procesal que afronta esta última sala superior; así como sobre el incumplimiento de lo dispuesto en los artículos cuarto, quinto y sexto la Resolución Administrativa Nº 00271-2025-CE-PJ, noti fi cada a la Presidencia de dicha Corte Superior el 31 de julio de 2025, referida a la apertura de turno a partir del 1 de agosto de 2025, de la 6º y 7º Salas Contenciosas Administrativas de la subespecialidad Tributaria y Aduanera para la atención de expedientes de la subespecialidad de Mercado, dispuesta en el artículo quinto de la Resolución Administrativa Nº 00139-2025-CE-PJ y la ampliación, desde el 1 de agosto de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, de la competencia funcional de la 8º Sala Contenciosa Administrativa de la subespecialidad Tributaria y Aduanera, para que atienda con turno abierto los expedientes en Temas de Mercado, junto con su cierre de turno para el ingreso de expedientes de la subespecialidad Tributaria y Aduanera, por el mismo periodo. Al respecto, informó que dicho incumplimiento se ha originado a razón de que habiendo transcurrido más de un mes desde la emisión de la citada resolución administrativa, la Corte Superior de Justicia de Lima no habría cumplido con emitir resolución administrativa interna que disponga las acciones a adoptar por sus organismos para dar cumplimiento a la resolución administrativa emitida por el Órgano de Gobierno del Poder Judicial, entre ellas que la jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo (UPD) de dicha Corte Superior, por intermedio del área de informática, ejecute las aperturas y cierres de turnos establecidos; dando cuenta también de la información que solicitó a la Gerencia de Tecnologías de Información respecto a la atención de las problemáticas que se presentaron en el Sistema Integrado Judicial – SIJ, las cuales impidieron el adecuado y oportuno cumplimiento de las referidas disposiciones contenidas en la citada resolución administrativa. Decimocuarto. Que, la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima expuso ante este Órgano de Gobierno los argumentos respecto al O fi cio N.º001625- 2025-P-CSJLI-PJ de fecha 5 de agosto de 2025 y al O fi cio N.º001924-2025-P-CSJLI-PJ de fecha 31 de agosto de 2025, referidos a los cuestionamientos respecto a las disposiciones contenidas en los artículos cuarto y quinto de la Resolución Administrativa Nº 000271-2025-CE-PJ,