NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 124
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65 NORMAS LEGALES Viernes 19 de setiembre de 2025 El Peruano / Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.)Frec. Central (MHz.) 32 578 584 581+1/7 35 596 602 599+1/7 - Total de canales: 7 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: CAUJUL Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 15 476 482 479+1/7 17 488 494 491+1/7 19 500 506 503+1/7 22 518 524 521+1/7 33 584 590 587+1/7 - Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: COCHAMARCA Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.)Frec. Central (MHz.) 15 476 482 479+1/7 17 488 494 491+1/7 20 506 512 509+1/7 23 524 530 527+1/7 25 536 542 539+1/7 - Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: NAVAN Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.)Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 18 494 500 497+1/7 21 512 518 515+1/7 27 548 554 551+1/7 29 560 566 563+1/7 - Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW.- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: OYON Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 15 476 482 479+1/7 17 488 494 491+1/7 19 500 506 503+1/7 21 512 518 515+1/7 24 530 536 533+1/7Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 29 560 566 563+1/7 31 572 578 575+1/7 - Total de canales: 7 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW.- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas se observa su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLO RENATO DE LOS SANTOS LA SERNA Viceministro de Comunicaciones 2439159-1 Aprueban Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, de la localidad de SAN ANTONIO-VILLA KINTIARINA de los departamentos de Ayacucho y Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0082-2025-MTC/03 Lima, 11 de setiembre de 2025 VISTO: el Informe Nº 2082-2025-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, en adelante el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2009-MTC se adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) con las mejoras tecnológicas que hubiere al momento de su implementación, como sistema de televisión digital terrestre para el Perú por los fundamentos expuestos en el Informe de Recomendación del Estándar de Televisión Digital Terrestre a ser adoptado en el Perú de febrero de 2009, presentado por la Comisión Multisectorial constituida mediante Resolución Suprema N° 010-2007-MTC; Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias, establece las medidas y acciones necesarias para la