Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 19 de setiembre de 2025 El Peruano / la Directiva Nº 002-2024-SERVIR-GDSRH, “ Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad” , formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-2024-SERVIR-PE; Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 000009-2025-AGN/SG se aprueba el Manual de Per fi les de Puesto del Archivo General de la Nación, el mismo que contiene en la “Sección Nº 1: Per fi les de puestos bajo el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”, el puesto de Ejecutivo de la Unidad Funcional de Recursos Humanos perteneciente al grupo Servidor Civil de Carrera, a la familia Gestión institucional, al rol Gestión de recursos humanos, al nivel/a la categoría CA4 Ejecutivo, y al subnivel/ a la subcategoría CA4-2, en el número de orden Nº 036 del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) califi cado como servidor/a de con fi anza; Que, siendo así, con el documento de vistos, la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración informa el resultado de la evaluación requerida por la Alta Dirección, y comunica la viabilidad en designar en el puesto de Ejecutivo de la Unidad Funcional de Recursos Humanos perteneciente al grupo Servidor Civil de Carrera, a la familia Gestión institucional, al rol Gestión de recursos humanos, al nivel/a la categoría CA4 Ejecutivo, y al subnivel/ a la subcategoría CA4- 2, en el número de orden Nº 036 del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) cali fi cado como servidor/a de con fi anza, al señor WILMER MIGUEL HUANGAL ESPINAL, en la Ofi cina de Administración, bajo el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; Que, por su parte, a través del documento de vistos, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la procedencia de la emisión del acto requerido, designando al señor WILMER MIGUEL HUANGAL ESPINAL como Ejecutivo de la Unidad Funcional de Recursos Humanos, bajo el régimen de la Ley Nº 30057 – Ley del Servicio Civil; Con los visados de la Unidad Funcional de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y modi fi catorias; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y el Decreto Supremo Nº 005-2018-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar en el puesto de Ejecutivo de la Unidad Funcional de Recursos Humanos perteneciente al grupo Servidor Civil de Carrera, a la familia Gestión institucional, al rol Gestión de recursos humanos, al nivel/a la categoría CA4 Ejecutivo, y al subnivel/ a la subcategoría CA4-2, en el número de orden Nº 036 del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) cali fi cado como servidor/a de con fi anza, al señor WILMER MIGUEL HUANGAL ESPINAL, en la O fi cina de Administración, bajo el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. Artículo 2.- El vínculo se inicia en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano . La presente designación genera un contrato de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la confi anza de quien lo designa. El vínculo generado por la presente designación terminará sin que ello genere el derecho a pago compensatorio, otorgamiento de suma a título de liberalidad, ni indemnización alguna por la terminación del vínculo con la entidad. Artículo 3.- El vínculo del servidor se rige exclusivamente por el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, sus reglamentos y las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 4.- Encargar a la Unidad Funcional de Gestión Documental y Servicio al Ciudadano la noti fi cación de la presente resolución al señor WILMER MIGUEL HUANGAL ESPINAL y a los demás interesados. Artículo 5.- Disponer a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente resolución en el portal web institucional del Archivo General de la Nación (www.agn.gob.pe), en la misma fecha de publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLINDA GRACIELA RENGIFO GARCIA Jefa Institucional 2439873-1 CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS Aprueban modificación de 4 Fichas Técnicas del rubro Componentes, equipos y sistemas de acondicionamiento y de distribución del Listado de Fichas Técnicas, y de su respectivo Documento de Información Complementaria (DIC) RESOLUCIÓN JEFATURAL-D N° 000066-2025- PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 16 de setiembre del 2025 VISTOS:El Informe-D Nº 000071-2025-PERÚ COMPRAS-DE, de fecha 20 de agosto de 2025, emitido por la Dirección de Estandarización; el Informe-D N° 000127-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 03 de septiembre de 2025, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); y; CONSIDERANDO:Que, la Central de Compras Públicas (Perú Compras) es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Decreto Supremo N° 066-2025- EF, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); Que, el numeral 96.1 del artículo 96 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, (en adelante, el “Reglamento”), señala que, “ Mediante subasta inversa electrónica se contratan bienes y servicios comunes que cuenten con fi cha técnica. La utilización del procedimiento de selección puede ser opcional u obligatoria conforme lo determine Perú Compras en el documento que aprueba la referida fi cha. ”; Que, el numeral 264.3 del artículo 264 del Reglamento establece que los requerimientos de bienes y servicios que cuenten con fi cha técnica se contratan mediante el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica; Que, en concordancia con lo previamente señalado, el numeral 264.4 del artículo 264 del Reglamento establece que, Perú Compras, al aprobar o modi fi car una fi cha técnica, puede disponer que el uso del procedimiento de Subasta Inversa Electrónica no sea obligatorio, habilitando así a las entidades contratantes a utilizar el procedimiento de selección que corresponda; Que, el numeral 6 del Anexo I. De fi niciones del Reglamento señala que, “ son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el