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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Viernes 19 de setiembre de 2025 El Peruano / 608 MHz y 614-698 MHz de UHF. Asimismo, la banda 692-698 MHz de UHF se declara en reserva y mientras dure esta situación no realizará nuevas asignaciones en esta banda; Que, con el objeto de garantizar el uso e fi ciente del espectro radioeléctrico, resulta necesario aprobar los planes de canalización y asignación de frecuencias a nivel nacional del servicio de radiodifusión por televisión en las bandas 470-608 MHz y 614-692 MHz de UHF, las cuales no han sido declaradas en reserva, a efectos que todas las localidades cuenten con sus respectivos planes para su asignación en tecnología digital; Que, en esa medida, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1665-2025-MTC/28.01, propone la modi fi cación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF para distintas localidades del departamento de Arequipa, a fi n de incorporar el plan de la localidad de MEJIA-PUNTA DE BOMBON-LA CURVA-COCACHACRA y modi fi car el plan de la localidad de MOLLENDO-ISLAY-MEJIA-PUNTA DE BOMBON-LA CURVA-COCACHACRA por el plan de la localidad de MOLLENDO-ISLAY, indicando que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, el PNAF, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias; el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias; el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 208-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Arequipa, a fi n de incorporar el plan de la localidad de MEJIA-PUNTA DE BOMBON-LA CURVA-COCACHACRA; conforme se indica a continuación: Localidad: MEJIA-PUNTA DE BOMBON-LA CURVA- COCACHACRA Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.)Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 18 494 500 497+1/7 21 512 518 515+1/7 23 524 530 527+1/7 26 542 548 545+1/7 28 554 560 557+1/7 31 572 578 575+1/7 33 584 590 587+1/7 - Total de canales: 8 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.5 kW.- El patrón de radiación de las estaciones será conformado, evitando irradiar fuera de su zona de servicio - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No CriticaArtículo 2 .- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 208-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Arequipa, a fi n de modi fi car el plan de la localidad de MOLLENDO-ISLAY- MEJIA-PUNTA DE BOMBON-LA CURVA-COCACHACRA por el plan de la localidad de MOLLENDO-ISLAY; conforme se indica a continuación: Localidad: MOLLENDO-ISLAY Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.)Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 20 506 512 509+1/7 22 518 524 521+1/7 24 530 536 533+1/7 30 566 572 569+1/7 32 578 584 581+1/7 34 590 596 593+1/7 36 602 608 605+1/7 - Total de canales: 8 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.5 kW. - El patrón de radiación de las estaciones será conformado, evitando irradiar fuera de su zona de servicio - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Artículo 3.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas se observa su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLO RENATO DE LOS SANTOS LA SERNA Viceministro de Comunicaciones 2439268-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Jefe de Unidad de la Unidad Técnica de Gestión Territorial del Programa Nacional de Saneamiento Rural RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 164-2025/ VIVIENDA/VMCS/PNSR Lima, 18 de setiembre de 2025VISTOS:El Memorándum N° 1288-2025/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/DE de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 0943-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UA de la Unidad de Administración, el Informe N° 796-2025- VIVIENDA/ VMCS/PNSR/UA/SU-RH de la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, y el Informe Legal N° 367-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL de la Unidad de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2012-VIVIENDA se crea el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR), bajo el ámbito del