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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Viernes 19 de setiembre de 2025 El Peruano / contra la Criminalidad Organizada señala que el término “inteligencia”, fue empleado con un sentido técnico jurídico vinculado a la investigación penal estratégica y no a labores de inteligencia operativa propias de otros órganos del Estado. Sin embargo, con la fi nalidad de no generar interpretaciones distintas solicita, que se modi fi que el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2401-2025-MP-FN, de fecha 8 de agosto de 2025. Asimismo, se advierte que en la parte considerativa de la resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2401-2025-MP-FN existen términos como “producción de inteligencia criminal” e “inteligencia fi scal” que, si bien hacen referencia a la investigación proactiva de parte de la fi scalía, podrían ser interpretados también de manera equívoca, por lo que cualquier referencia a ello debe entenderse como: producción de estrategia fi scal. En consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo pertinente, contando con el visto de la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, de conformidad con lo establecido por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada mediante el Decreto Legislativo N° 52 y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la modi fi cación del artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2401-2025-MP-FN, de fecha 8 de agosto de 2025, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo Primero.- Disponer la conformación de la Unidad de Análisis Estratégico Operativo del subsistema de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, en adelante UA-FECOR, bajo dependencia funcional directa de la coordinadora nacional de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada (FECOR) y en coordinación técnica permanente con la O fi cina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad (OFAEC), que tendrá como fi nalidad generar conocimiento fi scal operativo mediante el análisis directo de carpetas fi scales, informes de inteligencia fi nanciera, informes institucionales, peritajes y fuentes abiertas”. Artículo Segundo.- Disponer que toda Referencia a los términos de “producción de inteligencia criminal” e “inteligencia fi scal” que se señala en los considerandos de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2401-2025-MP-FN, de fecha 8 de agosto de 2025, deberá entenderse de la siguiente manera: producción de estrategia fi scal. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a las Fiscalías Supremas, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores, Coordinaciones Nacionales, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Escuela del Ministerio Público, Gerencia General, O fi cina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad, O fi cina de Control de Productividad Fiscal y, a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2440207-1 Editora Perú www.editoraperu.com.peUNA EMPRESA PERUANA QUETE CONECTACON EL MUNDO (O'LDULR2ͤFLDOFXHQWD FRQ&XHUSR1RWLFLRVR HO%ROHW¯Q2ͤFLDO\OD VHSDUDWDGH1RUPDV /HJDOHV ,QIRUPDFLµQQRWLFLRVD HVSHFLDOHVYLGHRV SRGFDVW\FDQDORQOLQH 7UDQVIRUPDPRVWXV SUR\HFWRVGHLPSUHVLµQ JU£ͤFDHQSURGXFWRV GHFDOLGDG $Y$OIRQVR8JDUWH1r/LPD&HQWUDO7HOHIµQLFD  996 410 162 915 248 092 YHQWDSXEOLFLGDG#HGLWRUDSHUXFRPSHCONTACTO COMERCIAL