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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (20/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Sábado 20 de setiembre de 2025 El Peruano / contextos de su emisión información importante de la administración en la historia cotidiana pero desconocida de este periodo histórico. Con estos documentos se reconoce la importancia de la actividad administrativa y política desarrollada en diferentes instituciones, la representación del Perú frente a la situación de Tacna y Arica antes de las negociaciones de la reincorporación, así como personalidades que participaron en la “guardia nacional” durante la Guerra del Pací fi co y en la “Junta de fondos para la liberación de Tacna y Arica”; Que, ese periodo destaca por la materialización de diversos eventos tales como la aprobación del proyecto del Código de Procedimientos Civiles, de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Notariado a través de la Ley N° 1510 del 15 de diciembre de 1911; Que, por las razones expuestas, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación por lo que el Informe N° 000136-2025-AGN/DAH-URDPD constituye parte integrante de la presente resolución y se adjunta como anexo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Con los vistos del Archivo General de la Nación y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a las “Resoluciones Supremas del Ministerio de Justicia, Instrucción y Culto (1906-1911)”, custodiadas en el Archivo Central del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme se aprecia en los anexos que son parte integrante de la presente resolución. Artículo 2. - Noti fi car la resolución al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y comunicarla al Archivo General de la Nación. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOIRA ROSA NOVOA SILVA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2439824-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú a los EE.UU., en comisión especial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01161-2025-DE Lima, 15 de setiembre del 2025 VISTOS:El Ofi cio Extra FAP N° 003258-2025-SECRE/FAP de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 02073-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01773-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 025-2025-DE, se designó al Coronel FAP MANUEL ANTONIO GARCÍA RENDON, para ocupar el cargo de Asesor en la División de Cooperación Hemisférica de la Subsecretaría de Servicios de Asesoramiento (SSA) de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa (JID); y al Coronel FAP LUIS STEVE CHÁVEZ VALDIVIA, para ocupar el cargo de Asesor en la Sección de Cooperación Hemisférica de la División de Cooperación Hemisférica de la Subsecretaría de Servicios de Asesoramiento (SSA) de la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa (JID), ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), ubicada en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2027, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, con O fi cio Extra FAP N° 003258-2025-SECRE/ FAP, la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión especial en el exterior, del Coronel FAP MANUEL ANTONIO GARCÍA RENDON, identi fi cado con DNI N° 44110383 y NSA N° 96074; y del Coronel FAP LUIS STEVE CHÁVEZ VALDIVIA, identi fi cado con DNI N° 43365948 y NSA N° 96245, para ocupar los citados cargos en la Secretaría de la Junta Interamericana de Defensa (JID), ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), ubicada en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2027; asimismo, considerando el itinerario de vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 30 de noviembre de 2025 y su retorno el 1 de diciembre de 2027, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 007-2024-EMAJ; la Hoja de Gastos N° 128 DGVC-ME/SIAF-RP; así como las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000002, N° 0000000004, N° 0000000009 y N° 0000000755 que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos y Sustento, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior de los citados O fi ciales Superiores, por cuanto les permitirá ampliar sus conocimientos y experiencias en los diferentes temas de Seguridad Hemisférica, mejorando la capacidad profesional del potencial humano, con la fi nalidad de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución; Que, el Reglamento de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias, establece la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, el pago de los conceptos que corresponde al designado bajo dicha modalidad se sujeta a lo dispuesto en el artículo 18 del citado Reglamento y a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF; Que, el numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto al monto por Compensación extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, que se encuentra percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior; Que, conforme al artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo N° 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en