NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (20/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 144
TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Sábado 20 de setiembre de 2025 El Peruano / y gobernanza de las actividades extractivas en el marco de las disposiciones aprobadas por la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, con fecha 14 de agosto de 2025 se realizó una reunión, en la cual participaron las autoridades del departamento de Moquegua y del Poder Ejecutivo, representantes de la sociedad civil y el Ministerio de Energía y Minas, en la cual se acordó que el MINEM emitirá el acto resolutivo que conformará la Mesa Ejecutiva que permitirá continuar con el proceso de negociación entre la empresa Buenaventura y el distrito de Ichuña; Que, mediante los Informes N° 022-2025-MINEM- OGGS-OGDPC-JCZC y N° 023-2025-MINEM-OGGS-OGDPC-JCZC, la O fi cina de Gestión del Diálogo y Participación Ciudadana de la O fi cina General de Gestión Social, señala que en el espacio de diálogo generado en el marco de la Resolución Ministerial N° 076-2025-MINEM/DM se aprobó un Plan de Acción; sin embargo, a la fecha existen compromisos pendientes, por lo que, resulta necesaria la creación de un Grupo de Trabajo Multisectorial con la fi nalidad de viabilizar su implementación; Que, a través del Informe N° 317-2025-MINEM- OGPP-ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable, desde el punto de vista organizacional, para la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial, la cual fue rati fi cada con el Memorando N° 01956-2025/ MINEM-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante el Informe N° 856-2025/MINEM-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial, por lo que, corresponde emitir el acto resolutivo que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, denominado “Mesa Ejecutiva para impulsar medidas de desarrollo en favor del distrito de Ichuña, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua”, dependiente del Ministerio de Energía y Minas; Que, asimismo, se cuenta con el consentimiento de los integrantes que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial, conforme a lo dispuesto en el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado; Con los vistos de la O fi cina General de Gestión Social, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, denominado “Mesa Ejecutiva para impulsar medidas de desarrollo en favor del distrito de Ichuña, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua”, dependiente del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene como objeto establecer un espacio de diálogo orientado a viabilizar la implementación del plan de acción para el desarrollo sostenible del distrito de Ichuña, y la sostenibilidad de la inversión minera en la zona. Artículo 3.- Integrantes3.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial está integrado por:a) Un/a (01) representante del Ministerio de Energía y Minas, quien lo presidirá; b) Un/a (01) representante la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien asume la Secretaría Técnica; c) Un/a (01) representante de la Municipalidad Distrital de Ichuña; d) Un/a (01) representante del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA; e) Un/a (01) representante de la Autoridad Nacional del Agua – ANA; f) Un/a (01) representante de la Defensoría del Pueblo;g) Un/a (01) representante del Comité Técnico de Diálogo e Intereses de Ichuña – COTEDI; h) Un/a (01) representante de la Asociación Civil Frente de Defensa por el Desarrollo Integral de Ichuña; i) Un/a (01) representante de la Compañía de Minas Buenaventura S.A.A.; 3.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial cuentan con un(a) representante alterno(a), quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular. 3.3 En el caso de las entidades del Estado, el Grupo de Trabajo Multisectorial puede, mediante el acta respectiva, proponer la incorporación de nuevas entidades, según las necesidades que se identi fi quen. 3.4 Los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial ejercen sus funciones ad honórem. Artículo 4.- Funciones4.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Establecer un cronograma ejecutivo para la implementación del plan de acción aprobado en el marco de la Resolución Ministerial N° 076-2025-MINEM/DM. b) Realizar acciones de articulación intersectorial, con las entidades que conforman el Grupo de Trabajo, para viabilizar la implementación del Plan de Acción. c) Otras acciones que conlleven al cumplimiento de objeto del Grupo de Trabajo. 4.2 Para el adecuado ejercicio de sus funciones, el Grupo de Trabajo Multisectorial puede acordar la conformación de Subgrupos de Trabajo, en el marco del cumplimiento de su objetivo. Artículo 5.- Designación de representantes Los integrantes que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial designan a sus representantes, titular y alterno, mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de cinco (05) días hábiles, siguientes a la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas para el funcionamiento del Grupo de Trabajo Multisectorial; siendo responsable de llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere, así como de realizar las convocatorias a las reuniones del Grupo de Trabajo Multisectorial a pedido expreso y formal de la Presidencia. Artículo 7.- Colaboración, asesoramiento y aporte técnico de entidades y profesionales 7.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial puede convocar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto. 7.2 Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo Multisectorial puede requerir información a otras instituciones públicas y privadas del ámbito nacional e internacional, así como la asistencia especializada de los órganos del MINEM, quienes coadyuvan al cumplimiento de su objeto.