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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (20/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 20 de setiembre de 2025 El Peruano / Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 10 295 700,00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor de veinticinco (25) gobiernos regionales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 10 295 700,00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor de veinticinco (25) gobiernos regionales para fi nanciar, de manera excepcional y por única vez, el otorgamiento de dos boni fi caciones extraordinarias de S/ 150,00 (CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES) cada una, por los conceptos de apoyo a la labor educativa y soporte alimenticio, para el personal administrativo de las Unidades Ejecutoras de Educación de los gobiernos regionales, sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo, en cumplimiento de las Cláusulas Primera y Segunda del Convenio Colectivo suscrito entre el Ministerio de Educación y la Federación Nacional de Trabajadores Administrativos del Sector Educación (FENTASE), en el marco de la Ley Nº 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal y el Decreto Supremo Nº 008-2022- PCM, Decreto Supremo que aprueba Lineamientos para la implementación de la Ley Nº 31188; de acuerdo con lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32394, según el siguiente detalle: DE LA: EN SOLES SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : M. de Educación UNIDAD EJECUTORA 024 : Sede Central CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000002 : Conducción y orientación superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 10 295 700,00 ============ TOTAL EGRESOS 10 295 700,00 ============ A LA: EN SOLES SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 10 295 700,00 ============ TOTAL EGRESOS 10 295 700,00 ============ 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas, por pliego, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas para fi nanciar el otorgamiento, de manera excepcional y por única vez, de dos boni fi caciones extraordinarias de S/ 150,00 (CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES) cada una, por los conceptos de apoyo a la labor educativa y soporte alimenticio, para el personal administrativo de las Unidades Ejecutoras de Educación de los gobiernos regionales, sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276 y del Decreto Legislativo Nº 728”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2440728-3 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Municipalidad Distrital de Elias Soplin Vargas DECRETO SUPREMO Nº 198-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Centésima Sexagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, durante el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Educación a realizar modi fi caciones presupuestarias