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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (20/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Sábado 20 de setiembre de 2025 El Peruano / suscrito con las Comunidades Originarias del Proyecto de Explotación Antapaccay – Expansión Tintaya – Integración Coroccohuayco, de fecha 23 de mayo de 2025, suscrita entre las nueve (09) comunidades originarias del Área de Infl uencia Directa de la provincia de Espinar (Cala Cala, Huisa, Huisa Collana, Huarca, Anta Ccollana, Huancané Bajo, Suero y Cama, Alto Huancané y Alto Huarca) y diferentes sectores del Ejecutivo, contempla la necesidad de conformar un Grupo de Trabajo Multisectorial, la misma que va a identi fi car las alternativas de solución y acciones ante la problemática de cierre de brechas en materia de infraestructura, vivienda, mejoramiento de vías; Que, mediante los Informes N° 005-2025-MINEM- OGGS-OGDPC y N° 013-2025-MINEM-OGGS-OGDPC, la Ofi cina de Gestión de Diálogo y Participación Ciudadana de la O fi cina General de Gestión Social, sustenta la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, encargado de proponer acciones orientadas al desarrollo sostenible de las nueve (09) comunidades originarias del Área de In fl uencia Directa – AID del Proyecto de Explotación Antapaccay – Expansión Tintaya – Integración Coroccohuayco de la provincia de Espinar; Que, mediante el Informe N° 298-2025-MINEM- OGPP-ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable, desde el punto de vista organizacional, para la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial; Que, contando con la opinión legal favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 855-2025/MINEM-OGAJ, corresponde emitir el acto resolutivo que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, encargado de proponer acciones orientadas al desarrollo sostenible de las nueve (09) comunidades originarias del Área de In fl uencia Directa – AID del Proyecto de Explotación Antapaccay – Expansión Tintaya – Integración Coroccohuayco de la provincia de Espinar; Que, asimismo, se cuenta con el consentimiento de los integrantes que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial, conforme a lo dispuesto en el numeral 28.2 del artículo 28 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; Con los vistos de la O fi cina General de Gestión Social, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, denominado “Mesa de Diálogo para abordar la problemática de las nueve (09) comunidades originarias del Área de In fl uencia Directa – AID del Proyecto de Explotación Antapaccay – Expansión Tintaya – Integración Coroccohuayco de la provincia de Espinar”, dependiente del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene por objeto proponer acciones orientadas al desarrollo sostenible de las nueve (09) comunidades originarias del Área de Infl uencia Directa – AID del Proyecto de Explotación Antapaccay – Expansión Tintaya – Integración Coroccohuayco de la provincia de Espinar. Artículo 3.- Integrantes3.1. El Grupo de Trabajo Multisectorial está integrado por: a) Un/a (01) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros;b) Un/a (01) representante del Ministerio de Energía y Minas, quien lo preside; c) Un/a (01) representante de la O fi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas; d) Un/a (01) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; e) Un/a (01) representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; f) Un/a (01) representante del Ministerio de Cultura;g) Un/a (01) representante del Gobierno Regional del Cusco; h) Un/a (01) representante de la Comunidad Originaria de Cala Cala; i) Un/a (01) representante de la Comunidad Originaria de Huisa; j) Un/a (01) representante de la Comunidad Originaria de Huisa Collana; k) Un/a (01) representante de la Comunidad Originaria de Huarca; l) Un/a (01) representante de la Comunidad Originaria de Anta Ccollana; m) Un/a (01) representante de la Comunidad Originaria de Huancané Bajo; n) Un/a (01) representante de la Comunidad Originaria de Alto Huancané; o) Un/a (01) representante de la Comunidad Originaria de Suero y Cama; p) Un/a (01) representante de la Comunidad Originaria de Alto Huarca; 3.2. Los integrantes del Grupo de Trabajo cuentan con un/a representante titular y un/a alterno/a, los/las mismos/as que deben contar con capacidad de decisión. 3.3. Los integrantes del Grupo de Trabajo ejercen sus funciones ad honórem. Artículo 4.- Funciones 4.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Identi fi car y evaluar las necesidades de las nueve (09) comunidades originarias del Área de In fl uencia Directa – AID del Proyecto de Explotación Antapaccay – Expansión Tintaya – Integración Coroccohuayco de la provincia de Espinar, vinculadas a su desarrollo sostenible. b) Presentar propuestas de solución vinculadas al desarrollo sostenible de las nueve (09) comunidades originarias del Área de In fl uencia Directa – AID del Proyecto de Explotación Antapaccay – Expansión Tintaya – Integración Coroccohuayco de la provincia de Espinar. c) Articular con entidades privadas y/o públicas para la implementación de acuerdos que, luego de la evaluación de propuestas de solución, atiendan las necesidades de las nueve (09) comunidades originarias del Área de In fl uencia Directa – AID del Proyecto de Explotación Antapaccay – Expansión Tintaya – Integración Coroccohuayco de la provincia de Espinar. 4.2. Para el adecuado ejercicio de sus funciones, el Grupo de Trabajo, puede acordar la conformación de Subgrupos de Trabajo, en el marco del cumplimiento de su objeto. Artículo 5.- Designación de representantes Las entidades y las comunidades originarias que integran el Grupo de Trabajo Multisectorial designan a sus representantes, titular y alterno, mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, dentro del plazo máximo de cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la O fi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, quien asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas para el funcionamiento del Grupo de Trabajo; siendo responsable de llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere, así como de