Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (15/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Sábado 15 de agosto de 2026 El Peruano / que utilizan Recursos Energéticos Renovables (RER) del proyecto “Microred OFF-GRID con generación fotovoltaica El Caco-Perú”, en el extremo referido al Calendario de Ejecución de Obras contenido en su Anexo N° 04, a fi n de establecer el 12 de mayo de 2027 como nueva fecha de la Puesta en Operación Comercial. Artículo 3.- Aprobar la Primera Modi fi cación al Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 190- 2025, a fi n de modi fi car la Cláusula Décimo Octava y el Anexo N° 4. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, la Minuta y la Escritura Pública correspondientes a la Primera Modi fi cación al Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 190- 2025, de conformidad con la normativa aplicable. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modi fi cación al Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 190-2025, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- Notifi car la presente Resolución Directoral a SOLARTIA GENERACIÓN PERÚ S.A.C. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el diario o fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADRIÁN ZA PATA SERNAQUÉ Director General de ElectricidadDirección General de Electricidad 2541792-1 INTERIOR Designan Director Contra Delitos de Crimen Organizado de la Dirección Contra Delitos de Crimen Organizado RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1192-2026-IN Lima, 14 de agosto de 2026 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director Contra Delitos de Crimen Organizado de la Dirección Contra Delitos de Crimen Organizado de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Orden Interno, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 0702-2026-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor LUIS ALBERTO LIRA LIMO en el cargo de Director Contra Delitos de Crimen Organizado de la Dirección Contra Delitos de Crimen Organizado de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR AUGUSTO ASTUDILLO SALCEDO Ministro del Interior 2543881-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 162-2026-JUS Lima, 14 de agosto de 2026VISTO; el Informe N° 108-2026/COE-TPC, del 24 de julio de 2026, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana MARCO ELÍAS AGUIRRE CHÁVEZ formulada por la Décima Quinta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de robo agravado; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93- JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal peruano, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 11 de junio de 2026, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana MARCO ELÍAS AGUIRRE CHÁVEZ formulada por la Décima Quinta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de robo agravado; Que, el literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento de la actuación de las autoridades que participan en los procedimientos de extradición y traslado de personas condenadas, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2025-JUS, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone para la decisión del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa o pasiva; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal peruano, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N° 108-2026/COE-TPC, del 24 de julio de 2026, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona reclamada, para ser procesada por la presunta comisión del delito de robo agravado; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde