Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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37 NORMAS LEGALES Viernes 9 de enero de 2026 El Peruano / e) Aprobar las solicitudes de no aplicación de penalidades por mora, en el marco de la Ley General de Contrataciones Públicas. f) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual de contratos menores, comparación de precios y las derivadas de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. g) Emitir constancias de prestación. h) Veri fi car que los servidores de la Dependencia Encargada de Contrataciones se encuentren certi fi cados como compradores públicos. i) Comunicar a los contratistas la aplicación de las penalidades que correspondan, de ser el caso. j) Comunicar a los contratistas las observaciones a las prestaciones formuladas por las áreas usuarias. k) Autorizar cambios de profesionales, operarios y personal que se susciten durante la ejecución de los contratos derivados de los procedimientos de selección competitivos y no competitivos. l) Formular la denuncia administrativa ante el Tribunal de Contrataciones Públicas de las presuntas infracciones tipi fi cadas en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. • Asimismo, considerando que aún se mantienen contratos vigentes celebrados en el marco de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, se delega la siguiente facultad: a) Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestación que soliciten de acuerdo a las disposiciones señaladas en la normatividad de contrataciones del estado. 1.3 Delegación de facultades a la Unidad de Recursos Humanos Delegar en el/la jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos, las siguientes facultades: a. Representar al Programa Nacional CONTIGO ante las diferentes entidades públicas para realizar cualquier tipo de acto y/o actividad relacionada a sus funciones dentro del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos de la entidad, entre las que se encuentra la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, Seguro Social de Salud - ESSALUD y el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS; lo que excluye el ejercicio de las competencias a cargo de la Procuraduría Pública del MIDIS, contempladas en el Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que Reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado. b. Celebrar, suscribir, modi fi car y/o resolver contratos bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, y demás normas modi fi catorias, complementarias y conexas. c. Suscribir los convenios de las modalidades formativas y sus respectivas adendas, en el marco del Decreto Legislativo N° 1401 y las normas vigentes aplicables. d. Emitir las resoluciones que aprueban el Rol de Vacaciones correspondiente al personal bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS), regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. e. Expedir resoluciones sobre licencias para el personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, para el caso de los empleados de con fi anza, deberá ser previa autorización de la Dirección Ejecutiva. f. Suscribir los documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales con calidad de cosa juzgada, así como de medidas cautelares relacionadas con el Sistema Administrativo de Recursos Humanos. Asimismo, los documentos requeridos en el marco del procedimiento de ejecución de mandato administrativo emitido por la Autoridad Nacional de Servicio Civil - SERVIR, o autoridad administrativa competente, que ordenen la reposición o reincorporación de ex servidores (as), según corresponda. g. Designar las comisiones, los comités y/o similares en el marco de los procesos y/o convenios suscritos en el ámbito de su competencia. h. Conformar el Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Programa Nacional CONTIGO, cuando corresponda. Artículo 2.- Obligación de informar El/la jefe/a de la Unidad de Administración, el/ la Coordinador/a de Abastecimiento de la Unidad de Administración y el/la jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO, deben informar a la Dirección Ejecutiva, los actos que emitan en virtud de la delegación conferida, en forma trimestral. Artículo 3.- Noti fi cación Remitir la presente Resolución a las unidades funcionales del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO, para su cumplimiento conforme a sus atribuciones. Artículo 4.- Plazo de las delegaciones Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tienen vigencia durante el ejercicio fi scal 2026. Artículo 5.- Dejar sin efecto Dejar sin efecto la Resolución Dirección Ejecutiva N° 000001-2025-MIDIS/PNPDS-DE de fecha 3 de enero de 2025 y la Resolución Dirección Ejecutiva N° 000050-2025-MIDIS/PNPDS-DE de fecha 29 de abril de 2025. Artículo 6.- Publicación6.1. Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. 6.2 Encargar que la Unidad de Comunicaciones e Imagen publique la presente resolución en la sede digital del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO (https://www.gob.pe/contigo). Regístrese, comuníquese y publíquese.CESAR ARTIDORO SAMAME CORNEJO Director Ejecutivo Dirección Ejecutiva 2475321-1 Aprueban el “Cronograma de pagos del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, correspondiente al ejercicio fiscal 2026 RESOLUCIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000009-2026- MIDIS/PNPDS-DE San Isidro, 8 de enero del 2026VISTOS:El Informe N° D000003-2026-MIDIS/PNPDS-UOT emitido por el jefe de la Unidad de Operaciones y Transferencias, y el Informe N° D000009-2026-MIDIS/ PNPDS-UAJ emitido por la jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica; y