Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2026 (09/01/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 9 de enero de 2026 El Peruano / Supremo N° 004-2014-DE, en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en la Resolución Directoral N° 031-2014-EF-52.03, en la Resolución Directoral N° 0034-2025-EF/54.01, Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01, En el Decreto Supremo N° 016-2021-MINAM, en la Resolución Directoral N° 007-2022-EF/51.01 y, en uso de las atribuciones conferidas. SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el (la) Secretario (a) General de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO: Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités en los procedimientos de selección de selección en el mercado extranjero que realiza la ACFFAA para los órganos bajo su ámbito de competencia, así como modi fi car su composición. 1.2. EN MATERIA CONTABLE, PRESUPUESTAL Y DE INVERSIÓN PÚBLICA: a) Designar a los responsables, titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001-1545: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas del Pliego 335: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. b) Suscribir los estados fi nancieros y presupuestales del Pliego 335: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, solo respecto a la información fi nanciera y presupuestaria mensual, trimestral y del primer semestre. c) Aprobar la programación multianual y la formulación presupuestaria del Pliego 335: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. d) Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión de las inversiones públicas con el objeto de dar inicio a su ejecución física. 1.3. EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN: a) Representar a la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas ante cualquier tipo de autoridad y/o dependencia administrativa para iniciar y/o proseguir procedimientos de carácter administrativo. b) Remitir al Órgano de Control Institucional la documentación e información requerida en el marco del Control Simultáneo, en la forma y plazos solicitados, así como adoptar las acciones preventivas o correctivas respecto de las situaciones adversas identi fi cadas en los servicios de control simultáneo. c) Aprobar directivas, planes, manuales, programas, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnicos-normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todos los órganos de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. d) Aprobar el Plan Operativo Institucional de la entidad, así como sus modi fi caciones. e) Aprobar las evaluaciones del Plan Estratégico Institucional, del Plan Operativo Institucional y del Presupuesto Institucional. f) Designar a los responsables titulares y suplentes de la entidad que conformarán el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. 1.4. EN MATERIA LABORAL: Autorizar el inicio del proceso de contratación del personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, conforme a la normativa de la materia. Artículo 2.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la O fi cina General de Administración de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas las siguientes facultades y atribuciones: 2.1. EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN:a) Autorizar la impresión a color en casos debidamente justifi cados, en el marco del Decreto Supremo N° 050- 2006-PCM, que prohíbe en las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de las comunicaciones y/o documentos de todo tipo. b) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes muebles y demás actos administrativos de disposición que deriven de los mismos. c) Aprobar la aceptación de donación de bienes muebles patrimoniales que se encuentren en el territorio nacional o provenientes del extranjero, así como, suscribir la solicitud de afectación en uso y transferencia de bienes muebles patrimoniales, en el marco del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, su Reglamento, directivas y normas complementarias. d) Aprobar la aceptación de la donación de predios y/o bienes inmuebles privados, en el marco del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, su Reglamento, directivas y normas complementarias. e) Aprobar el Plan de Ecoe fi ciencia y el Plan de Manejo de Residuos Sólidos de la ACFFAA. f) Aprobar los reconocimientos de deuda por prestaciones ejecutadas a favor de la Agencia, cuando se confi guren los elementos constitutivos del enriquecimiento sin causa. 2.2. EN MATERIA LABORAL: a) Celebrar Convenios de Prácticas Preprofesionales y Profesionales, y sus adendas, en el marco de las normas que regulan las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público. b) Suscribir los contratos administrativos de servicios y las adendas correspondientes, así como comunicar la no prórroga o la no renovación, en el marco del régimen de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, según corresponda. c) Suscribir contratos con Entidades Prestadoras de Salud - EPS, adendas, renovaciones u otros derivados del mismo. d) Representar a la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, de corresponder, para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que verse sobre temas laborales, así como denuncias y gestiones de índole laboral, que se lleven a cabo tanto en las instalaciones de la entidad, de la SUNAFIL o del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y demás entidades, respecto a asuntos laborales, excepto en casos judiciales y de intervención fi scal. Artículo 3.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto las siguientes facultades y atribuciones: 3.1. EN MATERIA PRESUPUESTARIA: a) Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias efectuadas en el nivel funcional y programático dentro de la Unidad Ejecutora 001- 1545: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas del Pliego 335: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, a propuesta de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto. b) Suscribir formatos, fi chas y documentación que tenga incidencia presupuestaria. Artículo 4.- Las delegaciones y atribuciones autorizadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia durante el año 2026. Artículo 5.- Las delegaciones previstas por la presente Resolución comprenden las facultades de