Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2026 (15/01/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Jueves 15 de enero de 2026 El Peruano / - Bolivia, para participar en la pasantía que tiene como objetivo promover el intercambio de conocimientos académicos, cientí fi cos y culturales del 31 de agosto al 10 de setiembre del 2024; Que, consiguientemente, el Consejo Universitario Extraordinario del 14 de octubre del año en curso, según transcripción contenida en el MEMORANDUM Nº 1098-2024-SG-UNA-PUNO (21-10-2024) de Secretaría General, autoriza el presente viaje; en concordancia con el Ofi cio Nº 0855-2024-J-OCRI-UNA/P; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con la Carta de Aceptación (01-08-2024), formulada para tal efecto, de Victor M. López Villalpando - Responsable PME CRISCOS de la Universidad Técnica de Oruro; y, la opinión procedente de la O fi cina de Asesoría Jurídica de esta Universidad, signada con la OPINIÓN LEGAL Nº 758-2024-OAJ-UNA-PUNO (27-08-2023); En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, en vía de regularización, el viaje a ORURO - BOLIVIA del 31 de agosto al 10 de setiembre del 2024, a los siguientes estudiantes de la Escuela Profesional de Ingeniería Mecánica Eléctrica - Facultad de Ingeniería Mecánica Eléctrica, Electrónica y Sistemas de la Universidad Nacional del Altiplano Puno, por haber participado en la pasantía que tuvo como objetivo promover el intercambio de conocimientos académicos, cientí fi cos y culturales en la UNIVERSIDAD TÉCNICA DE ORURO - Bolivia; conforme al siguiente detalle: - ARMINTA FLORES NIKELSON JOEL - ALCAHUAMAN QUISPE ROMI ALDAIR- PARI CONDOR GUILMER RONY Artículo Segundo.- DISPONER, que los estudiantes cuyo viaje se autoriza en el artículo precedente, presenten un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante dicho evento; en el marco de la normativa expuesta en el presente acto administrativo. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución, al Vicerrectorado Académico, a las respectivas Facultades de esta Universidad, Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, Unidad de Registro Académico y demás dependencias correspondientes de la institución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PAULINO MACHACA ARI Rector LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA Secretaria General 2457707-1 Aprueban el Estatuto de la Universidad Nacional de Sechura UNIVERSIDAD NACIONAL DE SECHURA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 030-2025/CO Sechura, 15 de diciembre de 2025VISTOS:El Acta de Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de fecha 15 de diciembre de 2025, la Resolución de Comisión Organizadora Nº 009-2025-CO de fecha 19 de agosto de 2025; y,CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º establece que “cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las leyes”; Que, mediante Ley Nº 32101 del 19 de julio de 2024 se crea la Universidad Nacional de Sechura con personería jurídica de derecho público interno, con sede en el distrito de Sechura de la provincia de Sechura del departamento de Piura; con fi nes establecidos en la Constitución Política del Perú, en la Ley 30220, Ley Universitaria, y en la Ley 28044, Ley General de Educación; Que, el artículo 29º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria señala que: “aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora, tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente ley, le correspondan”; Que, por Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, se aprobó el documento normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; el cual tiene por fi nalidad establecer las disposiciones que orientan la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras, hasta la conformación de órganos de gobierno de las universidades públicas, en el marco de lo dispuesto por el artículo 29º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Que, en el literal e) del numeral 6.1.5) de las Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, de fecha 27 de julio de 2021, establece como una de las funciones del Presidente de la Comisión Organizadora, el de velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Comisión Organizadora; Que, mediante la Resolución de Comisión Organizadora Nº 009-2025-CO de fecha 19 de agosto de 2025, se Aprobó el Estatuto de la Universidad Nacional de Sechura, el mismo que consta de Cuatro (04) Títulos, Once (11) Capítulos, Ciento Ochenta y Nueve (189) Artículos, Siete (07) Disposiciones Complementarias Transitorias y Dos (02) Disposiciones Complementarias Finales; Que, mediante acuerdos adoptados por unanimidad por la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Sechura en de Sesión Extraordinaria de fecha 15 de diciembre de 2025, se establece: “APROBAR y DISPONER la Publicación en el diario ofi cial “El Peruano” del Estatuto de la Universidad Nacional de Sechura, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 009-2025-CO de fecha 19 de agosto de 2025.”; Que, con el propósito de dar el correcto cumplimiento a las atribuciones y competencias asignadas por la Constitución y la Ley a la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Sechura, se hace necesario proyectar la resolución pertinente, la misma que contiene los acuerdos por unanimidad adoptados por la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Sechura, en Sesión Extraordinaria de fecha 15 de diciembre de 2025; Que, la presente Resolución de Comisión Organizadora se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena Fe Procedimental, por el cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento,