Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 54
54 NORMAS LEGALES Jueves 15 de enero de 2026 El Peruano / virtud de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establece que corresponde al Fiscal de la Nación la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y el informe Nº 08-2025-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 31 de diciembre de 2025, corresponde emitir el acto resolutivo, a fi n de designar a la abogada Meril Enith Ramírez Lescano en su condición de magistrada titular, en la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco, teniendo en consideración el ofi cio Nº 000086-2026-MP-FN-PJFSHUANUCO suscrito por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco; para lo cual previamente se deberá dar por concluida su designación señalada en el párrafo tercero de la parte considerativa de la presente resolución, así como dar por concluido el nombramiento y la designación del abogado Guiller Rodrigo Mallqui Sebastián, quien ocupa provisionalmente la plaza de fi scal provincial en la Fiscalía antes citada y, consecuentemente, estando a que retiene cargo de carrera como fi scal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Yarowilca, Distrito Fiscal de Huánuco, corresponderá designarlo en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yarowilca. Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0010-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 9 de enero de 2026, y lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada Meril Enith Ramírez Lescano, fi scal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Leoncio Prado, Distrito Fiscal de Huánuco, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Leoncio Prado, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4623-2014-MP-FN, de fecha 3 de noviembre de 2014. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Guiller Rodrigo Mallqui Sebastián, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, y su designación en la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 180-2022-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 15 de febrero de 2022 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.Artículo Tercero .- Designar a la abogada Meril Enith Ramírez Lescano, fi scal provincial titular penal de Huánuco, Distrito Fiscal de Huánuco, en la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco. Artículo Cuarto .- Designar al abogado Guiller Rodrigo Mallqui Sebastián, fi scal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Yarowilca, Distrito Fiscal de Huánuco, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yarowilca. Artículo Quinto .- Hacer de conocimiento a los abogados Meril Enith Ramírez Lescano y Guiller Rodrigo Mallqui Sebastián que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Sexto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2477063-3 Nombran fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 109-2026-MP-FN Lima, 14 de enero de 2026 VISTOS:Los o fi cios N os 002250 y 002464-2025-MP-FN- PJFSICA, de fechas 3 y 26 de septiembre de 2025, respectivamente, e informe N° 0023-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 14 de enero de 2026, y; CONSIDERANDO:El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por el Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo N° 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado, en virtud del cual los fi scales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores. Mediante los o fi cios de vistos, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, se elevaron los documentos remitidos por la abogada Blanca Flor Hernández Almeyda, fi scal adjunta superior titular penal de Pisco, Distrito Fiscal de Ica, designada en la Fiscalía Superior Penal de Pisco, por los cuales hizo de conocimiento la problemática con la que cuenta su despacho, por lo que solicitó por necesidad de servicio el destaque de un personal fi scal para la fi scalía en la cual se desempeña. En mérito a lo expuesto en el párrafo precedente, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3800-2025-MP-FN, de fecha 22 de diciembre de 2025, se resolvió destacar al abogado Luis Mansilla