Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (14/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Sábado 14 de febrero de 2026 El Peruano / Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acuerda una operación de endeudamiento interno mediante la emisión de bonos soberanos, hasta por S/ 151 696 721,32 (CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIUNO Y 32/100 SOLES), destinada a fi nanciar seis (06) proyectos de inversión, conforme a lo siguiente: N°CÓDIGO ÚNICONOMBRE DEL PROYECTO DE INVERSIÓNMONTO EN SOLES 1 2650827Mejoramiento del servicio de educación inicial, servicio de educación primaria y servicio de educación secundaria en I.E. Padre Nicolás Giner distrito de Requena de la provincia de Requena del departamento de Loreto.Hasta por 41 230 976,68 2 2647854Mejoramiento del servicio de educación inicial y servicio de educación primaria en I.E. 60789 Sargento II Fernando Lores distrito de Requena de la provincia de Requena del departamento de Loreto.Hasta por 17 832 318,29 3 2658441Creación del servicio de movilidad urbana en el sector Requena I zona B del distrito de Requena de la provincia de Requena del departamento de Loreto.Hasta por 45 005 801,07 4 2646937Creación del servicio de movilidad urbana en la calle Santa Rosa cdra. 01 a 02, calle California cdra. 01 a 02, pasaje José Olaya, pasaje Santa Rosa, pasaje Aviación y pasaje San Antonio distrito de Requena de la provincia de Requena del departamento de Loreto.Hasta por 13 691 581,88 5 2087531Rehabilitación y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado de la localidad de Requena – Loreto.Hasta por 23 291 473,45 6 2656884Mejoramiento del servicio de educación inicial en I.E. 716 distrito de Requena de la provincia de Requena del departamento de Loreto.Hasta por 10 644 569,95 Que, las inversiones antes señaladas forman parte de la cartera de inversiones priorizadas por el Consejo Directivo del Plan de Cierre de Brechas, el cual está facultado a efectuar la priorización de las inversiones contenidas en dicho Plan, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30897, Ley de promoción de la inversión y desarrollo del departamento de Loreto, y en el artículo 6 de las Medidas reglamentarias necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto por la Séptima y Octava Disposiciones Complementarias Finales y la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30897, aprobadas por Decreto Supremo N° 016-2023-EF; Que, la mencionada operación de endeudamiento interno se efectúa con cargo al monto destinado a sectores económicos y sociales, establecido en el inciso 1 del numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley N° 32187, y se encuentra dentro de los alcances de lo establecido en el inciso 2 del numeral 11.2 y en el inciso 1 del numeral 11.3 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; Que, conforme al numeral 75.2 del artículo 75 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y en el marco de lo señalado en el literal b) del numeral 8.2 del artículo 8 de la Directiva N° 001-2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 015-2019-EF/52.01, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Organización de la Municipalidad Provincial de Requena, mediante el Informe Presupuestal N° 035-2025-MPR-GPPO, señala que para el año 2025 la contrapartida viene siendo ejecutada conforme a su presupuesto institucional modi fi cado y que no requerirá contrapartida para el año 2026; Que, conforme a lo señalado en el Informe Técnico N° 083-2025-SGPI-GPPO-MPR, emitido por la Sub Gerencia de Programación e Inversiones de la Municipalidad Provincial de Requena, los proyectos de inversión antes mencionados se encuentran alineados con los objetivos priorizados, metas e indicadores que contribuyen al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo con los criterios de priorización aprobados por el sector; Que, asimismo, el citado Informe Técnico N° 083-2025-SGPI-GPPO-MPR certi fi ca que los proyectos de inversión antes mencionados están considerados en el Programa Multianual de Inversiones 2025-2027 de la indicada Municipalidad, el cual fue aprobado mediante la Resolución Gerencial N° 010-2024-GM-MPR; Que, en tal sentido, la referida operación de endeudamiento interno cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1437, así como con lo estipulado por la Directiva N° 001-2019-EF/52.04 “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 015-2019-EF/52.01; y, en la Directiva N° 001-2024-CG/VCST “Informe Previo sobre las operaciones que comprometen el crédito o capacidad fi nanciera del Estado”, aprobada por la Resolución de Contraloría N° 063-2024-CG; Que, sobre el particular, han emitido opinión favorable la Dirección General del Tesoro Público y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación de endeudamiento interno, en aplicación del literal l) del artículo 22 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; en la Ley N° 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en la Ley N° 32515, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en la Directiva N° 001-2019-EF/52.04 “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 015-2019-EF/52.01; y, la Directiva N° 001-2024-CG/VCST “Informe Previo sobre las operaciones que comprometen el crédito o capacidad fi nanciera del Estado”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 063-2024-CG; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación y condiciones de la operación de endeudamiento interno 1.1. Aprobar la operación de endeudamiento interno, hasta por S/ 151 696 721,32 (CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIUNO Y 32/100 SOLES), destinada a fi nanciar parcialmente los siguientes proyectos de inversión cuya ejecución está a cargo de la Municipalidad Provincial de Requena: N°CÓDIGO ÚNICONOMBRE DEL PROYECTO DE INVERSIÓNMONTO EN SOLES 1 2650827Mejoramiento del servicio de educación inicial, servicio de educación primaria y servicio de educación secundaria en I.E. Padre Nicolás Giner distrito de Requena de la provincia de Requena del departamento de Loreto.Hasta por 41 230 976,68 2 2647854Mejoramiento del servicio de educación inicial y servicio de educación primaria en I.E. 60789 Sargento II Fernando Lores distrito de Requena de la provincia de Requena del departamento de Loreto.Hasta por 17 832 318,29 3 2658441Creación del servicio de movilidad urbana en el sector Requena I zona B del distrito de Requena de la provincia de Requena del departamento de Loreto.Hasta por 45 005 801,07