Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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57 NORMAS LEGALES Sábado 14 de febrero de 2026 El Peruano / Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2026-00260-001 (SIAF Nº 0000000404) de fecha 04 de febrero de 2026, por el importe de S/ 167 049 089,00 (CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar los gastos de la administración de los bienes de la concesión del ex Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, desde el mes de enero a diciembre de 2026; Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 032-2026-MINEM/DGH-DGGN-DNH, la Dirección de Gestión del Gas Natural y la Dirección Normativa de Hidrocarburos de la Dirección General de Hidrocarburos señalan que corresponde al Ministerio de Energía y Minas realizar la transferencia fi nanciera respectiva a favor del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN para el fi nanciamiento de la administración de los bienes de la concesión del ex Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, desde el mes de enero a diciembre de 2026 de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 32514; Que, mediante Informe Nº 149-2026-MINEM/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la expedición de la Resolución Ministerial que autoriza la trasferencia fi nanciera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora Nº 001- Ministerio de Energía y Minas – Central, a favor del OSINERGMIN; en el marco de lo establecido en la Ley Nº 32514; Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 167 049 089,00 (CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, a favor del OSINERGMIN; en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 32514; Con los vistos de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 32514, Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, la Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora Nº 001 - Ministerio de Energía y Minas – Central, a favor del Pliego 020: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, para fi nanciar los gastos de la administración de los bienes de la concesión del ex Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, por la suma de S/ 167 049 089,00 (CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), en el marco de lo establecido en la Ley Nº 32514, según el siguiente detalle: En Soles Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas -Central Fuente de Financiamiento5. Recursos Determinados 167 049 089,00 Gasto Corriente 5.2.4 Donaciones y Transferencias 167 049 089,00 Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la O fi cina General de Administración de la Unidad Ejecutora 001: MINEM Central, para la realización de las acciones administrativas correspondientes. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE BRAVO DE LA CRUZ Ministro de Energía y Minas 2487204-1 INTERIOR Designan Prefecto Regional de Ica RESOLUCIÓN SUPREMA N° 054-2026-IN Lima, 13 de febrero de 2026CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que el Ministerio del Interior tiene entre otras funciones especí fi cas, dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 161 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, señala que los Prefectos Regionales son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Interior a propuesta del Viceministerio de Orden Interno; Que, se encuentra vacante el cargo de Prefecto/a Regional de Ica, por lo que en aplicación del literal c) del artículo 118 del citado Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, el Despacho Viceministerial de Orden Interno, a propuesta de la Dirección General de Gobierno Interior, considera conveniente designar al señor FILBER FRAN ORE CUETO en dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo.1.- Designar al señor FILBER FRAN ORE CUETO en el cargo de Prefecto Regional de Ica. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República VICENTE TIBURCIO ORBEZO Ministro del Interior 2487223-6