Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (14/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Sábado 14 de febrero de 2026 El Peruano / del Ejército (ECEME) de Brasil, ubicada en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 16 de febrero al 18 de noviembre de 2026; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 15 de febrero y su retorno el 19 de noviembre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Dictamen Legal N° 205-2026/OAJE; la Hoja de Gastos de la Jefatura de Educación del Ejército del Perú; así como, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000168, N° 0000000169 y N° 0000000423 que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por cuanto, permitirá contar con personal altamente capacitado, con nuevos conocimientos y experiencias, que contribuirán a elevar su nivel profesional, a fi n de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho del Ejército del Perú; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, a través del O fi cio N° 00291-2026-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 068-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 00210-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor EP Luis Guillermo LADERAS QUISPE, para que participe como alumno en el “Curso de Comando y Estado Mayor”, a realizarse en la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército (ECEME) de Brasil, ubicada en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 16 de febrero al 18 de noviembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 15 de febrero y su retorno el 19 de noviembre de 2026. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima - Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - LimaClase económicaUS$ 1,683.00 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 1,683.00 Gastos de Traslado (ida y vuelta): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 6,272.09 x 2 x 1 persona US$ 12,544.18 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 6,272.09/28 x 13 días x 1 persona (16 - 28 feb. 2026) US$ 2,912.04US$ 6,272.09 x 8 meses x 1 persona (mar.- oct. 2026) US$ 50,176.72US$ 6,272.09/30 x 18 días x 1 persona (1 - 18 nov. 2026) US$ 3,763.25 Total a pagar en dólares americanos: US$ 71,079.19 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002 2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente Artículo 4.- El Comandante General del Ejército del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- El personal militar autorizado revistará en la O fi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el periodo que dure el viaje al exterior, en misión de estudios. Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2487150-1 Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00153-2026-DE Lima, 13 de febrero del 2026 VISTOS: El O fi cio Nº 032 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio Nº 00297-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 00213-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Radicado Nº 0125115234 ESDEG/ MDN-COGFM-JEMCO-ESDEG-SBESG-VPROI-DEINT el Director de la Escuela Superior de Guerra “General