Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (18/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de febrero de 2026 El Peruano / PODER EJECUTIVO AMBIENTE Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial N° 031-2023-MINAM y aprueba el Texto Integrado de los “Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental – Sinia”, incluyendo el Texto Integrado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº D000035-2026-MINAM-DM Magdalena del Mar, 17 de febrero del 2026 VISTOS; los Informes N° D000016-2026-MINAM- VMGA-DGECIA-DIIIA y N° D000017-2026-MINAM- VMGA-DGECIA-DIIIA de la Dirección de Información, Investigación e Innovación Ambiental; los Memorandos N° D000094-2026-MINAM-VMGA-DGECIA y N° D000103- 2026-MINAM-VMGA-DGECIA de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Memorando N° D000310-2026-MINAM-VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° D000069-2026-MINAM-SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° D000172-2026-MINAM-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000107- 2026-MINAM-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 28245, Ley marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que este sistema tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinados a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; Que, con Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, de acuerdo al literal f) del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, el Ministerio del Ambiente tiene la función específica de dirigir el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA); Que, mediante Decreto Supremo N° 097-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba la relación y calificación de los Sistemas Funcionales, se establece que el SINIA es un Sistema Funcional cuyo ente rector es el Ministerio del Ambiente; Que, el artículo 35 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, prescribe que el SINIA constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica para facilitar la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental; asimismo, señala que la Autoridad Ambiental Nacional administra el SINIA, a su solicitud, o de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes, las instituciones públicas generadoras de información, de nivel nacional, regional y local, están obligadas a brindarle la información relevante para el SINIA, sin perjuicio de la información que está protegida por normas especiales;Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Sistema Nacional de Información – SINIA, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2021-MINAM, dispone que, el Ministerio del Ambiente, mediante Resolución Ministerial, en coordinación con los sectores correspondientes, aprueba los lineamientos para la incorporación automatizada y semi automatizada de la información ambiental en la plataforma digital del SINIA, precisando que dichos lineamientos son elaborados atendiendo los estándares de interoperabilidad e intercambio de información establecidos por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución Ministerial N° 031-2023-MINAM se aprobaron los “Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental – Sinia”, como un documento técnico que contiene el conjunto de procedimientos y orientaciones técnicas dirigidas a las entidades que generan o poseen información ambiental a fin de permitir una adecuada incorporación y uso de la información ambiental a través de la plataforma digital del SINIA; Que, de otro lado, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM determina que, los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; Que, de igual modo, el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señalan que, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; por un plazo no menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario; Que, en virtud de lo dispuesto en los literales g) y h) del artículo 111 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental es el órgano de línea que tiene entre sus funciones, dirigir y supervisar el SINIA, así como proponer instrumentos y metodologías sobre los flujos, intercambio, integralidad, interoperabilidad, entre otros, de la información ambiental en el marco del SINIA, en coordinación con las entidades competentes; Que, en ese contexto, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental a través de los Informes N° D000016-2026-MINAM-VMGA- DGECIA-DIIIA y N° D000017-2026-MINAM-VMGA- DGECIA-DIIIA, sustenta y propone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial N° 031-2023-MINAM y aprueba el Texto Integrado de los “Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental – Sinia”, a fin de que sean puestas en conocimiento del público para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los interesados; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 28245, Ley marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 034-2021-MINAM, Decreto Supremo