Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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15 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de febrero de 2026 El Peruano / cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua; agradeciéndoles por los servicios prestados. Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, quedando integrada por: - JOSE RICARDO PUJAICO ESPINO, en el cargo de Presidente; - AGUSTIN ROBERTO MENDOZA ALFARO, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, - CARLOS MAXIMO GONZALES AÑORGA, en el cargo de Vicepresidente de Investigación. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de la vigencia de la presente Resolución, el Informe de Entrega de Cargo; conforme a lo previsto en los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y modificatorias. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MARIANO NAVARRO PANDO Viceministro de Gestión Pedagógica 2487914-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan a favor de la Empresa de Generación Eléctrica Blanca S.A.C., la modificación de la concesión temporal para desarrollar los Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Fotovoltaica Blanca 200 MW”, en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 006-2026-MINEM/DM Lima, 8 de enero de 2026 VISTOS: El Expediente Nº 26421325, sobre la solicitud de modificación de Concesión Temporal para realizar los Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Fotovoltaica Blanca 200 MW”, presentada por la Empresa de Generación Eléctrica Blanca S.A.C.; el Informe Nº 007-2026-MINEM/DGE-DCE, elaborado por la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 0017-2026-MINEM/ OGAJ, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 266-2025-MINEM/DM, publicada el 20 de agosto de 2025, se otorgó a la Empresa de Generación Eléctrica Blanca S.A.C., la concesión temporal para desarrollar los estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación del proyecto “Central Fotovoltaica Blanca 200 MW”, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la citada Resolución; Que, mediante documento presentado con Registro Nº 4148864, de fecha 13 de octubre de 2025, la Empresa de Generación Eléctrica Blanca S.A.C. solicitó la modificación de la concesión temporal para realizar los Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Central Fotovoltaica Blanca 200 MW”, a fin de modificar el área de concesión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los Estudios de Factibilidad mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (WGS84) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han verificado que la solicitud de la EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA BLANCA S.A.C., cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y el código CE03-6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014- EM, por lo que se concluye que corresponde otorgar la modificación de la concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Fotovoltaica Blanca 200 MW”; Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93- EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la Empresa de Generación Eléctrica Blanca S.A.C., la modificación de la concesión temporal para desarrollar los Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Fotovoltaica Blanca 200 MW” con una capacidad instalada estimada de 200 MW, los cuales se llevarán a cabo en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la Resolución Ministerial Nº 266-2025-MINEM/DM. Artículo 2.- Establecer como nueva área de la concesión temporal, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) – Zona 19S: VÉRTICE ESTE NORTE P1 194030.4435 8146585.4966 P2 194042.6554 8146558.6780 P3 194073.0704 8146532.3890 P4 194099.6770 8146509.8112 P5 194128.6135 8146493.9590 P6 194156.4141 8146488.3834 P7 194180.9308 8146495.4189 P8 194864.0192 8146684.2860 P9 195098.2745 8146747.8894