Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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55 NORMAS LEGALES Viernes 27 de febrero de 2026 El Peruano / Posición Nemotécnico Descripción 36 (*) . Punto de extensión 37-39 EEE Extensión del archivo XMLPara el caso del documento XML ZIP Para el caso del archivo ZIP * Las posiciones pueden variar dependiendo de la longitud variante del correlativo. Ejemplos: Nombre del archivo ZIP: 20514513172- 05-M001-1.ZIP Nombre del archivo XML: 20514513172- 05-M001-1.XML Nombre del archivo ZIP: 20514513172- 05-M001-000000000000001.ZIP Nombre del archivo XML: 20514513172- 05-M001-000000000000001.XML. 2490419-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Convierten al Juzgado de Trabajo Transitorio de la provincia y Corte Superior de Justicia de Ica, como Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia y Corte Superior de Justicia, con turno cerrado y la misma competencia funcional y territorial que el 1°, 2°, 3° Juzgados Civiles Permanentes y del 3° Juzgado de Trabajo Permanente de la provincia y Corte Superior de Justicia de Ica Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000045-2026-CE-PJ Lima, 19 de febrero del 2026 VISTA: La Resolución Corrida N° 000054-2026-CE-PJ de fecha 30 de enero de 2026, a través de la cual se dispuso remitir el Informe N° 000004-2026-OPJ-CNPJ- CE-PJ, elevado con Oficio N° 000045-2026-OPJ-CNPJ- CE-PJ, al jefe de la Oficina de Productividad Judicial, al Programa Presupuestal por Resultados 0067 - Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia, y al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante el Oficio N° 000045-2026-OPJ-CNPJ-CE-PJ, el jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 0004-2026-OPJ-CNPJ-CE-PJ, a través del cual se propuso, entre otros aspectos, que el Juzgado de Trabajo Transitorio de la provincia y Corte Superior de Justicia de Ica, cuya prórroga de funcionamiento vence el 28 de febrero de 2026, se convierta, a partir del 1 de marzo de 2026, en Juzgado Civil Mixto Transitorio de esa misma provincia y Corte Superior de Justicia con competencia funcional en las especialidades civil y laboral; y que el Juzgado de Familia Transitorio de la provincia de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, cuya prórroga de funcionamiento venció el 31 de enero de 2026, se prorrogue hasta el 28 de febrero de 2026 y se convierta y reubique, a partir del 1 de marzo de 2026, hacia la Corte Superior de Justicia de la Selva Central, como Juzgado Civil Transitorio del distrito y provincia de Chanchamayo. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 025-2026-CE-PJ de fecha 30 de enero de 2026, se dispuso, entre otros aspectos, prorrogar el funcionamiento del Juzgado de Familia Transitorio de la provincia de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque a partir del 1 de febrero hasta el 28 de febrero de 2026. Tercero. Que, mediante Resolución Corrida N° 000054-2026-CE-PJ de fecha 30 de enero de 2026, se dispuso remitir el Informe N° 000004-2026-OPJ-CNPJ- CE-PJ, elevado con Oficio N° 000045-2026-OPJ-CNPJ- CE-PJ, al jefe de la Oficina de Productividad Judicial, al Programa Presupuestal por Resultados 0067 - Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia, y al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, a fin de que informen detalladamente a este Órgano de Gobierno en la sesión del miércoles 4 de febrero de 2026, sobre las propuestas de conversión y/o reubicación señaladas en el primer considerando de la presente resolución administrativa, para la adopción de la decisión correspondiente. Cuarto. Que, de acuerdo a las exposiciones efectuadas por el jefe de la Oficina de Productividad Judicial, la responsable técnica del Programa Presupuestal por Resultados 0067 - Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia y el secretario técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, en cumplimiento a la Resolución Corrida N° 000054-2026-CE-PJ, este Órgano de Gobierno considera conveniente convertir el Juzgado de Trabajo Transitorio de la provincia y Corte Superior de Justicia de Ica, como Juzgado Civil Mixto Transitorio de la misma provincia y Corte Superior de Justicia, a fin de que apoye en la descarga procesal del 1°, 2° y 3° Juzgados Civiles Permanentes de la provincia de Ica y continúe apoyando al 3° Juzgado de Trabajo Permanente de esa misma provincia en la descarga procesal de los expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP); y, en relación a la propuesta de conversión y/o reubicación del Juzgado de Familia Transitorio de la provincia de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, considera necesario que el jefe de la Oficina de Productividad Judicial remita un informe proponiendo la reubicación de este juzgado transitorio hacia otra Corte Superior de Justicia que requiera del apoyo de un juzgado de familia transitorio. Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 144-2026 de la novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 4 de febrero de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Por unanimidad, Artículo Primero.- Convertir, a partir del 1 de marzo de 2026 hasta el 31 de julio de 2026, al Juzgado de Trabajo Transitorio de la provincia y Corte Superior de Justicia de Ica, como Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia y Corte Superior de Justicia, con turno cerrado y la misma competencia funcional y territorial que el 1°, 2°, 3° Juzgados Civiles Permanentes y del 3° Juzgado de Trabajo Permanente de la provincia y Corte Superior de Justicia de Ica.