Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2026 (22/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de julio de 2026 El Peruano / Designan fiscales adjuntos en fiscalías provinciales penales corporativas de Coronel Portillo, Distrito Fiscal de Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2168-2026-MP-FN Lima, 20 de julio de 2026 VISTOS: El ofi cio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, el o fi cio Nº 002900-2026-MP- FN-PJFSUCAYALI, de fecha 1 de julio de 2026, y el informe Nº 0471-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 20 de julio de 2026, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certi fi cada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 007-2025-SN/JNJ; por la cual se nombró al abogado Ronald Rubén Gómez Rivera, como fi scal adjunto provincial penal de Callería del distrito fi scal de Ucayali. Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Ronald Rubén Gómez Rivera en el cargo descrito en el párrafo que antecede. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1890-2021-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2021, se resolvió, entre otros, nombrar al abogado Ronald Rubén Gómez Rivera, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ucayali, laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1226-2026-MP-FN, de fecha 28 de abril de 2026, se resolvió nombrar a la abogada Cristina Moreno Pirca, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, con reserva de su plaza de origen, laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP- FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fi jó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fi scales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fi scal titular por la Junta Nacional de Justicia”. El Ministerio Público -en atención a sus funciones generales y especí fi cas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030- ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fi scal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal. En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse con fi gurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, y a lo expuesto por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali a través del o fi cio Nº 002900-2026-MP-FN- PJFSUCAYALI, de fecha 1 de julio de 2026, corresponde emitir el resolutivo, a fi n de designar al abogado Ronald Rubén Gómez Rivera en su condición de magistrado titular en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, para lo cual previamente se deberá dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, asimismo será necesario dar por concluida la designación de la abogada Cristina Moreno Pirca, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designado el fi scal titular. Por otro lado, teniendo en consideración la propuesta efectuada en el o fi cio antes citado suscrito por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, y con la fi nalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, se deberá designar a la abogada Cristina Moreno Pirca, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, la misma que se encuentra libre. Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0471-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 20 de julio de 2026, y lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Ronald Rubén Gómez Rivera, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, y su designación en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ucayali, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1890-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Cristina Moreno Pirca, fi scal adjunta