Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2026 (22/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de julio de 2026 El Peruano / (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”. El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y especí fi cas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en bene fi cio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fi scal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal. De la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de una (1) plaza de fi scal provincial —pendiente de ocupar— en la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao. En ese sentido, en virtud de la facultad conferida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, y estando a lo señalado a través del o fi cio de vistos, se estima pertinente emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Roger Armas Sánchez, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal provincial en la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao y, por necesidad de servicio, destacarlo a la Segunda Fiscalía Suprema Penal, para lo cual previamente se deberán dar por concluidos su nombramiento, designación y destaque señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0439-2026-MP- FN-OREF-MYGL, de fecha 14 de julio de 2026. De conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Roger Armas Sánchez, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Pool de Fiscales Transitorios de Lima del Distrito Fiscal de Lima Centro, así como su destaque a la Segunda Fiscalía Suprema Penal, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN, 3651-2025-MP-FN y 3857-2025-MP- FN, de fechas 30 de diciembre de 2024, 1 y 30 de diciembre de 2025, respectivamente. Artículo Segundo .- Nombrar al abogado Roger Armas Sánchez, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándolo en la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao; asimismo, destacarlo a la Segunda Fiscalía Suprema Penal, por necesidad de servicio, a partir de la fecha de juramentación hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento al abogado Roger Armas Sánchez que, de ser el caso, deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Segunda Fiscalía Suprema Penal, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Callao y Lima Centro, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, Ofi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2537218-7Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2164-2026-MP-FN Lima, 20 de julio del 2026 VISTOS: Los o fi cios Nºs. 001986 y 002086-2026-MP-FN-CN- FEVCMYGF, e informe Nº 0464-2026-MP-FN-OREF-MYGL, y; CONSIDERANDO: Mediante los o fi cios de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho (Zona Baja); asimismo, se remite documentación complementaria de los abogados propuestos. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Gianfranco Giovanni Sayco Gálvez, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho (Zona Baja); en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0464-2026-MP- FN-OREF-MYGL, de fecha 17 de julio de 2026. Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente —con carácter transitorio— corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 131-2019-MP-FN-JFS, de fecha 27 de diciembre de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 064-2025-MP-FN- JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar al abogado Gianfranco Giovanni Sayco Gálvez, como fi scal adjunto provincial