Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2026 (04/11/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de noviembre de 2026 El Peruano / Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario; y dicta otras disposiciones, se modi fi có el artículo 1 y el Anexo del referido Decreto Supremo Nº 011-2020-MINEDU, incorporando diecisiete (17) proyectos de inversión de Instituciones Educativas a su Cartera de Inversiones, haciendo un total de noventa y dos (92) proyectos de inversión de Instituciones Educativas ubicadas en diecisiete (17) departamentos y la Provincia Constitucional del Callao, cuyo detalle se encuentra identi fi cado en el Anexo que forma parte integrante del mencionado Decreto Supremo; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 013-2025-MINEDU se modi fi có la denominación o fi cial y los artículos 1 y 2 del citado Decreto Supremo N° 011-2021-MINEDU, a fi n de adecuar el número de inversiones a cargo del PEIP EB, haciendo un total de noventa y dos (92) proyectos de inversión de Instituciones Educativas ubicadas en diecisiete (17) departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; Que, el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establece en su artículo 1 que el referido Sistema se crea con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; y en el literal d) de su artículo 3 prevé como uno de sus principios rectores la e fi cacia, en virtud del cual la gestión de las inversiones debe cumplir con las metas y objetivos en las fases del Ciclo de Inversión, garantizando el cierre de brechas de infraestructura o acceso a servicios, con los recursos disponibles en la oportunidad requerida; Que, el artículo 29 de la Ley N° 32732, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de inversiones públicas orientadas al cierre de brechas, la continuidad de los servicios del Estado y garantizar la transición democrática; y dicta otras medidas, dispuso que los proyectos de inversión contenidos en el Anexo a que hace referencia el artículo 1 del Decreto Supremo 011-2020-MINEDU, a cargo del Ministerio de Educación, se fi nancian hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos autorizados a favor del Ministerio de Educación en el artículo 3 de la citada ley; Que, con el O fi cio N° 000622-2026-MINEDU/VMGI/ PEIP-EB/DIEJE, la Dirección Ejecutiva del PEIP EB remite al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación el Informe Técnico N° 03884-2026-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/DIEJE-DIE y los Informes N° 00098-2026-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/ DIEJE-DGP, N° 00404-2026-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/ DIEJE-OPP y N° 00200-2026-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/DIEJE-OAJ, que proponen la modi fi cación del Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, por cuanto se detalla que existen dos circunstancias objetivas, concurrentes y estructurales que di fi cultan e impiden que el PEIP EB pueda cumplir, dentro de su actual periodo de vigencia y bajo las condiciones presupuestales existentes, con la ejecución de las diecisiete (17) inversiones incorporadas a su Cartera de Inversiones mediante el Decreto Supremo N° 013-2025-MINEDU. La primera está relacionada con el factor temporal e institucional, mientras que la segunda corresponde a la sostenibilidad y disponibilidad de los recursos presupuestales necesarios para fi nanciar su ejecución; Que, mediante el O fi cio N° 1688-2026-MINEDU/VMGI- DIGEIE, la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE) del Ministerio de Educación remite al Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED) el Informe N° 1005-2026-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN, en el cual se opina sobre la incidencia de la ejecución de los 17 proyectos incorporados en el año 2025 a la cartera de inversiones del PEIP EB; Que, a través del O fi cio N° 001464-2026-MINEDU- VMGI-PRONIED-DE, el Director Ejecutivo del PRONIED informa al Viceministerio de Gestión Institucional que cuenta con la capacidad técnica para asumir la responsabilidad de ejecutar los 17 proyectos incorporados en el año 2025 a la cartera de inversiones del PEIP EB, ello con la fi nalidad de proseguir con los trámites para la modi fi cación del Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU; Que, mediante el O fi cio Nº 02054-2026-MINEDU/ SPE-OPEP, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto (OPEP) del Ministerio de Educación remite el Informe N° 01732-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto (UPP) y el O fi cio N° 00282-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones (UPI), mediante los cuales se comunican los resultados de la evaluación realizada a los sustentos técnicos y legales remitidos por el PEIP EB y se señala que corresponde contar con las opiniones previas de la Dirección de Programación Multianual y Gestión de las Inversiones (DGPMI) y la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); Que, a través del O fi cio N° 0080-2026-EF/63.06, que adjunta el Informe N° 0327-2026-EF/63.06, el MEF concluye que desde el ámbito de competencias de la DGPMI no se formulan observaciones, y, asimismo, la DGPP, desde el ámbito estrictamente presupuestario, no formula observación a la propuesta normativa de modi fi cación al Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, para la exclusión de las inversiones incorporadas con el Decreto Supremo N° 013-2025-MINEDU; Que, a través del O fi cio N° 00764-2026-MINEDU/ VMGI/PEIP-EB/DIEJE, la Dirección Ejecutiva del PEIP EB remite información complementaria que sustenta la modi fi cación del artículo 1 y del Anexo del Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, a fi n de precisar el alcance de la Cartera de Inversiones del PEIP EB; asimismo, solicita y sustenta la modi fi cación del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 011-2021-MINEDU que declara de interés nacional la contratación del servicio de asistencia técnica especializada en la ejecución de setenta y cinco (75) proyectos de inversión que conforman la cartera de inversiones del PEIP EB, y autoriza la contratación de Estado a Estado; Que, la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) emite dictamen favorable a la aplicación de excepción al AIR Ex Ante declarando la improcedencia de su aplicación al Reglamento en virtud de la exclusión establecida en el literal e) del numeral 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, por lo que la presente norma se considera excluida del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Decreto de Urgencia Nº 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el Modelo de Ejecución de Inversiones Públicas a través de Proyectos Especiales de Inversión Pública, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 119-2020-EF; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1.- Objeto y fi nalidad 1.1 El presente Decreto Supremo tiene por objeto modi fi car el artículo 1 y el Anexo del Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, Decreto Supremo que crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario; y dicta otras disposiciones. 1.2 La fi nalidad del presente Decreto Supremo es excluir 17 proyectos de inversión que fueron incorporados a la cartera de inversiones del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario a través del Decreto Supremo N° 013-2025-MINEDU. Artículo 2.- Modi fi cación del artículo 1 del Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, Decreto Supremo que crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario; y dicta otras disposiciones Se modi fi ca el artículo 1 del Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, Decreto Supremo que crea