Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2026 (04/11/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de noviembre de 2026 El Peruano / las experiencias adquiridas contribuirán a optimizar los procedimientos técnicos de procesamiento y análisis de información geodésica, fortalecer las capacidades operativas del Centro de Procesamiento SIRGAS Perú y coadyuvar al mantenimiento, actualización y con fi abilidad de la Red Geodésica Geocéntrica Nacional (REGGEN) y la Red Geodésica Peruana de Monitoreo Continuo (REGPMOC), así como promover la cooperación técnica entre los países de las Américas; Que, conforme a la Hoja de Gastos, el Instituto Geográ fi co Nacional señala que asumirá los gastos por pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 332: Instituto Geográ fi co Nacional, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, a través del O fi cio N° 02612-2026-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 692-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 02038-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente EP CARLOS GUERRA FLORES, para participar en la 9.a Escuela SIRGAS sobre “Sistemas y Marcos de Referencia”, a llevarse a cabo en la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República, ubicada en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 9 al 13 de noviembre de 2026; así como autorizar su salida del país el 8 de noviembre y su retorno el 14 de noviembre de 2026. Artículo 2.- El Instituto Geográ fi co Nacional efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo con los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima -Montevideo (República Oriental del Uruguay) - Lima Clase económicaUS$ 807.29 x 1 persona US$ 807.29 Viáticos: US$ 370.00 x 5 días x 1 persona US$ 1,850.00 Total a pagar en dólares americanos: US$ 2,657.29 Artículo 3.- El Jefe del Instituto Geográ fi co Nacional queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal autorizado para realizar la comisión de servicio que se detalla en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA Ministro de Defensa 2571262-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Autorizan ingreso al país de ciento nueve mil doscientos (109,200) plantas de arándano de origen y procedencia de la República de Chile, que se realizará durante el mes de noviembre de 2026 y bajo la responsabilidad de la empresa Los Olivos de Villacuri S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000041-2026- MIDAGRI-SENASA-DSV La Molina, 26 de octubre del 2026VISTO: El INFORME N° D000148-2026-MIDAGRI-SENASA- DSV-SCV de fecha 12 de octubre de 2026, emitido por la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 12 de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1059, dispone que el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos bené fi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el artículo 21 del Reglamento de Cuarentena Vegetal, aprobado por el Decreto Supremo N° 032- 2003-AG, establece que el material sujeto a cuarentena posentrada solo podrá ingresar al país por el Puerto y Aeropuerto del Callao, Aduana Postal de Lima y otros que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) autorice mediante Resolución del órgano de línea competente; Que, mediante solicitud N° 2026-OV-006 de fecha 28 de septiembre de 2026, la empresa Los Olivos de Villacuri S.A.C., con Registro Único de Contribuyente N° 20602872760, solicita autorización para importar, vía terrestre, ciento nueve mil doscientos (109,200) plantas de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen y procedencia de la República de Chile a través del Complejo Fronterizo Santa Rosa ubicado en el departamento de Tacna de la República del Perú, que se realizará durante el mes de noviembre de 2026, desde los viveros situados en la República de Chile hasta el lugar de producción denominado “CHINCHA-LOV-ARÁNDANOS” ubicado en el distrito de Chincha Baja, provincia de