Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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28 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de noviembre de 2026 El Peruano / CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PRODUCTO 3000388 : Evaluación de los aprendizajes y de la calidad educativa ACTIVIDAD 5000252 : Evaluación muestral nacionalFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 3 093 899,00 ========== TOTAL EGRESOS 3 093 899,00 ========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 528 : U.N. de Educación Enrique Guzmán y Valle UNIDAD EJECUTORA 001 : Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0066 : Formación universitaria de pregrado PRODUCTO 3000797 : Infraestructura y equipamiento adecuados ACTIVIDAD 5006047 : Mantenimiento y operación de la infraestructura y equipamiento FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 080 000,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no financieros 400 000,00 PROYECTO 2720976 : Reparación de aula, laboratorio y ambiente complementario; en el (la) escuela profesional de educación inicial y escuela profesional de psicopedagogía infantil de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle Distrito de Lurigancho, Provincia Lima, Departamento Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no financieros 613 899,00 ========== TOTAL EGRESOS 3 093 899,00 ========== Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil veintiséis. KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI Presidenta de la República ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 2571425-4 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor del Centro Vacacional Huampaní DECRETO SUPREMO Nº 243-2026-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32618, Ley que modi fi ca la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, para incorporar en sus alcances a los profesores de las instituciones educativas de educación básica y de educación técnico-productiva de los establecimientos penitenciarios y universidades públicas, autoriza, durante el Año Fiscal 2026, al Ministerio de Educación a efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático y modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades de su sector, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa, según corresponda, para el fi nanciamiento de los gastos vinculados con la política remunerativa de los docentes, de estudios e inversiones del sector educación, la oferta y la gestión educativa, y los gastos para la operatividad y funcionamiento institucional; incluyendo las intervenciones en favor de los locales de instituciones educativas públicas que presentan riesgos para su funcionamiento, que se realizan de manera directa o a través de depósitos en la cuenta de sus representantes, así como para el servicio de conectividad. Para tal efecto, el Ministerio de Educación, sujeto a su disponibilidad presupuestal, queda exonerado de lo dispuesto por los numerales 9.1, 9.2 y 9.4 del artículo 9, el artículo 11 y el artículo 34 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, así como de los incisos 3 y 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último; Que, mediante el O fi cio Nº 02190-2026-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 3 135 393,00 (TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) a favor del Centro Vacacional Huampaní, para fi nanciar los gastos destinados a su operatividad y funcionamiento institucional, que implica brindar los servicios de alojamiento, alimentación y otros al Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú - Colegio de Alto Rendimiento de Lima (COAR Lima), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio