Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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9 NORMAS LEGALES Martes 6 de octubre de 2026 El Peruano / Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 0702-2026-IN del 25 de mayo de 2026, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el Artículo 118° literal b) del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través de los informes de visto, la Dirección de Autoridades Políticas propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la designación de distintas autoridades políticas a nivel nacional; de conformidad a lo establecido en el Artículo 121° literal g) del precitado Reglamento; Que, de acuerdo a lo informado por la O fi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, la propuesta presentada por la Dirección de Autoridades Políticas cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Per fi l de Puestos, aprobado mediante la Resolución de Secretaría General N° 0132-2025-IN-SG y actualizaciones, que contiene el Anexo N° 01 “Formato del per fi l de puestos bajo el régimen del Servicio Civil; Que, la propuesta efectuada ha seguido con los lineamientos establecidos por la Directiva N° 009-2024-IN-VOI-DGIN “Directiva para la designación, remoción, aceptación de renuncia y encargatura de puesto y funciones de las autoridades políticas a nivel nacional” y su modi fi catoria aprobada mediante Resolución Ministerial N° 1295-2026-IN del 01 de septiembre de 2026; Que, al inicio y cese de su gestión, las autoridades políticas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 0702-2026-IN; el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Resolución Ministerial N° 0771-2024-IN del 11 de junio de 2024, que aprueba la Directiva N° 009-2024-IN-VOI-DGIN; y la Resolución Ministerial N° 1295-2026-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar en el cargo de Subprefectos(as) Distritales a los siguientes ciudadanos: N° NOMBRES APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO DNI DISTRITO PROVINCIA REGIÓN 1. OTILIA PATRICIA ARROYO MARTEL 30563472 APLAO CASTILLA AREQUIPA 2. DORIS VIRGINIA MINAYA MENDOZA 15681882 PARAMONGA BARRANCA LIMA 3. EVA KARINA PADILLA SOTO 43621803 RICARDO PALMA HUAROCHIRI LIMA 4. NELLY ARIANE ROSASFARRO DE CORRALES07752790 MAGDALENA DEL MAR LIMA ---------- Artículo 2.- Las autoridades políticas designadas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR AUGUSTO QUINO CELI Director GeneralDirección General de Gobierno InteriorMinisterio del Interior 2561816-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES