Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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17 NORMAS LEGALES Martes 6 de octubre de 2026 El Peruano / tres niveles de gobierno”, aprobados por la Resolución Ministerial Nº 320-2021-PCM, y/o sus modi fi catorias, y demás normatividad vigente sobre la materia. e) Aprobar, suscribir y presentar la rendición de cuentas que comprende los Estados Financieros e Información Presupuestaria, de conformidad con lo previsto en el numeral 4.3.1. del Instructivo Nº 0003-2026-EF/51.01 aprobado por Resolución Directoral Nº 0008-2026-EF/51.01, y/o sus modi fi catorias, y demás normatividad vigente sobre la materia. f) Designar y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios Institucionales de la entidad. g) Suscribir los requerimientos y/o solicitudes de bienes, servicios, viáticos y pasajes, en los cuales el área usuaria sea la Secretaría General del Despacho Presidencial; así como, fi rmar las autorizaciones y/o conformidades generadas como consecuencia de los requerimientos y/o solicitudes en mención. 2.2. En materia de Contrataciones del Estado:a) Aprobar los procesos de estandarización cumpliendo con las formalidades y requisitos exigidos por la normativa correspondiente. b) Aprobar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de Acuerdo Conciliatorio, previa emisión del informe técnico y legal correspondiente. 2.3. En materia de Recursos Humanosa) Aprobar, modi fi car o dejar sin efecto, la designación de la Representación Empleadora ante las Comisiones Negociadoras encargadas de conducir los procesos de negociación colectiva a nivel descentralizado, quienes tendrán las facultades para participar en la negociación y conciliación, practicar todos los actos procesales propios de estas, suscribir cualquier acuerdo y llegado el caso, la Convención Colectiva de Trabajo; de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal y sus Lineamientos aprobados por Decreto Supremo Nº 008-2022-PCM. b) Designar, a propuesta de la O fi cina de Recursos Humanos, al árbitro por parte de la Entidad en los procesos de arbitraje potestativo, a solicitud de los gremios sindicales, derivados de los procesos de negociación colectiva. c) Autorizar y convocar los procesos de contratación por suplencia bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1057, su Reglamento, normas complementarias y las directivas emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, sobre la materia. d) Emitir actos resolutivos para el encargo de funciones y puestos de la estructura orgánica de la entidad. 2.4. En materia presupuestaria:a) Autorizar modi fi caciones de metas presupuestarias y/o habilitaciones presupuestarias que correspondan a la Secretaría General del Despacho Presidencial, así como todo acto relacionado a su ejecución presupuestal. b) Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a propuesta de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Entidad, de acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 3.- Delegación de facultades al Secretario de la Casa Militar DELEGAR las siguientes facultades y atribuciones de la Secretaria General del Despacho Presidencial al Secretario de la Casa Militar: a) Aprobar, modi fi car y dejar sin efecto los protocolos en materia de seguridad, así como el “Plan de Seguridad de la Casa de Gobierno, la Presidencia de la República, Locales Conexos y Actividades Nacionales e Internacionales” o documento que lo sustituya.Artículo 4.- Delegación de facultades al Jefe de la Ofi cina General de Administración DELEGAR las siguientes facultades y atribuciones de la Secretaria General del Despacho Presidencial al Jefe de la O fi cina General de Administración: 4.1 En materia de Contratación Pública en el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento: a) Suscribir adendas de los contratos derivados de los procedimientos de selección regulados por la normativa de contrataciones del Estado. b) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y la reducción de prestaciones de bienes y servicios, hasta por el máximo permitido por la normatividad de contrataciones del Estado. c) Emitir pronunciamiento sobre las solicitudes de ampliación de plazo de contratos de bienes y servicios derivados de los procedimientos de selección. d) Resolver los contratos por las causales reguladas en la normativa sobre contrataciones del Estado, así como efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha fi nalidad. e) Designar el árbitro por parte de la Entidad en caso las partes no se hayan sometido a un arbitraje institucional o no hayan pactado al respecto. f) Suscribir en representación del Despacho Presidencial, las solicitudes de aplicación de sanción ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. g) Aprobar el pago de mayores y menores gastos generales variables y costos derivados de ampliaciones de plazo, previo informe técnico de la Dependencia Encargada de las Contrataciones. h) Aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que no impliquen la variación del precio, de conformidad con la normatividad de contrataciones del Estado. i) Emitir pronunciamiento sobre las solicitudes de ampliación de plazo en las contrataciones de bienes y servicios derivadas del Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco cuyos montos sean mayores a ocho (8) UIT. j) Resolver el contrato materializado en la orden de compra y/u orden de servicio en las contrataciones derivadas del Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco cuyos montos sean mayores a ocho (8) UIT. 4.2 En materia administrativa y de gestión:a) Efectuar todas las acciones y/o trámites conducentes a aprobar la aceptación de donaciones de bienes muebles que se encuentren dentro del territorio nacional y proveniente del extranjero; así como para la aceptación de la donación de predios y/o bienes inmuebles privados. b) Efectuar todas las acciones y/o trámites conducentes a aprobar la afectación en uso de bienes muebles patrimoniales y de bienes inmuebles; así como suscribir la solicitud de afectación en uso de bienes muebles patrimoniales correspondientes. c) Efectuar todas las acciones y/ o trámites conducentes al otorgamiento de la transferencia de bienes muebles patrimoniales. d) Realizar todas las acciones y/o actividades conducentes al otorgamiento de comodato de bienes a favor del Despacho Presidencial. e) Realizar, en representación del Despacho Presidencial, todo tipo de solicitudes, actos y trámites ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP destinados a inscribir, oponerse a la inscripción o, en general, cualquier actuación destinada al registro de derechos reales del Despacho Presidencial sobre bienes muebles, inmuebles o cualquier otro derecho o acto susceptible de inscripción; incluyendo la modi fi cación y recti fi cación de partidas registrales, presentar desistimientos, entre otros. f) Actuar en representación del Despacho Presidencial ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT para ejercer las gestiones, autorizar los asuntos en temas tributarios y aduaneros; y, suscribir documentos ante la citada entidad.