Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (06/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 6 de octubre de 2026 El Peruano / Que, el artículo 7 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado por Resolución de Secretaría General Nº 000077-2026-DP/SGDP (Texto Integrado del ROF), establece que la Secretaría General del Despacho Presidencial es el órgano de la Alta Dirección responsable de conducir la asistencia técnica y administrativa al Presidente de la República y a los Vicepresidentes de la República. Es el responsable de gestionar las acciones de coordinación con las entidades públicas nacionales e internacionales, organizaciones y sectores representativos de la ciudadanía; Que, de conformidad con el literal o) del artículo 8 del citado Texto Integrado del ROF, el Secretario General se encuentra facultado para delegar en el Gerente General o en otros funcionarios del Despacho Presidencial las facultades o atribuciones que no sean privativas de su función, dentro de las competencias del Despacho Presidencial; Que, mediante Resolución Nº 000078-2026-DP/ SGDP, se aprobó el Cuadro de Equivalencias de las unidades de organización del Despacho Presidencial, contempladas en la Sección Primera y en la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial; en virtud de dicha norma, entre otros, la entonces Subsecretaría General es equivalente a la Gerencia General; así como la entonces Ofi cina General de Recursos Humanos es equivalente a la Ofi cina de Recursos Humanos; la entonces Secretaría de Seguridad de la Casa de Gobierno es equivalente a Casa Militar; la entonces O fi cina de Abastecimiento es equivalente a la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Generales; Que, el numeral 67.1 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, en mérito de dicha norma la autoridad administrativa de manera discrecional puede delegar facultades, con la fi nalidad de optimizar la gestión, procurando asegurar una actuación oportuna y e fi ciente de los servicios y fi nes que brinda; siendo así tenemos, algunas de las normas especiales que permite la delegación de facultades, como: – El numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas señala que faculta al titular de la entidad y la autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la presente ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 066-2025-EF. – El numeral 3 del párrafo 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Contabilidad, establece como obligación del titular de la entidad suscribir y/o presentar, por medio digital, la rendición de cuentas, precisando que dicha función puede ser delegada en la máxima autoridad administrativa o quien haga sus veces. Que, en tal sentido, resulta necesario efectuar diversas delegaciones de facultades en materia de inversión pública y administrativa a favor de diversos órganos y unidades orgánicas del Despacho Presidencial, a fi n de optimizar su adecuado funcionamiento, procurando asegurar una efi ciente gestión en el presente ejercicio fi scal; Que, con el Informe Nº 000601-2026-DP/OGA-OCF, la O fi cina Contabilidad y Finanzas sustenta ante la Ofi cina General de Administración, la necesidad de que la Gerencia General, en su condición de máxima autoridad administrativa, pueda contar con la facultad delegada para la suscripción y/o presentación de los Estados Financieros del Despacho Presidencial; Que, asimismo, con el Informe Técnico Nº 000001- 2026-DP/OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, considera viable la actualización de la Resolución Nº 000008-2026-DP/ SGDP, acorde con la estructura orgánica vigente del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial; Que, con el Informe Legal de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal indicando que la Secretaría General del Despacho Presidencial se encuentra legalmente facultada para delegar determinadas atribuciones y facultades a los órganos y unidades orgánicas del Despacho Presidencial, siempre que dichas atribuciones no sean privativas de su función ni se encuentren expresamente prohibidas por la normativa vigente; además, la propuesta de delegación de facultades y atribuciones se ajusta a lo dispuesto en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, a lo previsto en el TUO de la Ley Nº 27444; por consiguiente, corresponde dejar sin efecto las funciones delegadas mediante Resolución Nº 000008-2026-DP/SGDP; Con los vistos de la Gerencia General, Casa Miliar, Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, O fi cina General de Administración, Ofi cina de Recursos Humanos, O fi cina de Abastecimiento y Servicios Generales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1438, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2022-EF; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS; y la Resolución Nº 000077-2026-DP/SGDP que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial. SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 000008-2026- DP/SGDP, que dispuso la delegación de facultades y atribuciones de la Secretaria General del Despacho Presidencial. Artículo 2.- Delegación de facultades al Gerente General DELEGAR las siguientes facultades y atribuciones de la Secretaria General del Despacho Presidencial al Gerente General: 2.1. En materia de Gestión Administrativa:a) Suscribir, en representación del Despacho Presidencial, convenios marco y especí fi cos, nacionales e internacionales de asistencia, cooperación mutua, colaboración interinstitucional, así como sus respectivas adendas, sean modi fi catorias o resolutorias, que correspondan o coadyuven en la gestión administrativa interna de la Entidad, en el marco de la normatividad vigente, salvo aquellos que por disposición legal expresa deban ser suscritos por un órgano o funcionario determinado. b) Representar al Despacho Presidencial ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas, en las que se requiera iniciar, y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, interponer recursos administrativos de impugnación, queja por defecto de tramitación, recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas. c) Designar a los responsables titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora: Despacho Presidencial (001061). d) Aprobar y autorizar, las acciones correspondientes para la Gestión de la Continuidad Operativa, de conformidad con los “Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los