Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 53
53 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2026 El Peruano / Artículo 5.- De fi niciones Para efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento se consideran las de fi niciones siguientes: 5.1. Actos Administrativos o actuaciones administrativas: Son aquellos emitidos en el marco de lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del MINSA. 5.2. Acuse de recibo: Es el procedimiento que registra la recepción y la validación de la noti fi cación electrónica recibida en la casilla electrónica, de modo tal que se impide rechazar el envío y da certeza al MINSA que el envío y la recepción han tenido lugar en una fecha y hora determinada a través del sello de tiempo electrónico. 5.3. Bandeja electrónica: Es el menú que permite visualizar los registros y documentos emitidos y recibidos por el usuario de la casilla electrónica. Este menú puede ser exportado en un archivo de lectura de forma diaria, semanal o mensual. 5.4. Casilla electrónica: Es el buzón electrónico asignado al usuario, creado en el Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA. Constituye un domicilio digital obligatorio, cuyo otorgamiento y uso son gratuitos. Solo existe una casilla electrónica por usuario. 5.5. Constancia de acuse de recibo: Es la constancia automatizada generada por el Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA cuando el usuario accede a la notifi cación electrónica enviada a la casilla electrónica, confi rmando de esta forma la recepción de la misma. 5.6. Constancia de noti fi cación electrónica: Es la constancia automatizada generada por el Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA cuando se haya depositado una noti fi cación en la casilla electrónica. 5.7. Contraseña: Es el texto conformado por caracteres alfanuméricos, de conocimiento exclusivo del usuario, que otorga identi fi cación y privacidad en el acceso a la casilla electrónica. 5.8. Correo electrónico personal: Es aquel consignado por el usuario, habilitado para recibir mensajes a efectos de activar la cuenta creada en el Sistema de Notifi cación Electrónica. 5.9. Domicilio digital: Es uno de los atributos de la identidad digital que se constituye en el domicilio habitual del usuario en el entorno digital, el cual permite al MINSA a efectuar noti fi caciones electrónicas. 5.10. Nombre de usuario: Texto conformado por caracteres que, en forma conjunta con la contraseña, permite identi fi car al usuario para acceder a la casilla electrónica a través del Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA. 5.11. Noti fi cación electrónica : Es la forma de comunicación a través de la cual el MINSA pone en conocimiento del usuario los actos administrativos y/o actuaciones administrativas que le corresponde realizar haciendo uso de la casilla electrónica. Tiene la misma validez y e fi cacia jurídica que las noti fi caciones realizadas por medios físicos. 5.12. Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA: Es el sistema informático que permite la transmisión y almacenamiento de la información de notifi caciones vía casilla electrónica, garantizando la con fi dencialidad, integridad y disponibilidad de las notifi caciones diligenciadas electrónicamente. 5.13. Usuario: Es cualquier persona natural o jurídica que como destinatario requiera ser noti fi cada con los actos administrativos y/o actuaciones administrativas emitidas por el MINSA, a quien se le otorga una casilla electrónica asignada en el Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA, y a la cual accede a través de un nombre de usuario y contraseña. Artículo 6.- Procedimiento del Sistema de Notifi cación Electrónica del MINSA La noti fi cación se inicia con el depósito de los actos administrativos y/o actuaciones administrativas a través del Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA, a los cuales el usuario accede previo registro mediante la opción “Crea tu cuenta”, consignando los datos requeridos, y brindando conformidad a los “Términos y Condiciones”. Artículo 7.- Obligatoriedad y exclusividad del uso de la casilla electrónica Todo usuario que se registre en el Sistema de Notifi cación Electrónica del MINSA accede a una casilla electrónica, la cual es única a nivel nacional. La casilla electrónica es de carácter exclusivo, gratuito y obligatorio; además, constituye un domicilio digital obligatorio, a través del cual el MINSA noti fi ca sus actos administrativos y/o actuaciones administrativas. Artículo 8.- Obligaciones de los usuarios y del MINSA 8.1. Son obligaciones de los usuarios:a) Cumplir los “Términos y Condiciones” de uso de la casilla electrónica establecidos por el MINSA. b) Cambiar la contraseña que se le fue otorgada de manera automática y aleatoria por el Sistema de Notifi cación Electrónica del MINSA. c) Mantener la con fi dencialidad y adoptar las medidas de seguridad respecto al nombre del usuario y a la contraseña, para prevenir el uso indebido de la casilla electrónica, asumiendo toda responsabilidad por ello. d) Revisar periódicamente la casilla electrónica.e) Atender las alertas sobre el depósito de notifi caciones, enviadas vía correo electrónico personal y vía mensaje de texto (SMS) al teléfono celular registrados. f) Actualizar los datos requeridos en el Sistema de Notifi cación Electrónica del MINSA, cuando corresponda. 8.2. Son obligaciones del MINSA: a) Mantener operativo el Sistema de Noti fi cación Electrónica. b) Crear y asignar la casilla electrónica solicitada por el usuario. c) Proporcionar soporte, asistencia técnica y absolución de consultas al usuario. d) Informar en tiempo real, vía sede digital del MINSA, cualquier interrupción en el funcionamiento del Sistema de Noti fi cación Electrónica, precisando la fecha, hora y duración de la falla. Dicho comunicado es emitido por la Ofi cina General de Tecnologías de la Información. e) Noti fi car actos administrativos y/o actuaciones administrativas. TÍTULO II IMPLEMENTACIÓN Y ACCESO AL SISTEMA DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DEL MINSA Artículo 9.- Registro de solicitud de asignación de casilla electrónica 9.1. Toda persona natural o jurídica puede solicitar, a través del Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA, la asignación de una casilla electrónica. 9.2. Tratándose de “Personas Naturales” se procede de la siguiente forma: a) Seleccionar la opción “Persona Natural”. b) Digitar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI), el código de veri fi cación y fecha de emisión, validándose la información de manera automática, o en su defecto, el número de Carnet de Extranjería (CE).