Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (23/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2026 El Peruano / c) Llenar el formulario con apellido paterno, apellido materno y nombre(s). d) Consignar número de celular, ubigeo, dirección, correo electrónico, entre otros. e) Aceptar los “Términos y Condiciones”. 9.3. Tratándose de “Personas Jurídicas” se procede de la siguiente forma: a) Seleccionar la opción “Persona Jurídica”. b) Digitar el número de Registro Único de Contribuyente (RUC). c) Llenar el formulario con la razón social, domicilio fi scal, ubigeo y número de partida donde consta inscrita la persona jurídica. d) Consignar nombre completo, número de celular, correo electrónico, partida y asiento registral del representante legal de la persona jurídica. e) Aceptar los “Términos y Condiciones”. Artículo 10.- Acceso y autenticación a la casilla electrónica 10.1. El Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA remite al correo electrónico personal del usuario un mensaje de validación y aprobación de la casilla electrónica. 10.2. El usuario una vez que acceda al Sistema de Notifi cación Electrónica del MINSA debe generar una nueva contraseña. 10.3. Solo se genera una casilla electrónica por persona natural o jurídica, en virtud del número de Documento Nacional de Identidad (DNI), Carné de Extranjería (CE) o Registro Único de Contribuyente (RUC). De forma excepcional, el número de partida registral. TÍTULO III FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA DEL MINSA Artículo 11.- Contenido de la noti fi cación vía casilla electrónica 11.1. La noti fi cación vía casilla electrónica contiene lo dispuesto en el numeral 24.1 del artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, o el que haga sus veces, según detalle: a) El texto íntegro del acto administrativo y/o la actuación administrativa, incluyendo su motivación. b) La identi fi cación del procedimiento dentro del cual ha sido dispuesta. c) La entidad de la administración pública o autoridad de la cual procede el acto administrativo y/o actuación administrativa y su dirección. d) La fecha de vigencia del acto administrativo y/o actuación administrativa noti fi cada y la mención que agota la vía administrativa, en caso que se con fi gure este supuesto. e) Cuando se trate de una noti fi cación dirigida a terceros, se agrega, además, cualquier otra información que pueda ser importante para proteger los intereses y derechos de este. f) La expresión de los recursos que proceden, el órgano ante el cual deben presentarse los recursos y el plazo para interponerlos. 11.2. La noti fi cación vía casilla electrónica genera una Constancia de noti fi cación electrónica y una Constancia de acuse de recibo, que contienen: g) El logo institucional del MINSA. h) Nombre de la unidad de organización emisora del acto administrativo y/o actuación administrativa. i) Nombre, tipo y número de identi fi cación del usuario. j) Fecha y hora de la noti fi cación. Artículo 12.- Validez y e fi cacia de la noti fi cación vía casilla electrónica 12.1. La noti fi cación obligatoria vía casilla electrónica rige a partir de la primera noti fi cación personal que se realiza al usuario por la que se le comunica la creación de dicha casilla electrónica, o cuando por alguna actuación administrativa de su parte se concluye en que accedió a esta. 12.2. El procedimiento de noti fi cación vía casilla electrónica se inicia con el depósito del acto administrativo y/o actuación administrativa en la casilla electrónica del usuario, lo que automáticamente genera las constancias contempladas en el numeral 11.2. del presente Reglamento conteniendo la con fi rmación de recepción de la noti fi cación por parte del usuario; asimismo, se envía la comunicación al correo electrónico y al teléfono celular del usuario con los datos de la noti fi cación válidamente efectuada. El usuario debe efectuar la con fi rmación de la recepción mediante el acuse de recibo durante los cinco (5) primeros días hábiles siguientes a la noti fi cación válidamente efectuada. 12.3. Transcurrido el plazo citado en el numeral 12.2. del presente Reglamento, sin que el usuario haya accedido a la noti fi cación enviada, esta cobra validez, surtiendo efectos a partir del día hábil siguiente. 12.4. La noti fi cación vía casilla electrónica por parte del MINSA se efectúa en días hábiles de lunes a viernes, desde las 8:30 hasta las 16:30 horas. Si la noti fi cación se efectúa fuera del referido horario, se considera noti fi cado en el día hábil siguiente a primera hora. 12.5. El cómputo del plazo expresado en días se inicia el día en que la noti fi cación vía casilla electrónica adquiere e fi cacia, salvo que en el acto administrativo y/o en la actuación administrativa noti fi cada señale una fecha posterior. Artículo 13.- Excepción de uso de la noti fi cación vía casilla electrónica 13.1. Excepcionalmente, cuando las circunstancias lo ameriten o cuando exista la interrupción del funcionamiento del Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA, se utilizan las otras modalidades de noti fi cación previstas en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, o el que haga sus veces. 13.2. Para el caso de aquellos usuarios que formen parte de poblaciones vulnerables o que no cuenten con acceso al servicio de internet, se utilizan las otras modalidades de noti fi cación señaladas en el numeral 13.1. del presente Reglamento. 13.3. El MINSA, a través de la O fi cina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano, o la que haga sus veces, adopta las acciones que correspondan para atender las situaciones descritas en el numeral precedente. Artículo 14.- Desactivación de la casilla electrónica 14.1. El MINSA puede desactivar las casillas electrónicas asignadas, por desuso, cuando el procedimiento administrativo o actuación administrativa haya quedado fi rme, o cuando no se haya efectuado ninguna noti fi cación, transcurrido el lapso de dos (02) años, contados en días calendario desde la última noti fi cación. 14.2. La desactivación de la casilla electrónica inhabilita al usuario a acceder a la misma, así como a los documentos allí depositados, sin perjuicio de solicitar copia de los mismos. 14.3. La desactivación de la casilla electrónica es comunicada al usuario vía correo electrónico personal y vía mensaje de texto (SMS) al teléfono celular registrados o a través de la publicación en la sede digital del MINSA. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Implementación progresiva para la asignación de la casilla electrónica La implementación de la casilla electrónica es progresiva y en un plazo máximo de noventa (90) días calendarios. SEGUNDA.- Interoperabilidad del Sistema de Notifi cación Electrónica del MINSA y el Sistema de Gestión Documental El Sistema de Noti fi cación Electrónica del MINSA es interoperable con el Sistema de Gestión Documental, en