Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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58 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2026 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 009-2022-MTC, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor CARLOS ALBERTO ANDRES LARREA CASTELLANO, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 25 al 27 de octubre de 2026, por ser de interés institucional, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.Artículo 2.- Los gastos que demanda el viaje autorizado en el artículo precedente, son cubiertos por la empresa SKY AIRLINE PERU S.A.C., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, abonados a la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, debe presentar al Titular de la Entidad un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE ANGELLO TANGHERLINI CASAL Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDO DEL 25 AL 27 DE OCTUBRE DE 2026 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0844-2026-MTC/12.04 Y Nº 0528-2026-MTC/12 ORDEN DE INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nº 2477-2026-MTC/12.04 25-Oct 27-Oct US$ 1,110.00SKY AIRLINE PERU S.A.C.CARLOS ALBERTO ANDRES LARREA CASTELLANOSANTIAGOREPÚBLICA DE CHILEChequeo de renovación como inspector designado del explotador (IDE) de simulador y avión en simulador de vuelo en el equipo A-320 a personal aeronáutico.0013061 y 0013062 2566979-1 Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Estados Unidos de América, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 597-2026-MTC/01.02 Lima, 21 de octubre de 2026 VISTOS: La Comunicación SAB/CAP/725/09/26 de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A. , el Informe N° 0514-2026-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y; CONSIDERANDO:Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias aprobadas por el Decreto Supremo N° 047-2022-PCM, por lo que los viajes se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano;Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de evaluar las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, mediante la Comunicación SAB/CAP/725/09/26, la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A. solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil la designación de un inspector para realizar el chequeo en vuelo bianual T/C (tripulante de cabina) en el equipo B-767 a su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos para el Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-011 “Evaluación práctica del personal aeronáutico” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2022-MTC; Que, asimismo, la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación del servicio señalado en el considerando precedente de acuerdo al TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración; conforme se aprecia de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; por lo que los costos del viaje en comisión de servicios,