Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (23/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2026 El Peruano / el marco de un proceso de simpli fi cación, integración y modernización de los Registros; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la e fi ciencia; por lo que, la gestión de las entidades del Estado debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y la mejora continua; Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, la Sunarp viene desarrollando un proceso de modernización integral con la fi nalidad de brindar servicios digitales seguros y sencillos que generen valor para el ciudadano; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL (PVN) es una Unidad Ejecutora del Pliego del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con autonomía técnica, administrativa y fi nanciera, creada mediante los Decretos Supremos Nº 033- 2002-MTC y Nº 014-2019-MTC, encargada de la gestión y control de las actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional; y que, a través de la Dirección de Derecho de Vía, es responsable de la liberación, adquisición y saneamiento físico-legal, encargándose, entre otros actos, de la independización de los terrenos para la Red Vial Nacional, acto jurídico susceptible de inscripción en los registros a cargo de la Sunarp; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL (PVN) es una unidad ejecutora del pliego del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con autonomía técnica, administrativa y fi nanciera, creada mediante los Decretos Supremos Nros. 033-2002-MTC y 014-2019-MTC. Tiene a su cargo la gestión y el control de las actividades y los recursos económicos destinados al mantenimiento y la seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional. Asimismo, a través de la Dirección de Derecho de Vía, es responsable de las acciones de liberación, adquisición y saneamiento físico-legal de los terrenos necesarios para dicha red, comprendiendo, entre otros actos, la independización de predios, susceptible de inscripción en los registros a cargo de la Sunarp; Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 120-2019-SUNARP/ SN, se aprobó la Directiva DI-002-SNR-DTR, denominada Directiva que regula el Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp para la generación, presentación, trámite e inscripción del título electrónico ante el Registro, la cual fue actualizada mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Nº 186-2023-SUNARP/SN. Dicha directiva establece el marco normativo general para la prestación del servicio de presentación electrónica de títulos al Registro, provenientes de notarios, personas naturales, personas jurídicas, entidades públicas y jueces, de conformidad con la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM; Que, el inciso b) del numeral 6.1 de la citada directiva establece, como requisito para la a fi liación de las entidades públicas al Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-Sunarp), la suscripción de un convenio de cooperación interinstitucional, a fi n de que, de corresponder, dichas entidades desarrollen en su entorno operativo los componentes informáticos necesarios para que sus funcionarios o servidores públicos competentes puedan generar y presentar títulos al Registro mediante fi rma digital, los cuales se vinculan con los sistemas registrales a través del servicio web correspondiente;Que, en ese marco, la Sunarp y PROVÍAS NACIONAL suscribieron, el 19 de junio de 2025, un convenio de cooperación interinstitucional cuyo objeto es permitir la presentación electrónica de títulos que contengan actos o derechos inscribibles en los registros a cargo de la Sunarp, emitidos por PROVÍAS NACIONAL mediante el empleo de la fi rma digital, de conformidad con el marco normativo vigente; Que, el uso de la fi rma digital no solo constituye una medida e fi caz para combatir la falsi fi cación documentaria, al prescindir del soporte papel en el procedimiento de inscripción registral, sino que también permite simpli fi car las actuaciones internas vinculadas al trámite de documentos. En ese sentido, los títulos presentados electrónicamente por el director ejecutivo de PROVÍAS NACIONAL o el funcionario competente, según corresponda, ingresan directamente a la carga laboral del registrador, con su respectivo asiento de presentación, lo que contribuye a optimizar el procedimiento registral en el marco del saneamiento de titularidades prediales para facilitar importantes proyectos de inversión pública en bene fi cio de los ciudadanos; Que, mediante el Informe Nº 307-2026-SUNARP/ DTR del 20 de octubre de 2026, la Dirección Técnica Registral comunica que la O fi cina de Tecnologías de la Información ha efectuado las adecuaciones correspondientes en el SID-Sunarp y que se han culminado satisfactoriamente las pruebas técnicas y funcionales necesarias para habilitar la presentación electrónica de resoluciones administrativas y de la documentación técnica de sustento para la inscripción de actos en el Registro de Predios. En una primera etapa, este servicio comprende la presentación de títulos que contengan el acto de independización de predios, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución Nº 097-2013-SUNARP/SN, y demás normas complementarias; Que, con el Memorándum Nº 1485-2026-SUNARP/ OTI del 21 de octubre de 2026, la O fi cina de Tecnologías de la Información informa que se han efectuado las pruebas integrales de presentación de títulos y reingresos juntamente con PROVIAS NACIONAL, lo cual ha sido validado por las áreas funcionales de ambas instituciones. Asimismo, se ha fi rmado un acta de conformidad donde se detalla todas las pruebas realizadas; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 1074-2026-SUNARP/OAJ, concluye que resulta viable legalmente emitir el acto resolutivo que autoriza la presentación electrónica, a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), de resoluciones administrativas y de la documentación técnica respectiva para la inscripción de actos en el Registro de Predios, suscritas con fi rma digital por el director ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL o por el funcionario competente, según corresponda, que comprende, en una primera etapa, los títulos que contengan el acto de independización de predios; Que, el numeral 8.3 de la Directiva DI-002-SNR- DTR (V 0.2), establece que mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos se aprueban los actos inscribibles a ser presentados electrónicamente y tramitados mediante el SID-Sunarp; asimismo, el numeral 8.4 precisa que dicha Resolución aprueba las funcionalidades técnicas vinculadas a los actos incorporados al SID-Sunarp y las o fi cinas registrales correspondientes, atribución que comprende la emisión de disposiciones internas que, regulen funcionalidades o amplíen módulos para la presentación electrónica de títulos provenientes de funcionarios públicos en virtud de la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional; De conformidad con lo establecido en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, actualizado con la Resolución Nº 125-2024-SUNARP/SN, y contando con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral, la O fi cina de Tecnologías de la Información y la O fi cina de Asesoría Jurídica;