Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (30/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 30 de octubre de 2026 El Peruano / el Componente 2: “Bosques naturales manejados sosteniblemente”, cuya Acción 2.2 es la “Adecuación e implementación de modelos tecnológicos que mejoren la efi ciencia en el aprovechamiento forestal”; y dentro de la cual se desarrolla la Actividad 2.2.3: “Fondo de Incentivos Forestales”, mediante la implementación del Programa de Incentivos Forestales en Bosques Naturales (PIF/ Bosques), mecanismo competitivo que otorga incentivos no reembolsables para co fi nanciar Planes de Negocio Forestal orientados al aprovechamiento sostenible e integral de los recursos maderables y no maderables de los bosques naturales, así como a la transformación, el valor agregado y el acceso a mercados, conforme a la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° D000011-2025- MIDAGRI-SERFOR-PKFW, que aprueba el Documento Equivalente en su Tercera y Cuarta consistencia total del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y Ampliación de la Producción Forestal Sostenible en Bosques Naturales en Cinco Departamentos”; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza, durante el Año Fiscal 2026, al SERFOR, a través del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, a otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos del Fondo Concursable del citado Programa, con cargo al presupuesto institucional del SERFOR, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento forestal en el país; precisando que, dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del Pliego SERFOR, previa suscripción de convenio y requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego; asimismo, se establece que la resolución del titular del Pliego se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, asimismo, la citada disposición normativa de la Ley precitada señala que el SERFOR es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos. Dichos recursos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autoriza su otorgamiento, según corresponda; Que, aunado a lo expuesto el artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público estable que, la certi fi cación del crédito presupuestario constituye un acto de administración cuya fi nalidad es garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible y libre de afectación para comprometer un gasto con carga al presupuesto institucional autorizado para el año fi scal respectivo, en función a la Programación de Compromisos Anuales y previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, resultando un requisito indispensable cada vez que se prevea realizar un gasto bajo responsabilidad del Titular del Pliego; asimismo, para el caso de ejecuciones contractuales o actos administrativos que superen el año fi scal, se establece que adicionalmente a la certi fi cación del año en curso se debe emitir y suscribir la previsión presupuestaria, la cual constituye un documento formal que garantiza la disponibilidad de los recursos su fi cientes para atender el pago de las obligaciones en los años fi scales subsiguientes en estricta consistencia con la Programación Multianual Presupuestaria; Que, por su parte, el subnumeral 6.2.3 del numeral 6.2 del Manual de Gestión del Programa de Incentivos Forestales del Proyecto de Inversión Bosques, cuya aprobación se formalizó mediante el artículo 1 de la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° D000028-2025-MIDAGRI-SERFOR-PKFW, establece que, una vez suscrito el convenio de adjudicación de incentivos, la Coordinación Ejecutiva del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú elevará al titular del SERFOR el documento fi rmado junto con los actuados que sustentan su suscripción, a fi n de solicitar la aprobación del primer desembolso de la subvención. hAsimismo, precisa que las subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego del SERFOR, previa suscripción del convenio de adjudicación e informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces; tras lo cual, una vez emitida dicha resolución, se formaliza el desembolso de los incentivos a las entidades solicitantes; Que, el numeral 7.7 del Manual de Gestión del Programa de Incentivos Forestales del Proyecto de Inversión Bosques y el numeral 5.2 de las Bases del Concurso 2026 del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y Ampliación de la Producción Forestal Sostenible en Bosques Naturales en Cinco Departamentos”, aprobada su formalización mediante el artículo 2 de la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° D000028-2025-MIDAGRI-SERFOR-PKFW, señalan que el primer desembolso requiere, entre otros, la suscripción del convenio de adjudicación, la aprobación de los documentos de gestión, la acreditación de la cuenta corriente, el depósito de la contrapartida monetaria correspondiente al primer hito, la garantía que resulte aplicable y la presentación de la solicitud de desembolso; asimismo, los desembolsos se sujetan al cronograma aprobado y a la veri fi cación de las condiciones correspondientes; Que, mediante Informe N° D000079-2026- MIDAGRI-SERFOR-PKFW la Coordinación Ejecutiva del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, sustenta la aprobación del otorgamiento de subvenciones hasta por la suma total de S/ 1´628,999.55 (Un millón seiscientos veintiocho mil novecientos noventa y nueve y 55/100 soles), a favor de cinco (05) Entidades Ejecutoras detalladas en el anexo de la presente resolución, que ejecutarán el Hito 1 de sus respectivos Planes de Negocio Forestal, en el marco del Concurso 2026 del Programa de Incentivos Forestales del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y Ampliación de la Producción Forestal Sostenible en Bosques Naturales en Cinco Departamentos”, con Código Único de Inversión N° 2455355, del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú. Cabe precisar que, mediante el Informe N° D001438-2026-MIDAGRI- SERFOR-KFW-PB del Jefe del Proyecto Bosques PI2 precisó que las citadas Entidades suscribieron sus respectivos convenios de adjudicación de incentivos al cumplir con los requerimientos establecidos en el Manual de Gestión y Bases del Concurso; Que, con Memorando N° D001144-2026-MIDAGRI- SERFOR-GG-OGPP la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR hace suyo el Informe N° D000191-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OP, a través del cual la O fi cina de Presupuesto emite opinión favorable para el otorgamiento de subvenciones hasta por la suma total de S/ 1´628,999.55, a favor de las cinco (05) Entidades Ejecutoras detalladas en el anexo de la presente resolución, que ejecutarán el Hito 1 de sus respectivos Planes de Negocio Forestal, en el marco del Concurso 2026 del Programa de Incentivos Forestales del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y Ampliación de la Producción Forestal Sostenible en Bosques Naturales en Cinco Departamentos”, con Código Único de Inversión N° 2455355; toda vez que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente; Que, mediante Informe Legal N° D000528-2026- MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, atendiendo a lo solicitado por la Coordinación Ejecutiva del Programa de Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú y a lo opinado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, resulta legalmente viable que el Director Ejecutivo del SERFOR, en su condición de titular del pliego, emita el acto resolutivo que apruebe el otorgamiento de subvenciones hasta por la suma total de S/ 1´628,999.55, a favor de las cinco (5) Entidades Ejecutoras detalladas en el anexo de la presente resolución, las cuales ejecutará el Hito 1 de sus Planes de Negocio Forestal derivados del Concurso 2026 del Programa de Incentivos Forestales del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de la Producción Forestal Sostenible en Bosques Naturales en Cinco Departamentos” con Código Único de Inversión N° 2455355; siendo obligatoria la publicación de dicho acto resolutivo en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, establece que es función del Director Ejecutivo expedir