Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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17 NORMAS LEGALES Viernes 30 de octubre de 2026 El Peruano / en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 2, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los citados artículos del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3.2 La O fi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La O fi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las respectivas unidades ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 2 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos de aquellos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil veintiséis. LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE Primer Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de laPresidencia de la República ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA Ministro de Economía y Finanzas 2569932-2 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico DECRETO SUPREMO Nº 229-2026-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 32514, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, resulte necesario realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, el Poder Ejecutivo queda autorizado para que, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, realice las mencionadas modi fi caciones presupuestarias, únicamente, respecto de aquellos Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito en proceso de desembolso o con contratos de préstamo suscritos. Asimismo, el numeral 3.2 del citado artículo precisa que dicha acción debe ser informada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República durante los primeros cinco (5) días hábiles de haber sido realizada;Que, mediante el Decreto Supremo Nº 306-2025- EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de US$ 46 706 060,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL SESENTA Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Distrito de San Isidro de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2690555; cuyo Contrato de Préstamo Nº 6028/OC-PE ha sido suscrito el 21 de enero de 2026; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 104-2024- EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital - Transformación Digital con Equidad; Distrito de Mira fl ores de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2566964; cuyo Contrato de Préstamo Nº 5834/OC-PE ha sido suscrito el 19 de junio de 2024; Que, mediante el O fi cio Nº D002525-2026-PCM- SG, la Presidencia del Consejo de Ministros solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 1 295 188,00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito (ROOC), con cargo a sus saldos de libre disponibilidad, a favor del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Distrito de San Isidro de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2690555, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 306-2025-EF, en el marco de lo dispuesto por el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 32514; adjuntando, para dicho efecto el Informe Nº D000221-2026-PCM-OP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de Consejo de Ministros, con el respectivo sustento, así como el O fi cio Nº 0212-2026-EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 0221-2026-EF/63.04, de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas con la opinión técnica favorable respecto al citado proyecto de inversión; Que, mediante el Memorando Nº 0535-2026-EF/52.04, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias, emite opinión favorable respecto a la Transferencia de Partidas de la Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, para fi nanciar el proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Distrito de San Isidro de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2690555, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 306-2025-EF; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 1 295 188,00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, de la Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes;