NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (10/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 200
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 186
186 NORMAS LEGALES Jueves 10 de setiembre de 2026 El Peruano / la entidad, da conformidad al expediente de adecuación presentado por la Municipalidad de Centro Poblado al haberse subsanado las omisiones advertidas. Que, asimismo de conformidad al Acta de evaluación de la comisión de adecuación de los centros poblados de la municipalidad provincial de Yauyos, de fecha 16-JUN-2026 se concluye que “La solicitud de ADECUACIÓN del Centro Poblado de San Miguel de Apurí, debe DECLARARSE PROCEDENTE, dado que ha cumplido con subsanar las observaciones realizadas, y como tal se han cumplido con los requisitos exigidos en la Ordenanza N° 09-2024-MPY y en la Ley N° 31079”. Que, mediante INFORME N° 095-2026-MPY/ GAJ remitido por el Gerente de Asesoría Jurídica de la entidad, precisa que se HA CUMPLIDO con ACREDITAR DOCUMENTALMENTE en su EXPEDIENTE el ESTUDIO TÉCNICO de la NECESIDAD DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SAN MIGUEL DE APURÍ - VIÑAC - YAUYOS, por lo que concluye que es PROCEDENTE su ADECUACION. Por lo que, estando a lo dispuesto y de conformidad a lo establecido por el artículo 9º inciso 8º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial, con el voto UNÁNIME de los señores regidores, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ADECUACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SAN MIGUEL DE APURÍ, DISTRITO DE VIÑAC, PROVINCIA DE YAUYOS - DEPARTAMENTO DE LIMA A LOS ALCANCES DE LA LEY N° 31079, QUE MODIFICA LA LEY 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Artículo Primero.- APROBAR la ADECUACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SAN MIGUEL DE APURÍ - DISTRITO DE VIÑAC - PROVINCIA DE YAUYOS - DEPARTAMENTO DE LIMA, en el marco dispuesto en la Ley N° 31079, bajo la vigencia de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972. Artículo Segundo.- DELEGAR, conforme a la ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2025-MDV, a la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SAN MIGUEL DE APURÍ, competencias en materia de limpieza pública, ornato, salubridad, educación, cultura, deporte, seguridad ciudadana y promoción del desarrollo económico local, conforme al marco normativo vigente: ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DEL SUELO. ENCARGAR a la Municipalidad del Centro Poblado de San Miguel de Apurí la coordinación y fi scalización de las actividades relacionadas con el ordenamiento territorial, uso del suelo, ejecución de obras públicas y privadas, así como la gestión de infraestructura urbana y rural necesaria para el desarrollo económico y social de la comunidad, en coordinación con la Municipalidad Distrital de Viñac. SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD. DELEGAR las funciones vinculadas a la limpieza pública, manejo de residuos sólidos, protección ambiental, control sanitario, conservación del ornato público y coordinación de los servicios de agua potable y saneamiento, de conformidad con la normativa vigente y en coordinación con las autoridades competentes. REGISTRO CIVIL, TRANSPORTE Y VIALIDAD. AUTORIZAR a la Municipalidad del Centro Poblado de San Miguel de Apurí a administrar los servicios de Registro Civil en coordinación con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, así como desarrollar acciones relacionadas con la señalización vial, mantenimiento de caminos vecinales y supervisión de los servicios de transporte dentro de su jurisdicción.EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y RECREACIÓN. ENCARGAR la promoción y ejecución de actividades educativas, culturales, deportivas y recreativas, así como la implementación de bibliotecas, salas de lectura, espacios de participación ciudadana y demás iniciativas orientadas al fortalecimiento del desarrollo humano y cultural de la población. PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL. FACULTAR a la Municipalidad del Centro Poblado de San Miguel de Apurí para regular el comercio ambulatorio conforme a la normativa vigente, supervisar pesas y medidas, promover mercados, camales, ferias agropecuarias, artesanales y demás actividades económicas que contribuyan al desarrollo local, pudiendo celebrar convenios permitidos por ley para la generación de ingresos propios. SEGURIDAD CIUDADANA Y DEFENSA CIVIL. DELEGAR las funciones relacionadas con la promoción y fortalecimiento de la seguridad ciudadana, incluyendo la organización de comités de seguridad ciudadana y defensa civil, el apoyo a las rondas vecinales y campesinas, así como la coordinación con la Policía Nacional del Perú para la prevención y control de la delincuencia. PROGRAMAS SOCIALES Y PROMOCIÓN DE DERECHOS. ENCARGAR la plani fi cación, organización y ejecución de programas sociales orientados a la reducción de la pobreza, la atención de grupos vulnerables, la promoción de los derechos fundamentales, el fortalecimiento de la juventud y la supervisión de los programas sociales implementados por el Estado. PARTICIPACIÓN VECINAL. GARANTIZAR la participación de los vecinos en la gestión municipal mediante mecanismos de acceso a la información, concertación, vigilancia ciudadana y participación en los procesos de plani fi cación, presupuesto y desarrollo local. RÉGIMEN ECONÓMICO Y RENDICIÓN DE CUENTAS. AUTORIZAR a la Municipalidad del Centro Poblado de San Miguel de Apurí a recaudar las tasas, arbitrios, derechos y licencias que correspondan conforme a su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y la normativa vigente. Asimismo, ESTABLECER la obligación de rendir cuentas documentadas de manera mensual respecto de los recursos transferidos y efectuar una rendición pública anual ante la población. PROHIBICIONES Y RESTRICCIONES. PROHIBIR a la Municipalidad del Centro Poblado y a sus autoridades disponer, transferir o comprometer bienes y recursos públicos fuera de los supuestos autorizados por ley, así como contraer obligaciones sin fi nanciamiento, efectuar gastos no autorizados o realizar cobros que no cuenten con sustento legal. PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO MUNICIPAL. DECLARAR que los bienes de dominio público asignados a la Municipalidad del Centro Poblado de San Miguel de Apurí son inalienables, imprescriptibles e inembargables, siendo responsabilidad de sus autoridades velar por su conservación, protección y uso adecuado.