Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (10/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 183

183 NORMAS LEGALES Jueves 10 de setiembre de 2026 El Peruano / Dado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque, a los DIECINUEVE días del mes de AGOSTO del año dos mil veintiséis. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.JORGE LUIS PEREZ FLORES Gobernador Regional 2552641-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lurigancho – Chosica DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2026/MDL Lurigancho, 21 de julio de 2026EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO VISTO: El Expediente Nº 2025-0020213, el Informe Nº 000163-2026-MDL/GSC-SGTTSV de la Subgerencia de Transito, Transporte y Seguridad Vial, el Informe Nº 000356-2026-MDL/OGPP-OPME de la O fi cina de Plani fi cación y Modernización del Estado, el Informe Nº 000263-2026-MDL/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000431-2026- MDL/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 002929-2026-MDL/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; disposición concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; asimismo, el artículo 42 de la citada Ley dispone que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el numeral 40.5 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece que las disposiciones de simpli fi cación administrativa que impliquen la eliminación de requisitos de los procedimientos administrativos vigentes pueden aprobarse mediante decreto de alcaldía; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM se aprobó el Reglamento para la Gestión del Sistema Único de Trámites (SUT), herramienta informática destinada a la elaboración, simpli fi cación y gestión del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de las entidades de la Administración Pública; Que, mediante Ordenanza Nº 355-MDL se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica, el cual contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por la entidad; Que, mediante Informe Nº 000163-2026-MDL/GSC- SGTTSV, la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial sustenta técnicamente que el requisito referido a la acreditación de la ampliación de zonas de estacionamiento, previsto en el procedimiento administrativo denominado “Incremento de la Flota Vehicular (Inclusión de Vehículos)”, constituye un mecanismo de control necesario para garantizar el equilibrio entre la oferta vehicular y la capacidad operativa del servicio de transporte en vehículos menores, conforme a las disposiciones de la Ordenanza Nº 169-MDL; no obstante, señala que, en aplicación del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, corresponde adecuar dicho requisito para que la verifi cación de la información sea realizada de o fi cio por la entidad, en observancia de los principios de legalidad, razonabilidad y simpli fi cación administrativa; Que, mediante Informe Nº 000356-2026-MDL/OGPP- OPME, la O fi cina de Plani fi cación y Modernización del Estado, e Informe Nº 000263-2026-MDL/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emitieron opinión técnica favorable respecto de la modi fi cación del referido procedimiento administrativo, señalando que la adecuación del requisito permitirá optimizar la atención al administrado y reducir cargas administrativas, sin generar incremento ni afectación en los derechos de tramitación vigentes; Que, mediante Informe Nº 000431-2026-MDL/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable, concluyendo que la modi fi cación propuesta se encuentra conforme al marco normativo vigente y resulta jurídicamente viable al enmarcarse en las competencias del alcalde y en la política nacional de simpli fi cación administrativa; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lurigancho – Chosica, aprobado mediante Ordenanza Nº 355-MDL, respecto del procedimiento administrativo denominado “Incremento de la Flota Vehicular (Inclusión de Vehículos)”, mediante la modi fi cación del requisito referido a la acreditación de la ampliación de zonas de estacionamiento, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a través de la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, la implementación y el cumplimiento de la modi fi cación aprobada mediante el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la O fi cina de Plani fi cación y Modernización del Estado, efectuar la actualización correspondiente del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el Sistema Único de Trámite (SUT), conforme a la normativa vigente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano; a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusión; y a la O fi cina de Gestión de Gobierno Digital, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho y en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSWALDO HERNÁN VARGAS CUELLAR Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2551509-1