Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (26/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Sábado 26 de setiembre de 2026 El Peruano / y solicita gestionar la transferencia fi nanciera a favor del IGP, hasta por la suma de S/ 93 430,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la elaboración de cinco (5) estudios de Zoni fi cación Geofísica - Geotécnica en las áreas urbanas de los distritos de Ahuac, San Juan de Iscos, Chongos Bajo y Chupaca, provincia de Chupaca, y Chupuro, provincia de Huancayo, departamento de Junín, en cumplimiento de los compromisos estipulados en el Convenio N° 038-2026-VIVIENDA; Que, con el Memorándum N° 1227-2026-VIVIENDA/SG- OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 445-2026-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 93 430,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del IGP, en cumplimiento de los compromisos estipulados en el Convenio N° 038-2026-VIVIENDA y en el marco de lo establecido en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416; Que, mediante el Informe N° 810-2026-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, estando a lo opinado por la OGPP y en el marco de lo establecido en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor del IGP; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 93 430,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del IGP, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; Con el visado del Viceministro de Vivienda y Urbanismo, del Director Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades, de la Jefa General de Planeamiento y Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe General de Asesoría Jurídica de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Instituto Geofísico del Perú Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 93 430,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 112: Instituto Geofísico del Perú, para fi nanciar la elaboración de cinco (5) estudios de Zoni fi cación Geofísica - Geotécnica en las áreas urbanas de los distritos de Ahuac, San Juan de Iscos, Chongos Bajo y Chupaca, provincia de Chupaca, y Chupuro, provincia de Huancayo, departamento de Junín, en cumplimiento de los compromisos estipulados en el Convenio N° 038-2026-VIVIENDA y en el marco de lo establecido en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo a los recursos del Año Fiscal 2026 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 0068: Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres, Producto 3000737: Estudios para la estimación del riesgo de desastres, Actividad 5005571: Desarrollo de estudios para establecer el riesgo a nivel territorial, Categoría de Gasto 5: Gastos Corrientes, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Veri fi cación y Seguimiento El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nuestras Ciudades, es responsable de la veri fi cación y seguimiento del avance físico y fi nanciero de los recursos transferidos, y del cumplimiento de las acciones contenidas en el Convenio N° 038-2026-VIVIENDA. Artículo 5.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Programa Nuestras Ciudades y a la O fi cina General de Administración, como responsable de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, para que realicen las acciones que correspondan. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURICIO FERNANDO ARNILLAS GONZÁLEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2558704-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS Designan Director de la Dirección de Estudios de Mercado de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 125-2026- ACFFAA Lima, 24 de setiembre de 2026 VISTOS: El Memorándum Nº 000052-2026-SG-ACFFAA del Despacho Jefatural, el Informe Nº 000253-2026-OGA-