Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (26/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Sábado 26 de setiembre de 2026 El Peruano / penales previstos en las secciones II, III y IV (artículos 382 a 401) del Capítulo II del Título XVIII del Libro Segundo del Código Penal, atribuidos a los jefes de las Autoridades Nacionales de Control del Ministerio Público y del Poder Judicial en el ejercicio de sus funciones. Para tal efecto, MODIFICAR los literales “l” y “m” del numeral 1.5 del artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 833-2023-MP-FN, incorporados mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2575-2025-MP-FN, así como los literales “c” y “d” del numeral 1.6 del citado artículo, conforme al siguiente texto: “1.5. La Primera Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos tiene el siguiente ámbito funcional: (…) l. Conocer la investigación preliminar y preparatoria, la etapa intermedia y el juzgamiento en los delitos de función atribuidos a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, al superintendente nacional y al superintendente adjunto de Administración Tributaria, así como a los jefes de las Autoridades Nacionales de Control del Ministerio Público y del Poder Judicial, en el ejercicio de sus funciones, por ilícitos penales previstos en las secciones II, III y IV, artículos 382 a 401 del Capítulo II del Título XVIII del Libro Segundo del Código Penal y en los supuestos de delitos conexos. m. Conocer los recursos de apelación contra las decisiones emitidas por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria en el caso de delitos cometidos por jueces superiores, fi scales superiores, fi scales adjuntos supremos, miembros del Consejo Supremo de Justicia Militar, procurador público con competencia nacional, miembros del Jurado Nacional de Elecciones, superintendente nacional y superintendente adjunto de Administración Tributaria y jefes de las Autoridades Nacionales de Control del Ministerio Público y del Poder Judicial, en el ejercicio de sus funciones, que con fi guren los ilícitos penales previstos en las secciones II, III y IV, artículos 382 a 401 del Capítulo II del Título XVIII del Libro Segundo del Código Penal y en los supuestos de delitos conexos. Además de los recursos de apelación contra las decisiones distintas a la sentencia, expedidas por la Sala Penal Especial Suprema. (…) 1.6. La Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos tiene el siguiente ámbito funcional: (…) c. Conocer la investigación preliminar y preparatoria, la etapa intermedia y el juzgamiento, en los delitos de función atribuidos a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, al superintendente nacional y al superintendente adjunto de Administración Tributaria, así como a los jefes de las Autoridades Nacionales de Control del Ministerio Público y del Poder Judicial, en el ejercicio de sus funciones, por ilícitos penales previstos en las secciones II, III y IV, artículos 382 a 401 del Capítulo II del Título XVIII del Libro Segundo del Código Penal y en los supuestos de delitos conexos. d. Conocer los recursos de apelación contra las decisiones emitidas por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria en el caso de los delitos cometidos por jueces superiores, fi scales superiores, fi scales adjuntos supremos, miembros del Consejo Supremo de Justicia Militar, procurador público con competencia nacional, miembros del Jurado Nacional de Elecciones, superintendente nacional y superintendente adjunto de Administración Tributaria y jefes de las Autoridades Nacionales de Control del Ministerio Público y del Poder Judicial, en el ejercicio de sus funciones, que confi guren los ilícitos penales previstos en las secciones II, III y IV, artículos 382 a 401 del Capítulo II del Título XVIII del Libro Segundo del Código Penal y en los supuestos de delitos conexos. Además de los recursos de apelación contra las decisiones, distintas a la sentencia, expedidas por la Sala Penal Especial Suprema. (…)”Artículo Tercero.- MODIFICAR el literal “p” del numeral 1.1 del artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 833-2023-MP-FN, el cual queda redactado en los siguientes términos: “ARTÍCULO PRIMERO.- (…)1.1. La Primera Fiscalía Suprema en lo Penal (…) p. Conocer la elevación de actuados, que regula los incisos 5 y 6 del artículo 334 del Código Procesal Penal, en los delitos de función cometidos por funcionarios públicos, previsto en el artículo 454 del citado código, incluido los delitos de función seguidos contra los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, superintendente nacional y superintendente adjunto de Administración Tributaria y jefes de las Autoridades Nacionales de Control del Ministerio Público y del Poder Judicial, cuando las investigaciones preliminares se encuentren a cargo de cualquiera de las fi scalías supremas especializadas en delitos cometidos por funcionarios públicos; incluso en el supuesto de que el fi scal a cargo de la investigación formule respecto a un extremo, una disposición de archivo y, respecto a otro, un informe opinando que se declare procedente el ejercicio de la acción penal.” Artículo Cuarto.- DISPONER que, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, las fi scalías que tengan en trámite casos seguidos contra los jefes de las Autoridades Nacionales de Control del Ministerio Público y del Poder Judicial, por hechos comprendidos en los artículos primero y segundo de la presente resolución, deberán remitirlos en el estado en que se encuentren, al despacho fi scal supremo competente dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles y conforme a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Quinto.- DISPONER la noti fi cación de la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, fi scalías supremas, presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores, coordinaciones nacionales de las fi scalías especializadas, Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Modernización, Gestión de la Información y Estadística, y O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2558637-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionaria para participar en evento a realizarse en Colombia RESOLUCIÓN SBS N° 02351-2026 Lima, 23 de setiembre de 2026 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES