Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (26/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Sábado 26 de setiembre de 2026 El Peruano / Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, solicita a la Subgerencia de Recursos Humanos, el inicio de la contratación de un personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057, Contratación Administrativa de Servicios, a plazo determinado para labores de necesidad transitoria, en el puesto de Auxiliar Coactivo; Que, en ese sentido, con Informe N° 001863-2026- MPL/SGRH, de fecha 21 de setiembre del 2026, la Subgerencia de Recursos Humanos, indica que la solicitud de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, fue atendida con el Proceso CAS N° 015-2026- MPL, resultando como ganador el señor Jaime Rolando Mendoza Rivera, iniciando sus labores el 18 de setiembre del 2026, por lo que corresponde que su designación se realice con e fi cacia anticipada, siendo necesaria la emisión de la respectiva resolución, la cual deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, con el Memorando N° 001674-2026-MPL/ GA, de fecha 21 de setiembre del 2026, la Gerencia de Administración, hace suyo en todos sus extremos el Informe N° 001863-2026-MPL/SGRH, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos, y lo remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para su respectiva opinión legal y se continúe el trámite correspondiente para la emisión de la resolución de alcaldía correspondiente, con e fi cacia anticipada a partir del 18 de setiembre del 2026; Que, con el Informe N° 000465-2026-MPL/GAJ, de fecha 21 de setiembre del 2026, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que de la revisión de los actuados y en atención al marco legal correspondiente, opina que resulta legalmente viable la designación del señor Jaime Rolando Mendoza Rivera como Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, correspondiendo que dicha designación sea formalizada mediante Resolución de Alcaldía, con e fi cacia anticipada al 18 de setiembre del 2026; Que, con Memorando N° 001026-2026-MPL/GM, de fecha 21 de setiembre del 2026, la Gerencia Municipal, remite todos los actuados a la Secretaría General a fi n que continúe con el procedimiento correspondiente para la emisión del acto resolutivo respectivo; ESTANDO A LO EXPUESTO, Y CONFORME A LO ESTABLECIDO POR EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR al señor JAIME ROLANDO MENDOZA RIVERA, con e fi cacia anticipada a partir del 18 de setiembre del 2026, en el cargo de AUXILIAR COACTIVO, de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad de Pueblo Libre, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, en mérito al Proceso CAS N° 015-2026-MPL. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Resolución; de acuerdo a los lineamientos del Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnología de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad de Pueblo Libre. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo que se oponga a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MÓNICA ROSSANA TELLO LÓPEZ Alcaldesa 2558576-1MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N ° 594/MDSJM que estableció incentivos tributarios en el distrito de San Juan de Miraflores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2026/ MDSJM San Juan de Mira fl ores, 23 de setiembre de 2026 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Memorándum Nº 1339-2026-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal; Informe Nº 380 -2026-OGAJ/MDSJM de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y Memorándum Nº 687-2026-GAT/MDSJM de la Gerencia de Administración Tributaria; sobre prórroga de la Ordenanza Nº 594/MDSJM, que otorga incentivos tributarios en el distrito; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 –de Reforma Constitucional– establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; y su artículo 42º señala: “…los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; Que, mediante Ordenanza Nº 594/MDSJM, de fecha 26 de mayo de 2026, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 02 de junio de 2026, se establece incentivos tributarios para el cumplimiento de obligaciones tributarias que se encuentren vencidas o por vencer en materia de impuesto predial y arbitrios municipales; siendo prorrogada con Decretos de Alcaldía Nos. 011-2026/MDSJM, 014-2026/MDSJM y 015-2026/MDSJM, publicados en el diario o fi cial “El Peruano” con fechas 26 de junio de 2026, 25 de julio de 2026 y 29 de agosto de 2026, respectivamente; Que, con Memorándum Nº 587-2026-GAT/MDSJM, la Gerencia de Administración Tributaria recomienda la prórroga de la Ordenanza Nº 594/MDSJM, con la fi nalidad de promover, impulsar e incentivar en los vecinos el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, lo que permitirá disminuir los índices de morosidad y alcanzar los niveles de ingresos presupuestados; lo que cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones (Informe Nº 3132-2026-OPPI-GPP/MDSJM), O fi cina de Planeamiento, Modernización y Cooperación Técnica (Informe Nº 187-2026-OPMyCT-GPP/MDSJM), O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 919-2026-OGPP/MDSJM), así como opinión legal favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (Informe Nº 380-2026-OGAJ/MDSJM) y conformidad de la Gerencia Municipal (Memorándum Nº 1339-2026-GM/MDSJM); De conformidad con los artículos 20º, numeral 6); 39º y 42º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; así como Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 594/MDSJM;