Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (26/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Sábado 26 de setiembre de 2026 El Peruano / Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, establece el marco jurídico para el desarrollo de las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; asimismo, en sus artículos 2° y 3° dispone que el Estado promueve el desarrollo de dichas actividades con la fi nalidad de contribuir al bienestar de la persona humana y al desarrollo nacional; Que, la Política Energética Nacional del Perú 2010- 2040, aprobada mediante Decreto Supremo N° 064-2010-EM, tiene como objetivos, entre otros, el contar con un abastecimiento energético competitivo y el acceso universal al suministro energético; además, prevé como lineamientos el alcanzar su fi ciencia de la infraestructura en toda la cadena de suministro de hidrocarburos, que asegure el abastecimiento energético; Que, así mismo, PERUPETRO S.A. es la Empresa Estatal de Derecho Privado, que, en representación del Estado Peruano, se encarga de promocionar, negociar, suscribir y supervisar contratos para la exploración y explotación de hidrocarburos en el Perú; Que, mediante el INFORME TÉCNICO N° 012-2026-GRT-DREMT-AT, el Equipo Técnico y Area Técnica de la Dirección Regional de Energía y Minas, informa al Director Regional de citada institución que resulta pertinente DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL, el aprovechamiento de los recursos de hidrocarburos ubicados en el departamento de Tumbes, a efectos de fortalecer y promover la REACTIVACIÓN PETROLERA, con ello fomentar las inversiones y el desarrollo socioeconómico en el departamento de Tumbes; Que, a través de OFICIO N° 032-2026/GOB.REG. TUMBES-GGR-ORAJ, el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal indicando que resulta VIABLE Declarar de Interés Regional La Reactivación de las Actividades Petroleras para Fomentar las Inversiones y el Desarrollo Socioeconómico en el Departamento de Tumbes; Que, a través de la SESIÓN DE COMISIÓN N° 012 -2026, de fecha 03 de junio, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, se reunieron para evaluar entre otros temas, el expediente administrativo sobre la propuesta de Ordenanza Regional denominada: “Declárese de Interés Regional la Reactivación de las Actividades Petroleras para Fomentar las Inversiones y el Desarrollo Socioeconómico En El Departamento De Tumbes”, donde después del análisis respectivo y contando con los informes técnico y legal que exige la norma, acordaron por unanimidad elaborar el dictamen correspondiente para que sea puesto en agenda y tratado en la siguiente sesión de Consejo Regional; Que, mediante el OFICIO N° 096-2026/GOB.REG. TUMBES-GGR-GRDE-GR, el Gerente Regional de Desarrollo Económico remitió al Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico - Consejero Boris Regino Pardo Vinces, el informe técnico sustentatorio para la Declaratoria de Interés Regional la Reactivación de las Actividades Petroleras para fomentar las inversiones y el Desarrollo Socio Económico en el Departamento de Tumbes; Que, a través del ACTA DE SESIÓN DE COMISIÓN N° 013 -2026, de fecha 18 de junio del 2026, los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico aprobaron el presente dictamen y solicitaron su incorporación en agenda para ser tratado en la próxima sesión de Consejo Regional para su aprobación correspondiente; Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, ha elaborado el DICTAMEN Nº 002-2026/GOB. REG. TUMBES-CODE, cuyo título: “DECLÁRESE DE INTERÉS REGIONAL LA REACTIVACION DE LAS ACTIVIDADES PETROLERAS PARA FOMENTAR LAS INVERSIONES Y EL DESARROLLO SOCIO ECONÓMICO EN EL DEPARTAMENTO DE TUMBES”; Que, con el Acuerdo de Consejo Regional N° 093- 2026/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, en la Sesión Ordinaria N° 007-2026, del 07 de julio del 2026, se acordó por unanimidad, aprobar el Dictamen N° 002-2026/GOB.REG.TUMBES-CODE, elaborado por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico; De conformidad, con la Constitución Política del Estado, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional N° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, el Consejo Regional de Tumbes: HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- DECLÁRESE DE INTERÉS REGIONAL LA REACTIVACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PETROLERAS PARA FOMENTAR LAS INVERSIONES Y EL DESARROLLO SOCIOECONÓMICO EN EL DEPARTAMENTO DE TUMBES; de conformidad con lo señalado por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y el Área Técnica de Supervisión de la Dirección Regional de Energía y Minas de Tumbes a través de sus informes técnicos; y declarado VIABLE por el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica mediante OFICIO N° 032-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gobernadora Regional del Gobierno Regional de Tumbes disponer al Director Regional de Energía y Minas, las acciones administrativas correspondientes que permitan el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR al responsable de la O fi cina Regional de Administración realizar los trámites administrativos necesarios para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”. Asimismo, DISPONER que, posterior a su publicación la presente Ordenanza Regional, también sea publicada íntegramente en el portal institucional del Gobierno Regional de Tumbes. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes, a los siete (07) días del mes de julio del año dos mil veintiséis. DIEGO ALEMAN RAMIREZ Consejero Regional POR TANTO:Mando se registre, publique, cumpla y archive. Dado en el Gobierno Regional Tumbes, el 5 de agosto de 2026 AVELINA DEL ROSARIO PALACIOS PALACIOS DE DE LAMAGobernadora Regional (e) 2541095-1 Declaran de interés regional la construcción de infraestructura portuaria multipropósito en el litoral del departamento de Tumbes como infraestructura estratégica para el desarrollo socioeconómico regional ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2026/GOB.REG. TUMBES-CR-CD EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTOEl Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley de