Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (26/09/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Sábado 26 de setiembre de 2026 El Peruano / De conformidad, con la Constitución Política del Estado, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional N° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, el Consejo Regional de Tumbes: HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- DECLARAR de Necesidad Pública e Interés Regional, la Promoción del Fortalecimiento de las Familias y la Conciliación de la Vida Familiar y el Trabajo en el departamento de Tumbes – FORFAT, como instrumento legal regional que permita promover, proteger y fortalecer a las familias del departamento de Tumbes; de conformidad con lo señalado por la Sub Gerencia de Inclusión Social, mediante el INFORME N° 089-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDS, y declarado Viable por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica mediante OFICIO N° 0034-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ. Artículo Segundo.- INSTITUCIONALIZAR la celebración del Día Nacional de la Familia a nivel regional, el segundo domingo de septiembre de cada año, debiéndose promover actividades locales y regionales en coordinación en los diferentes sectores e instancias del Gobierno Regional, Gobiernos Locales y la sociedad civil organizada, en el marco del Decreto Ley N° 23466, el Decreto Legislativo N° 1408, sobre fortalecimiento de las familias y prevención de la violencia, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1443 y, demás normativa vigente sobre la materia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con la Sub Gerencia de Inclusión Social, la CREACIÓN del Grupo de Trabajo Regional para la promoción del fortalecimiento de las familias y la conciliación entre la vida familiar y el trabajo, como espacio de articulación, diálogo y acciones conjuntas para el diseño, implementación, evaluación y mejoras de programas, proyectos, servicios especializados y demás intervenciones dirigidas a brindar progresivamente orientación, apoyo y asistencia a las familias para el cumplimiento de sus funciones y el desarrollo de relaciones familiares saludables sobre la base del respeto a la dignidad, derechos e integridad de cada una de las personas que las conforman, sin admitir discriminación alguna y promoviendo responsabilidades familiares compartidas. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con la Sub Gerencia de Inclusión Social, la CONFORMACIÓN del Grupo de Trabajo Regional para la Promoción del Fortalecimiento de las Familias y la Conciliación entre la vida familiar y el trabajo, el mismo que quedara integrado por los siguientes representantes: - Gobernador/a Regional de Tumbes o quien este/a delegue, quien lo preside. - Un/a Representante de la Municipalidad Provincial de Tumbes - Un/a Representante de la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar - Un/a Representante de la Municipalidad Provincial de Zarumilla - Director/a de la Unidad de Protección Especial - UPE Tumbes - Director/a de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo - Director/a de la Dirección Regional de Educación- Director/a de la Dirección Regional de Salud- Un/a Representante de la Corte Superior de Justicia de Tumbes. - Un/a Representante del Ministerio Público - Fiscalía de la Familia - Coordinador/a Territorial del Programa Nacional Warmi Ñam en Tumbes - Un/a Representante de la Policía Nacional del Perú - Comisaria de la Familia. - Un/a Representante de la O fi cina Departamental de Estadística e Informática - INEI - Un/a Representante del Centro de Desarrollo Integral de la Familia - CEDIF- Un/a Representante de la Defensoría del Pueblo de Tumbes - Un/a Representante de la Universidad Nacional de Tumbes - Un/a representante de la Iglesia Católica- Un/a representante de la confraternidad de pastores evangélicos de Tumbes - Un/a Representante de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza. - Dos Organizaciones de la Sociedad Civil, que trabajen la temática. La Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo para el Fortalecimiento de las Familias en la Región de Tumbes, recae en la Gerencia Regional de Desarrollo Social. Artículo Quinto.- FACÚLTESE a la Gobernadora Regional de Tumbes actualizar progresivamente, por mayoría de sus integrantes y mediante Decreto Regional, la relación de las instituciones públicas y privadas que integran el Grupo de trabajo para la promoción del fortalecimiento de las familias y la conciliación entre la vida familiar y el trabajo. Artículo Sexto.- El Grupo de Trabajo para el fortalecimiento de las familias y la conciliación entre la vida familiar y el trabajo tendrá las siguientes funciones: a) Impulsar normas, políticas, estrategias, acciones y servicios dirigidos a fortalecer a las familias de la región y la promoción de la conciliación entre la vida familiar y el derecho al trabajo. b) Promover responsabilidades familiares compartidas y relaciones familiares saludables sobre la base de principios, valores y el respeto a los derechos de cada una de las personas que integran el grupo familiar, sin discriminación alguna. c) Promover programas, proyectos y servicios especializados de fortalecimiento familiar y de conciliación entre la vida familiar y el trabajo que brinden orientación, capacitación y asistencia a las familias para el cumplimiento de sus funciones. d) Con fi gurarse progresivamente como un espacio regional de articulación, diálogo y acciones conjuntas con las demás autoridades, entidades públicas, universidades y representantes de la sociedad civil, sector privado y organizaciones comunales para el fortalecimiento de las familias de la Región de Tumbes, con la participación de la ciudadanía. e) Promover estudios e investigaciones sobre la situación de las familias en la región. f) Desarrollar intervenciones de manera articulada, conjunta y participativa que contribuyen a lograr las metas y mejoras de políticas, programas, servicios y demás acciones de promoción del fortalecimiento de las familias, bajo una lógica de gestión por resultados, en coordinación con el ente rector y los gobiernos locales. g) Elaborar y aprobar su plan de trabajo anual de acciones orientadas al fortalecimiento de las familias y la conciliación entre la vida familiar y el trabajo, en el marco del Decreto Legislativo N.º 1408 sobre fortalecimiento de las familias y prevención de la violencia, el Convenio de Gestión para el ejercicio de funciones transferidas entre el Gobierno Regional de Tumbes y el MIMP considerando las necesidades de las familias de la región. h) Otras que considere necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo Séptimo.- DISPONER que el Grupo de Trabajo se instale dentro del plazo no mayor a treinta días calendarios, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- ENCARGAR al responsable de la Ofi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos necesarios para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, y disponer su inclusión en el portal Institucional del Gobierno Regional de Tumbes. Artículo Noveno.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”.