Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 1999 (07/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 7 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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Reservada bajo la supervision del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Articulo 5º.- Derogar las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 0268

Aceptan renuncia y designan Coordinador del SENASA en la Coordinacion Regional Agraria San MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-99-AG-SENASA MORDAZA, 5 de enero de 1999 VISTA: La renuncia formulada por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la designacion como Coordinador del Servicio Nacional de Sanidad Agraria en la Coordinacion Regional Agraria San Martin; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se crea, entre otros, al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, por Decreto Supremo Nº 24-95-AG se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, el cual en su Articulo 10º, inciso g), establece como una de las funciones y atribuciones del Jefe del SENASA, designar a los representantes de dicha institucion ante las respectivas Direcciones Regionales y Subregionales Agrarias del Ministerio de Agricultura, en concordancia con el Articulo 20º, el cual establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, cuenta con Organos Desconcentrados a nivel Regional y Subregional; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 082-97-AG-SENASA se designo, entre otros, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Coordinador del Servicio Nacional de Sanidad Agraria en la Coordinacion Regional Agraria San Martin; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, y por Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la designacion como Coordinador del Servicio Nacional de Sanidad Agraria en la Coordinacion Regional Agraria San MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Coordinador del Servicio Nacional de Sanidad Agraria en la Coordinacion Regional Agraria San Martin. Articulo 3º.- El mencionado funcionario percibira su remuneracion con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 0223

Aprueban Planos Definitivos y Memoria descriptiva de tierras eriazas ubicadas en la provincia de Canete e incorporan estas al dominio del Estado
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-99-AG MORDAZA, 4 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que es politica de gobierno el incremento de la produccion y productividad agraria, entre otras, por medio del incentivo y promocion de las inversiones del Sector Privado en la ampliacion de la frontera MORDAZA mediante la incorporacion de terrenos eriazos de dominio publico a la actividad productiva; Que la Comision de Saneamiento de Terrenos Eriazos del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural PETT, conformada por Resolucion Ministerial Nº 521-98-AG, ha verificado la existencia y libre disponibilidad de 23,680.50 hectareas de tierras eriazas con aptitud agropecuaria en el distrito de San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, elaborando los planos correspondientes que deben ser aprobados por Resolucion Suprema, conforme lo establece el Articulo 12º del Decreto Supremo Nº 011-97-AG; Que en tal sentido, es necesario incorporar la extension de 23,680.50 hectareas de tierras eriazas al dominio del Estado, debiendo inscribirse estas a favor del Ministerio de Agricultura en el Registro de Propiedad Inmueble de Canete, incluyendolas en el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada a cargo de la COPRI para su transferencia al Sector Privado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Poder Ejecutivo, dada por Decreto Legislativo Nº 560 y Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Planos Definitivos y Memoria descriptiva de 23,680.50 hectareas de tierras eriazas con aptitud agropecuaria en el distrito de San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de Lima. Articulo 2º.- Incorporar a dominio del Estado las areas indicadas en el articulo anterior, disponiendose su inscripcion a favor del Ministerio de Agricultura en los Registros de Propiedad Inmueble de Canete. Articulo 3º.- Incluir las 23,680.50 hectareas de tierras eriazas en el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada a cargo de la COPRI la cual garantizando la efectiva inversion, proceda a su venta o concesion mediante subasta publica en el mas breve plazo. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 0285

MITINCI
Designan Director Ejecutivo del Proyecto "Centro de Innovacion Tecnologica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas"
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-99-ITINCI MORDAZA, 4 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 063-98-ITINCI del 17 de MORDAZA de 1998, se creo el Proyecto "Centro de Innovacion Tecnologica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas" del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI; Que, de acuerdo con el Articulo 4º de la Resolucion Suprema Nº 063-98-ITINCI y el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 099-98-ITINCI/DM, el Proyecto "Centro de Innovacion Tecnologica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas", cuenta con un

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