Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 1999 (19/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de febrero de 1999

de las labores encomendadas relacionadas con el monitoreo biologico pesquero del recurso calamar gigante o pota; y, d) "EL ARMADOR" o "LA EMPRESA" o sus representantes bajo responsabilidad deberan brindar las facilidades que el caso requiera, para que los inspectores acreditados por los organos del Ministerio de Pesqueria y las Direcciones Regionales de Pesqueria, puedan cumplir con las labores de seguimiento y control de las actividades extractivas y de procesamiento del recurso calamar gigante o pota, dentro del ambito de sus respectivas competencias. CLAUSULA CUARTA: COMPROMISO GENERAL "EL ARMADOR" o "LA EMPRESA" declara asumir el compromiso de efectuar las faenas de pesca del recurso calamar gigante o pota conforme al MORDAZA de pesca responsable que rige el Derecho Pesquero, en tal sentido, se compromete a asegurar la conservacion y racional aprovechamiento del recurso hidrobiologico objeto del presente convenio. CLAUSULA QUINTA: COMPROMISO ESENCIAL a) "EL ARMADOR" o "LA EMPRESA" declara asumir como compromiso esencial de este convenio, el cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 053-99-PE, y las condiciones dispuestas en la misma; y, b) "EL ARMADOR" o "LA EMPRESA" declara asumir como compromiso esencial que el incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente convenio, MORDAZA lugar a la suspension de sus efectos juridicos por un plazo de tres (3) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la notificacion que efectue la Direccion Nacional de Extraccion del Ministerio de Pesqueria. La reincidencia duplicara la referida suspension, sin perjuicio de las sanciones previstas en la Ley General de Pesca, su reglamento y demas normas vigentes. CLAUSULA SEXTA PLAZO DE DURACION El plazo para que los armadores de embarcaciones arrastreras, espineleras y palangreras de mayor escala, de bandera nacional y con permiso de pesca vigente, realicen las faenas de pesca establecidas en la clausula primera del presente convenio, concluye indefectiblemente el 30 de MORDAZA de 1999. Las partes declaran su plena conformidad con cada una de las clausulas comprendidas en el presente convenio, el mismo que se suscribe en original y tres (3) copias a los .......... dias del mes de ................ de mil novecientos noventa y nueve. ....................................................................... POR EL MINISTERIO DE PESQUERIA Director Nacional de Extraccion .................................... POR EL ARMADOR 2343

cargo de confianza de Jefa de la Oficina General de Auditoria, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 2387 RESOLUCION SUPREMA Nº 035-99-PROMUDEH MORDAZA, 18 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, de fecha 6 de noviembre de 1998, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, el mismo que establece la nueva estructura organica del referido Ministerio; Que se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Oficina General de Auditoria, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25515, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la CPC LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefa de la Oficina General de Auditoria, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 2388

PROMUDEH
Aceptan renuncia y designan Jefa de la Oficina General de Auditoria del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 034-99-PROMUDEH MORDAZA, 18 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 101-98-PROMUDEH, de fecha 19 de noviembre de 1998, se designo a la CPC MORDAZA Moretti MORDAZA como Jefa de la Oficina General de Auditoria, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; Que la mencionada funcionaria ha formulado renuncia al cargo de confianza que venia desempenando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la CPC MORDAZA MORETTI MORDAZA, al

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan a la SUNAT el pago de cuota al Centro Interamericano de Administraciones Tributarias
RESOLUCION SUPREMA Nº 058-99-RE MORDAZA, 17 de febrero de 1999 VISTO: El Oficio Nº 048-99-S1-0000, del 28 de enero de 1999, de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT), en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la autorizacion para el pago de la cuota 1999 al Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT); CONSIDERANDO: Que, el Articulo 14º numeral 14.3 de la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999, permite a las entidades del Sector Publico pagar, con cargo a sus recursos, las cuotas

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