Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 1999 (19/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 19 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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PESQUERIA
Ratifican acuerdo de la COPRI por el que se excluyo a la empresa Reaseguradora Peruana S.A. de MORDAZA de promocion de la inversion privada
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-99-PE MORDAZA, 18 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 172-92-PCM se ratifico el Acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, conforme al cual se incluyo a la empresa Reaseguradora Peruana S.A. en el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674 y mediante Resolucion Suprema Nº 224-96-PCM se vario la modalidad aprobada por Resolucion Suprema Nº 416-92-PCM para llevar adelante el mencionado MORDAZA, por la prevista en el literal d) del Articulo 2º del referido Decreto Legislativo; Que, resulta necesario que el MORDAZA de liquidacion de la referida empresa se lleve adelante bajo las normas que regulan a las entidades del sistema financiero y de seguros; Que, en virtud de lo expresado en el considerando anterior, en sesion del 16 de febrero de 1999, la COPRI acordo la exclusion de la empresa Reaseguradora Peruana S.A. en Liquidacion de los alcances del Decreto Legislativo Nº 674; Que, en tanto la Superintendencia de Banca y Seguros no designe nuevos liquidadores es necesario que la Junta Liquidadora designada mediante Resolucion Suprema Nº 125-98-PCM permanezca en funciones; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 4º y 5º del Decreto Legislativo Nº 674, el Decreto de Urgencia Nº 001-99 y la Resolucion Suprema Nº 033-99-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI conforme al cual se decidio la exclusion de la empresa Reaseguradora Peruana S.A. en Liquidacion, del MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674. Articulo 2º.- La Junta Liquidadora designada mediante Resolucion Suprema Nº 125-98-PCM permanecera en funciones en tanto la Superintendencia de Banca y Seguros no designe a los nuevos liquidadores. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Pesqueria y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 2385

privado; estableciendo el Articulo 2º, MORDAZA parrafo del reglamento de dicho Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, que el Acuerdo respectivo sera ratificado por Resolucion Suprema; Que, por Resolucion Suprema Nº 514-97-PCM del 9 de marzo de 1997 se nombro al Comite Especial que esta encargado de promover la inversion privada en los puertos administrados por ENAPU S.A., ratificandose, asimismo, el Acuerdo adoptado por la PROMCEPRI en su sesion del 9 de junio de 1997, en el sentido de que la modalidad en que se promovera la inversion privada en estos puertos sera la de concesion bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en los dispositivos legales a que se refiere el considerando anterior; Que, dicho Comite Especial, en cumplimiento de parte del encargo para el que ha sido nombrado, propuso a la COPRI la entrega en concesion al sector privado de los Terminales Portuarios de Paita, Salaverry, Chimbote, Callao y General San Martin; Que, la COPRI, en su sesion del 1 de diciembre de 1998, acordo establecer la entrega en concesion al sector privado de los Terminales Portuarios de Paita, Salaverry, Chimbote, Callao y General San MORDAZA, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en las normas legales a que se refiere el primer considerando; Que, en virtud de lo dispuesto por el Articulo 6º, numeral 3) del indicado Texto Unico Ordenado y el Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 025-98, la COPRI, en su indicada sesion, ha aprobado el Plan de Promocion de la Inversion Privada presentado por el indicado Comite Especial para la entrega en concesion de los Terminales Portuarios mencionados en el considerando anterior; Acuerdo que debe ser tambien ratificado por Resolucion Suprema, conforme a lo establecido por el Articulo 11º del reglamento indicado en el primer considerado; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 001-99 y la Resolucion Suprema Nº 033-99-PCM, y estado a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ratificar el Acuerdo de la COPRI en virtud del cual se establece la entrega en concesion al sector privado de los Terminales Portuarios de Paita, Salaverry, Chimbote, Callao y General San MORDAZA, bajo los mecanismos y procedimientos contenidos en las disposiciones legales a que se refiere el primer considerando de la presente Resolucion Suprema. Articulo Segundo.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la COPRI que aprueba el Plan de Promocion de la Inversion Privada a que se refiere el MORDAZA considerando de esta Resolucion Suprema. Articulo Tercero.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Pesqueria y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 2386

Precisan vigencia de permisos de pesca para la extraccion del recurso trucha
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-99-PE MORDAZA, 18 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales peruanas son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado realizar su manejo integral y regular su explotacion; Que el Ministerio de Pesqueria es el organo encargado de establecer las medidas de ordenamiento pesquero, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y en funcion de los requerimientos socioeconomicos del MORDAZA y de la conservacion de los recursos hidrobiologicos; Que los Articulos 43º y 44º de la Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que otorga el Ministerio de Pesqueria a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras; Que de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca y su reglamento y, verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, la Direc-

Ratifican acuerdo de la COPRI que establece la entrega en concesion al sector privado de los Terminales Portuarios de Paita, Salaverry, Chimbote, Callao y General San MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 020-99-PE MORDAZA, 18 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 6º, numeral 2) del Texto Unico Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 025-98, corresponde a la COPRI establecer las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos que deben ser entregadas en concesion al sector

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