Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 1999 (27/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de noviembre de 1999

Aduanas, para su indagacion tecnico-policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha Unidad, con intervencion de la Fiscalia Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el Atestado de Vistos en el cual se evidencia presunta responsabilidad penal por parte de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Legal de la ex Agencia de Aduana "LEONIDAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA S.A.", al haber girado con fecha 25.NOV.98 el Cheque Nº 02251680 del Banco de MORDAZA por un monto de S/. 31,959.22, sin contar con la provision de fondos para el pago de tributos aduaneros a la importacion generados por la nacionalizacion de la mercancia sustentada en la D.U.I. Nº 11898-10-132644; Que, los hechos anteriormente descritos, por la forma y circunstancias en que se produjeron, configuran delito Contra la Confianza y la Buena Fe en los Negocios (Libramiento Indebido), previsto y penado en el Articulo 215º inciso 1) del Codigo Penal; lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Publico de esta Superintendencia, para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas Decreto Legislativo Nº 809-; y, En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia Nº 002759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: Articulo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que en defensa y representacion de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Legal de la ex Agencia de Aduanas "LEONIDAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA S.A.", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion; debiendose para el efecto remitirsele la documentacion actuada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Ejecutivo 14683

ca Aduanera las propuestas de modificacion del Procedimiento General de Importacion Definitiva - INTA-PG.01 y del Procedimiento Especifico de Reconocimiento FisicoExtraccion y Analisis de Muestras - INTA-PE.00.03, dentro de los margenes que establece la citada Resolucion de Superintendencia; Que, los procedimientos documentados, basados en los principios de buena fe y de presuncion de veracidad, tienen como finalidad profundizar la simplificacion y agilizacion en los tramites aduaneros, estableciendo medidas y acciones objetivas que muestren una total transparencia y efectiva aplicacion de los mismos, lo que demanda una revision continua a efecto de adecuar y perfeccionar en lo posible los senalados procedimientos a la aplicacion factica; En uso de las facultades establecidas por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia Nº 0021-97 y modificatorias respectivamente, y estando a la delegacion de facultades contenidas en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001065 del 18.OCT.99; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el Procedimiento General correspondiente a Importacion Definitiva - INTA-PG.01 conforme se detalla a continuacion: Rubro VI, F) 17. e) Culminada la diligencia de reinspeccion se levantara un acta, la que contendra las observaciones por parte de la Empresa Supervisora de ser el caso, siendo suscrita por los participantes de la mencionada reinspeccion. MORDAZA de dicho documento sera adjuntado a la DUI para las posteriores acciones. Rubro VII, A1) 2. Los Despachadores Oficiales y Consignatarios autorizados que no cuenten con medios de transmision electronica, presentan en las ventanillas del area de Importacion, la DUI y su documentacion correspondiente. El personal designado por el Jefe del Area registra en el SIGAD dicha documentacion generando la Guia Entrega de Documentos (GED) en original y dos copias, entregando la MORDAZA MORDAZA al usuario; asimismo ingresa la informacion consignada en la DUI, Formato A1, a efectos que el SIGAD valide la informacion. a) De ser conforme genera el respectivo numero de la DUI, entregando la MORDAZA MORDAZA de la DUI y el Formato C para su cancelacion o impugnacion. Si la DUI ha sido asignada a MORDAZA MORDAZA, se devuelve al usuario la declaracion como lo establece el Rubro VII, A2, numeral 16 del presente procedimiento. Si la DUI ha sido asignada a MORDAZA naranja o MORDAZA, el usuario debera presentar por ventanilla el Formato "C" cancelado; el personal designado emite una nueva GED, con la respectiva numeracion de la DUI, entregando a este la MORDAZA MORDAZA como MORDAZA de recepcion, prosiguiendo con el tramite establecido en el Rubro VII, A.2. b) De no ser conforme, se anota en la GED el motivo del rechazo, devolviendose al usuario la documentacion adjuntando la primera MORDAZA de la GED, quedando en archivo el original de esta ultima. Rubro VII, A2 14. El Personal designado por el Jefe del Area, ingresa al SIGAD el rol de Especialistas para revision documentaria y reconocimiento fisico, a fin de que se determine aleatoriamente los especialistas asignados a estas acciones; asimismo la Jefatura podra disponer la reasignacion de los mencionados especialistas de acuerdo a la operatividad del despacho y disponibilidad del personal; registrandose en el SIGAD el motivo de la reasignacion.

Modifican Procedimientos de Importacion Definitiva y de Reconocimiento Fisico-Extraccion y Analisis de Muestras
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADT/1999-001673 Callao, 22 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Intendencia Nacional Nº 000984 publicada el 12.SET.99 y Resolucion de Intendencia Nº 001059 publicada el 14.SET.99, se aprueban treintidos (32) Procedimientos Generales y Especificos e Instructivos de Trabajo adecuados al Sistema de la Calidad de Aduanas; Que, la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001065 de fecha 18.OCT.99, delega al Intendente Nacional de Tecnica Aduanera la facultad resolutiva para modificar y/o emitir Circulares para precisar los Procedimientos del Sistema de la Calidad dentro del ambito de su competencia; Que, dentro de este contexto la Intendencia de la Aduana Aerea remite a la Intendencia Nacional de Tecni-

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