Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2000 (21/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 21 de junio de 2000
205. 206. 207. 208. 209. 210. 211. 212. 213. 214. 215. 216. 217. 218. 219. 220. 221. 222. DE LA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ESLABA LLAMOJA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lleryn MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA NUNEZ MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA APARCO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Wilberg MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SAMILLAN MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SOCUALAYA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LOVERA, MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
19.7.99 15.12.99 15.2.2000 14.12.99 13.12.99 14.1.2000 7.11.99 31.10.99 31.10.99 12.12.99 12.2.2000 19.11.99 13.2.99 15.1.2000 27.2.2000 10.1.2000 30.11.99 28.12.99

Pag. 188237

Q-262833/AI 1.21 Q-137693/AI 2.09 Q-146093/AI 1.03 Q-210176/AI 1.20 Q-319671/AI 1.68 Q-016095/AIII 1.91 Q-174707/AI 2.70 LC107210/2B1 2.19 Q-013515/AI 2.13 Q-283169/AI 1.61 G-480646/2B1 1.40 Q-162579/AI 2.08 Q-160782/AI Se Nego Q-206191/AIII 1.63 Q-119504/AI 1.30 Q-024477/AI 2.61 G-156305/2B2 1.43 G-186134/2E 1.86

Que, los conductores indicados precedentemente, han infringido lo dispuesto en el literal C-1 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, de fecha 16 de junio de 1994, al conducir vehiculos automotores en ESTADO DE EBRIEDAD comprobado con el examen etilico correspondiente o negarse al mismo; por lo tanto, son pasibles a la sancion administrativa establecida en el literal d) del Articulo 6º del Reglamento acotado; Que, el Articulo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, establece: "En los casos en que la infraccion originara retencion de la licencia de conducir, esta sera remitida a la Autoridad Competente de Circulacion Terrestre para la aplicacion de la sancion administrativa prevista en el presente reglamento"; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandum Nº 732-2000MTC/15.18.05 y de Asesoria Legal en Informe Nº 283-2000MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26322, modificatoria del Articulo 111º del Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial aprobado por Decreto Legislativo Nº 420, Articulo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar, a las personas indicadas en el primer considerando de esta Resolucion, con la SUSPENSION de sus Licencias de Conducir por el lapso de un (1) ano, computado a partir de la fecha de la toma del examen de dosaje etilico o de la fecha de remision de los oficios por parte de las Delegaciones de la Policia Nacional del Peru, segun corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecucion y control de esta Resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 6970

aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, establece que son funciones de COFOPRI el asumir de manera exclusiva y excluyente, las competencias correspondientes a la formalizacion de la propiedad hasta el otorgamiento de los titulos de propiedad; para ejercer sus competencias, COFOPRI dictara directivas que seran de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Estado vinculadas al MORDAZA de formalizacion de la propiedad, desde que MORDAZA notificadas; Que, el Articulo 27º de la precitada MORDAZA, senala que COFOPRI asumira competencia a traves del citado Programa de Formalizacion de la Propiedad, que se pondra en funcionamiento progresivamente en todo el MORDAZA, de acuerdo a un cronograma que establecera COFOPRI mediante Directiva; Que, segun lo establece el literal m) del Articulo 8º del Estatuto de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, el Presidente de COFOPRI esta facultado para aprobar Directivas, que establezcan el cronograma de aplicacion progresiva del Programa de Formalizacion de la Propiedad en todo el MORDAZA, conforme a lo dispuesto por el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 803; Que, el literal y) del referido articulo, faculta al Presidente de COFOPRI a delegar sus facultades; Que, en tal sentido, mediante Resolucion de Presidencia Nº 045-98-COFOPRI/PC de fecha 23 de setiembre de 1998, se delego en el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General de COFOPRI, la facultad de aprobar las Directivas mediante las cuales se establezca el cronograma de aplicacion progresiva del Programa de Formalizacion de la Propiedad en todo el MORDAZA, con cargo a dar cuenta a la presidencia de la institucion;: Que, el primer parrafo del Articulo 52º del precitado Estatuto, establece que las Directivas de caracter y/o aplicacion general aprobadas por COFOPRI seran debidamente publicadas; Que, por Resolucion de Gerencia General Nº 093-98COFOPRI/GG, ampliada en sus alcances por Resolucion de Gerencia General Nº 034-2000-COFOPRI/GG, se aprobo la Directiva Nº 010-98-COFOPRI, "Normas para la MORDAZA progresiva de competencias para la Formalizacion de Posesiones Informales en las provincias de MORDAZA y Casma, departamento de Ancash"; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 0962000-COFOPRI/GG y Nº 097-2000-COFOPRI/GG, se ha MORDAZA el ambito geografico de jurisdiccion de la Oficina Central de COFOPRI a la provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA y, se ha modificado la denominacion de la Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA y Casma por la de "Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de la Sede Central LimaCiudad MORDAZA, Casma y Huarmey", respectivamente; Que, en merito a lo expuesto en los considerandos que anteceden, resulta necesario ampliar los alcances de la Directiva Nº 010-98-COFOPRI aprobada por Resolucion de Gerencia General Nº 093-98-COFOPRI/GG, ampliada por Resolucion de Gerencia General Nº 034-2000-COFOPRI/GG, a efectos que la Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de la Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, Casma y Huarmey, se encargue de efectuar las actividades relacionadas a los procesos de formalizacion de la propiedad de las posesiones informales ubicadas tanto en las provincias de MORDAZA y Casma, como en la provincia de Huarmey; Con la opinion favorable de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones y el visado de la Gerencia de Asesoria Legal; Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 803, el Decreto Supremo Nº 014-98-MTC y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar los alcances de la Directiva Nº 010-98-COFOPRI a la provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, cuya denominacion sera en adelante "Normas para la MORDAZA progresiva de competencias para la Formalizacion de la Propiedad de Posesiones Informales en las provincias de MORDAZA, Casma y Huarmey, departamento de Ancash". Articulo Segundo.- La Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de la Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, Casma y Huarmey, pondra en conocimiento de las instancias correspondientes la presente resolucion, para los fines de Ley. Articulo Tercero.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General de COFOPRI 6983

Amplian alcances de la Directiva Nº 010-98-COFOPRI a la provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA
COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 098-2000-COFOPRI/GG MORDAZA, 15 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que, el literal d) del Articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal,

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