Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2001 (06/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2001
2. CARGO POR ALCANTARILLADO

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 201017

Equivale al 45% del importe a facturar por el servicio de agua potable. Aplicable a todas las localidades Donde: T 0 = Tarifas aprobadas por Resolucion de Superintendencia Nº 153-2000- SUNASS. T 1 = Tarifas que corresponden al periodo MORDAZA a diciembre del 2001 T 2 = Tarifas que corresponden al periodo enero a diciembre del 2002 T 3 = Tarifas que corresponden al periodo enero a diciembre del 2003 T 4 = Tarifas que corresponden al periodo enero a diciembre del 2004 T 5 = Tarifas que corresponden al periodo enero a diciembre del 2005 ANEXO Nº 02 SEDALIB S.A. METAS DE GESTION E INDICADORES - PERIODO 2001 - 2005
CONCEPTOS Operativos Conexiones Porcentaje de Conexiones Activas Cobertura de Agua potable Micromedicion Volumen Producido Volumen Facturado Unidad de Resultado medida 2000 MORDAZA Unid. % % % Mill. M3 Mill. M3 120.3 86 74.2 58 42.9 26.3 38.4 1.20 10.9 2.2 2001 2002 2003 2004 2005

122.6 124.9 88 73.6 63 41.7 26.3 36.9 1.14 18.8 6.3 9 8.8 89 72.9 70 41.7 27.2 35.8 1.12 23.9 11.7 10 7.3

128.2 132.5 137.1 90 72.8 77 41.7 27.9 33.1 1.10 41.4 18.0 11 6.5 92 73.3 85 41.7 29.1 30.2 1.07 57.9 22.9 12 6.1 93 74.0 90 41.7 30.3 27.3 1.03 68.0 17.5 13 5.8

Agua No Contabilizada % Costo de Explotacion S/. M3 (sin dep.y provis.) Inversiones Totales Mill. S/. Inversiones con Mill. S/. Recursos Propios Continuidad horas / dia Nivel de Morosidad Meses Financieros Eficiencia de cobranza Periodo Periodo Anterior Relacion de Trabajo Relacion Deuda / Activos Fijos % % Indice %

9

82 26 0.71 14.4

83 26 0.63 11.9

84 26 0.56 10.8

85 26 0.50 12.4

86 26 0.46 17.0

87 26 0.42 22.1

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CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL
Inician procedimiento disciplinario a ex funcionaria de la Direccion Regional de Salud MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA PRESIDENCIAL Nº 00184-2001-CTAR CUSCO/PE MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2001 EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL CUSCO: Visto; el Informe Nº 003-2000-CTAR CUSCO/GRCI, sobre Examen Especial a la Direccion Regional de Salud Cusco; y,

Que, el Informe Nº 003-2000-CTAR CUSCO/GRCI, sobre Examen Especial a la Direccion Regional de Salud MORDAZA, expedido por la Gerencia Regional de Control Interno del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, recomienda se instaure MORDAZA Administrativo Disciplinario a la medico MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, por existir presunta responsabilidad administrativa, en su condicion de ex Directora de la Unidad Territorial MORDAZA de la Direccion Regional de Salud Cusco; Que, los hechos descritos en observacion Nº 03 "Viaje de Funcionarios y Servidores en Vehiculos Oficiales a la Republica de Bolivia sin Autorizacion Correspondiente", realizada por parte del Organo de Control Interno, se verifico la salida fuera del MORDAZA de los vehiculos de placa de rodaje Nºs. PGN-270 y RZ6118, esto conforme al Memorandum Nº 2415-DG de fecha 31 de diciembre de 1999 en el que se senala la realizacion del viaje en comision de servicios de funcionarios de la Direccion Regional de Salud MORDAZA a las localidades de Cusco-Puno-Cusco, con una duracion de 5 dias consignando como motivo de viaje la visita a los Hogares Maternos de Ilave - Puno. Segun Oficio Nº 358-00-JM-PUNO de fecha 20 de marzo del 2000, emitido por la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion de la Jefatura MORDAZA se tiene el registro de salida de los ciudadanos Peruanos, entre ellos de la medico MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, con fecha 10 de enero del 2000 a La Paz-Bolivia con Salvoconducto colectivo; y con Oficio Nº 113-2000-ADUANAS/ PUN de fecha 24 de marzo del 2000 de la Superintendencia Nacional de Aduanas MORDAZA se tiene la informacion de la salida de los vehiculos de placa de rodaje Nºs. PGN-270 y RZ-6118 con destino a la MORDAZA fronteriza de Copacabana - Bolivia. De la evaluacion de la documentacion indicada se desprende que la ex funcionaria MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, habria efectuado en forma indebida y sin autorizacion expresa viaje a la Republica de Bolivia utilizando vehiculos de propiedad del Estado, uso de combustible y cobro de viaticos entre los dias 8 al 12 de enero del 2000, excediendose del programa de viaje establecido a los Centros Maternos ubicados en Ilave - MORDAZA, presumiendose la responsabilidad administrativa atribuible a la ex funcionaria medico MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA ex Directora de la Unidad Territorial de Salud, quien incumplio sus obligaciones consignadas en los incisos a) y b) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, habiendo incurrido en faltas disciplinarias senaladas en los incisos a), d) y f) del Articulo 28º del referido Decreto Legislativo. Que, los hechos descritos en la Observacion Nº 17 "Indebida Percepcion de Viaticos, Movilidad Local Racionamiento", realizada por parte del Organo de Control Interno, se verifico que en diferentes viajes en comision de servicios de la medico MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, ex directora de la Unidad Territorial de Salud MORDAZA, durante los meses de noviembre y diciembre de 1999 y enero 2000 se establece la indebida percepcion de viaticos hasta por el importe de S/. 3,210.25, habiendose transgredido la Resolucion Directoral Nº 450-97OGA-De que aprueba la Escala de Viaticos para funcionarios y servidores del Ministerio de Salud. Asi mismo se verifico la percepcion de S/. 920.00 por concepto de racionamiento y de S/. 974.65 por concepto de movilidad local por los meses de noviembre y diciembre de 1999, percepcion simultanea a los viaticos percibidos durante el mismo periodo, habiendose transgredido lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 181-86EF que dispone el otorgamiento de viaticos por viaje en comision de servicios para los funcionarios y servidores publicos asi como el Anexo Nº 4 Clasificador de los Gastos Publicos aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 04798-EF/76.01. Estos hechos se habrian generado por falta de adecuados controles internos en el otorgamiento de viaticos, movilidad y racionamiento en la Unidad Territorial de Salud, asi como la presunta actitud de aprovechamiento de la ex funcionaria constituyendo presunta responsabilidad administrativa atribuible a la medico MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA ex Directora de la Unidad Territorial de Salud MORDAZA, por incumplimiento de sus obligaciones senaladas en los incisos a), b) y d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, habiendose incurrido en falta disciplinaria prevista en los incisos a), d) y f) del Articulo 28º del citado Decreto Legislativo; Que, los hechos descritos en la Observacion Nº 18 "Cobros Indebidos de Viaticos y Movilidad por viajes de Supervision no Realizados", se verifico que entre los dias 29, 30 y 31 de diciembre de 1999 y 1 de enero del 2000 la medico MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA ex Directora de la Unidad Territorial de Salud MORDAZA, percibio viaticos y movilidad por su participacion en el Plan de Contingencias, Simulacro de Instalacion y Operativizacion en la explanada del Sacsayhuaman los dias 29, 30 y 31 de diciembre y viajes a la localidad de Huancarani (1 de enero del 2000); asi mismo percibio viaticos por supuesto viaje en comision de servicios de supervision a la provincia

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