Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2001 (24/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2001

Que mediante Resolucion Directoral Nº 162-99-PE/ DNPP de fecha 26 de noviembre de 1999, se otorgo a PESQUERA HAYDUK S.A. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar las actividades de enlatado y curado de productos hidrobiologicos, destinados al consumo humano directo a ubicarse en Playa Seca s/n - Paita (ex Complejo Pesquero Paita), distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, con las capacidades proyectadas de: 10,000 cajas/turno y 1500 t/mes, respectivamente; Que el Articulo 5º de la Resolucion Directoral citada en el considerando anterior, establece como causal de caducidad la falta de instalacion del establecimiento industrial dentro del plazo de un ano otorgado para tal efecto en el Articulo 4º de la misma Resolucion; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 032-2000PE/DNPP de fecha 30 de marzo del 2000, se otorgo a la citada empresa, licencia para la operacion de una planta de enlatado de productos hidrobiologicos, con una capacidad instalada de 2,720 cajas/turno, en su establecimiento industrial pesquero indicado en el primer considerando; Que, de la inspeccion tecnica efectuada el 6 de junio del 2001, por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria al establecimiento industrial pesquero a que se refiere el MORDAZA considerando, se verifico que PESQUERA HAYDUK S.A., no ha cumplido con implementar el total de la capacidad autorizada por Resolucion Directoral Nº 162-99-PE/DNPP; quedando sin instalar una capacidad de 7,280 cajas/turno de las 10,000 cajas/turno proyectadas inicialmente; asimismo, no ha cumplido con instalar la planta de curado autorizada por la misma resolucion, habiendose vencido el plazo autorizado para dichos efectos, en consecuencia procede dejar sin efecto la resolucion en mencion en lo que respecta a las capacidades no instaladas de las actividades indicadas; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 209-2001-PE/ DNEPP-Dap, de fecha 14 de junio del 2001, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por los Articulos 43º inciso b) numeral 4, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; el Articulo 52º, de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Articulo 5º de la Resolucion Directoral Nº 162-99-PE/DNPP; y SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 162-99-PE/DNPP de fecha 26 de noviembre de 1999, en el extremo relativo a la autorizacion de instalacion de la planta de curado de productos hidrobiologicos y en lo que respecta a la actividad de enlatado en cuanto al saldo no ejecutado de 7,280 cajas/turno de las 10,000 cajas/turno autorizadas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 33130

CONSIDERANDO: Que mediante el escrito del visto, PESQUERA ZEMAR S.A.C. solicita autorizacion de incremento de flota para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de MORDAZA, de 110 m3 de volumen de bodega insulada, utilizando sistema de preservacion CSW y hielo como medio de preservacion a bordo y equipada con espinel o palangre para extraer los recursos hidrobiologicos atun y especies afines con destino al consumo humano directo; Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2001-PE el Ministerio de Pesqueria no otorgara autorizaciones de incremento de flota ni los correspondientes permisos de pesca a ninguna clase de embarcacion pesquera de MORDAZA de menor y mayor escala en el ambito maritimo, siendo esta disposicion de aplicacion a la solicitud a que se hace referencia en el considerando precedente por lo que, la misma deviene improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 404-2001-PE/ DNEPP-Dap y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de Incremento de flota presentada por PESQUERA ZEMAR S.A.C., para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de MORDAZA de 110 m3 de volumen de bodega insulada, con empleo del sistema de preservacion CSW y uso de hielo como medio de preservacion a bordo, equipada con palangre o espinel para dedicarse a la extraccion de atun y especies afines con destino al consumo humano directo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 33131

PODER JUDICIAL
Designan representantes del Poder Judicial encargados de las coordinaciones con el Ministerio de Economia y Finanzas vinculadas al Plan Estrategico Sectorial 2002-2006
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. Nº 135-2001-P-PJ MORDAZA, 23 de octubre del 2001 VISTO: El Oficio Nº 002-2001-DPE-MEF del Coordinador de Planes Sectoriales del Ministerio de Economia y Finanzas, mediante el cual solicita la designacion de una persona encargada de dirigir la actualizacion del Plan Estrategico Sectorial 2002-2006 y para las coordinaciones pertinentes sobre el particular; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 0122000-P-CT-PJ se nombro al representante de este Poder del Estado a nivel de Despacho Ministerial para realizar las coordinaciones vinculadas al MORDAZA de Planeamiento Estrategico, estando a la fecha dicha representacion vacante; Que, es necesaria la representacion de Magistrados en el MORDAZA de seguimiento y actualizacion de tan

Declaran improcedente solicitud de autorizacion de incremento de flota para construccion de embarcacion pesquera de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 279-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 22 de octubre del 2001 Visto el escrito de registro Nº CE-00213002 del 3 de MORDAZA del 2001, presentado por PESQUERA ZEMAR S.A.C.;

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