Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2001 (24/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2001

Que, la referida Junta Liquidadora ha concluido el encargo encomendado con la extincion legal de la empresa, bajo el MORDAZA legal de la sede social de la empresa; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluido el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, en la empresa Centromin Peru Incorporated - CPI. Articulo 2º.- Dar por concluido el encargo encomendado a los miembros de la Junta Liquidadora que llevo a cabo el MORDAZA de liquidacion de la empresa Centromin Peru Incorporated - CPI, senores MORDAZA MORDAZA Luzula, MORDAZA Ballester Ugarte, MORDAZA MORDAZA Ballen, MORDAZA Munarriz MORDAZA y MORDAZA Yleana MORDAZA Arrese MORDAZA, dandoles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Sr. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 33253

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria Encargado de la Cartera de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 33254

PESQUERIA
Dejan sin efecto resolucion en lo referente a la autorizacion otorgada al Proyecto Especial Titicaca para instalacion de planta de ensilado de residuos de pescado
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 251-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 10 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 146-99-PE/ DNPP del 21 de octubre de 1999, se otorgo al PROYECTO ESPECIAL TITICACA, autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar las actividades de congelado y ahumado de productos hidrobiologicos, asi como ensilado de residuos de pescado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el sector Inculaya, distrito de Chucuito, provincia y departamento de MORDAZA, con las capacidades proyectadas de 2.4 t/dia, 3.2 t/mes y 0.5 t/h, respectivamente; Que por Resolucion Directoral Nº 051-2001-PE/DNPP del 23 de febrero del 2001, se declaro en abandono la solicitud presentada por el PROYECTO ESPECIAL TITICACA para obtener la renovacion del plazo de instalacion de su planta de congelado y licencia para la operacion de sus plantas de ahumado y ensilado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la direccion citada en el considerando que precede, dejando sin efecto el derecho administrativo otorgado para desarrollar la actividad de congelado; Que en la inspeccion tecnica efectuada al establecimiento industrial referido en el primer considerando, el 12 de junio del 2001, por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria, se constato que la recurrente no ha cumplido con culminar la instalacion de su planta de ensilado autorizada por la Resolucion Directoral Nº 146-99-PE/DNPP, no obstante haber vencido el plazo otorgado para dicho fin, por lo que resulta procedente dejar sin efecto el derecho administrativo otorgado, en lo referido a la actividad de ensilado; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera, con Informe Nº 250-2001-PE/DNEPP-Dap del 27 de junio del 2001 y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, el Articulo 52º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y con lo dispuesto en el Articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 146-99-PE/DNPP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 146-99-PE/DNPP del 21 de octubre de 1999 en lo referente a la autorizacion otorgada a PROYECTO ESPECIAL TITICACA, para la instalacion de una planta de ensilado de residuos de pescado en el establecimiento industrial ubicado en el sector Inculaya, distrito de Chucuito, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de Puno. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 33124

MITINCI
Autorizan viaje del Viceministro de Turismo para participar en la IX Reunion Bilateral de Autoridades Aeronauticas de la Republica MORDAZA y la Republica del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 227-2001-ITINCI MORDAZA, 23 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica de MORDAZA, durante los dias 24 y 25 de octubre de 2001, se realizara la IX Reunion Bilateral de Autoridades Aeronauticas de la Republica MORDAZA y la Republica del Peru, en la que se trataran temas relacionados con libertades del aire; analisis de la evolucion del trafico bilateral, analisis de la actividad de las empresas asignadas, incremento del numero de vuelos semanales y otros temas de sumo interes e importancia para el logro de los objetivos trazados por el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, es conveniente autorizar la participacion del Viceministro de Turismo, Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por tratarse de reuniones internacionales que son de interes para el Peru; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Turismo, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica de MORDAZA del 23 al 25 de octubre de 2001, para los fines senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran asumidos por el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa Corpac : : US$ US$ 600.00 25.00

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su denominacion o clase. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Pesqueria, encargado del Despacho del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales.

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